viernes, 23 de septiembre de 2022

Diputados reforman Ley de la FGR para facilitar denuncia anónima

El dictamen que modifica el artículo 40 de la Ley de la FGR, párrafo tercero, se aprobó con 469 votos a favor, dos abstenciones y cero votos en contra, por lo que se podrán presentar denuncias anónimas de forma oral, escrita o digital.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley de la Fiscalía General de la República (FGR) para homologar dicha norma con el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) y así permitir que los ministerios públicos federales puedan recibir denuncias o querellas de manera anónima.

Las citadas denuncias anónimas deberán respetar la ley aplicable en cuanto a requisitos mínimos formales y se podrán entregar o presentar por vía oral, escrita o a través de medios digitales, sin importar que el o la denunciante pida permanecer anónima, por temor a los presuntos responsables.

El dictamen que modifica el artículo 40 de la Ley de la FGR, párrafo tercero, se aprobó con 469 votos a favor provenientes de todos los partidos y dos abstenciones. No hubo votos en contra.

La modificación a la Ley de la FGR reconoce a las y los agentes del Ministerio Público Federal las facultades que ya se le otorgan en el Código Nacional de Procedimientos Penales, por lo que se agregan las competencias que dicha norma reconocía para todos los ministerios públicos, tanto locales como federales.

Debido a que la reforma prevé proteger la integridad, dignidad y vida de las víctimas mediante la denuncia anónima, los legisladores coincidieron en que también se va a facilitar que las víctimas y ciudadanos no queden en estado de indefensión para denunciar actos ilícitos y sin temor ante la fuerza de las organizaciones o células criminales.

Por lo anterior, se va a homologar la Ley de la Fiscalía General de la República, artículo 40, párrafo tercero; con el artículo 131, fracción segundo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, sobre las obligaciones que tiene el ministerio público federal.

El texto actual de la Ley de la FGR solo mencionaba lo siguiente:
Son facultades de las personas agentes del Ministerio Público de la Federación… III.- Recibir denuncias o querellas sobre acciones u omisiones que puedan constituir delito.
Ahora, se le añadirá la frase completa que viene en el artículo 131 del CNPP sobre las obligaciones del Ministerio Público Federal:

II. Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral, por escrito, o a través de medios digitales, incluso mediante denuncias anónimas en términos de las disposiciones legales aplicables, sobre hechos que puedan constituir algún delito.

 

Se facilitan denuncias y querellas anónimas contra el crimen, coinciden diputados

El diputado de Morena y promovente de la reforma, Arturo Roberto Hernández Tapia, explicó que el dictamen aprobado va a otorgar un fundamento administrativo a la denuncia anónima en la operación de la FGR, a fin de que los denunciantes puedan justificar y optar por este tipo de denuncia o querella para solicitar a las autoridades federales que investiguen delitos que son de su competencia como el tráfico de drogas (delitos contra la salud) y la venta de armas.

Destacó que en la actualidad, pese a existir la posibilidad de presentar denuncias anónimas conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, se podía entender en la Ley de la FGR que la policía federal ministerial solamente estaba facultada para constatar la veracidad de los datos aportados, pero sin regular la presentación de este tipo de denuncias.

El diputado morenista agregó que en la actualidad, solo el 69% de las carpetas de investigación que inicia la FGR, se abren por denuncia de la propia Fiscalía, mientras que la cifra restante corresponde a querellas de terceros, incluyendo a dependencias públicas y particulares.

Para justificar el dictamen aprobado en comisiones, el diputado del PAN, Guillermo Octavio Huerta Ling, destacó que en la actualidad solamente se denuncian el 6 por ciento de los delitos federales, por lo que es necesario facilitar la presentación de denuncias o querellas por parte de la población y modificar las normas que desincentivan o impiden el ejercicio ciudadano de la denuncia por parte de la ciudadanía.

Enfatizó que entre más se facilite la presentación de denuncias o querellas, más se contribuye al combate de la impunidad y la reincidencia delictiva, por lo que es necesario que existan mayores niveles de confianza en las autoridades ministeriales, es decir, en las Fiscalías.

 

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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