La SCJN revocó dos amparos y validó el artículo transitorio de la Ley Minera que ordena desechar solicitudes de nuevas concesiones en trámite.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este jueves, por mayoría, dos amparos solicitados contra un artículo transitorio de la Ley Minera impulsada por el Gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Los ministros validaron la constitucionalidad del artículo cinco transitorio de la reforma a Ley Minera (2023), el cual establece que todas las solicitudes de nuevas concesiones mineras que estaban en trámite sean desechadas.
“Las solicitudes en trámite de nueva concesión de exploración y explotación se desecharán sin mayor trámite, en virtud de lo dispuesto por el presente Decreto”, dice el artículo transitorio referido.
Con siete votos contra dos, el Pleno aprobó dos proyectos de la Ministra Lenia Batres Guadarrama respecto al amparo en revisión 583/2024 y 123/2025 relacionados con trámite de concesiones mineras.
La solicitud de analizar la constitucionalidad del artículo 5 transitorio de la Ley Minera se derivó de que la Presidencia de la República impugnó el amparo concedido a la exdiputada panista Rosa Isela de la Rocha Navarez. Ella tramitó su concesión minera en 2021, antes de la promulgación de la Ley Minera.
“Las personas que presentaron una solicitud de concesión antes de la entrada en vigor del decreto reclamado no tenían un derecho adquirido a que se les otorgara la concesión, sino una expectativa de derechos respecto de la entrega justamente de ese título de concesión”, argumentó Batres.
La solicitante del amparo también cuestionó la validez del proceso legislativo del Congreso que aprobó en una sede alterna la reforma a la Ley Minera y otras leyes el viernes 28 de abril de 2023, en lo que la oposición llamó el “viernes negro”.
Al respecto, la Ministra Batres manifestó: "Se está declarando fundado el agravio formulado por la Presidencia de la República, en el que sostuvo que la parte actora no se encontraba legitimada para impugnar el proceso legislativo que dio origen al decreto reclamado".
Los ministros Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García fueron quienes votaron en contra, al considerar que desechar solicitudes de concesiones en trámite (2021) antes de la publicación de la reforma a la Ley Minera (2023) sí viola la irretroactividad de la Ley.
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El Ministro Guerrero aclaró: “El hecho de no acompañar el proyecto, no significa que esté a favor de que le entreguen la concesión, simplemente que se estudie si se le debió haber entregado o no se le debió haber entregado, y que no se le deseche simplemente, y ya sin mayor trámite”.
AUTOR: DULCE OLVERA.
FECHA: 25 SEPTIEMBRE 2025.
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