miércoles, 28 de febrero de 2024

Corte invalida pruebas en investigación contra el exauditor de Chihuahua en el gobierno de César Duarte

El exauditor de Chihuahua durante el gobierno de César Duarte solicitó un amparo contra las pruebas que la Fiscalía local aportó en su contra pues obtuvo información bancaria sin orden judicial, lo que pone en riesgo una de las investigaciones en su contra.

Por unanimidad de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó unas pruebas obtenidas en una investigación abierta por el delito de peculado en contra de Jesús Manuel Esparza Flores, extitular de la Auditoría Superior de Chihuahua durante el gobierno de César Duarte, debido a que la Fiscalía estatal obtuvo su información bancaria sin orden judicial. 

El proyecto de sentencia, elaborado por la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, señala que con esta acción, la Fiscalía de Chihuahua violó el derecho al secreto bancario del exfuncionario, establecido en la Constitución, lo que podría traer como consecuencia que se venga abajo una investigación iniciada en su contra desde 2020. 

“El secreto bancario es una manifestación de la vida privada de las personas y, en esta medida, tiene la naturaleza de un derecho fundamental y por tanto, la información que resguarda no es de libre acceso, sino confidencial y privada”, por lo que en todo momento el Ministerio Público debe solicitar a un juez competente la autorización para acceder a dicha información, concluye el documento del amparo en revisión 756/2023.

El proceso penal contra el exauditor con César Duarte

El 10 de junio de 2017, Esparza Flores fue detenido mientras vacacionaba en Chiapas y trasladado al Cereso número 1, de Aquiles Serdán, Chihuahua, acusado por el gobierno estatal por la presunta comisión de desvíos de recursos públicos para su beneficio personal, contrataciones simuladas por más de 30 millones de pesos y el ocultamiento de resultados de diversas auditorías de cuentas públicas. 

Incluso, en diciembre de 2017, el entonces secretario de Gobierno de Chihuahua, César Jauregui, aseguró que estaba comprobado un desvío de 1,200 millones de pesos en la administración de César Duarte, información que ya se encontraba en carpetas de investigación “ya judicializadas”. 

De acuerdo con un testigo del caso, el exgobernador habría desviado 379 millones de pesos en efectivo, a través de un contrato de servicios, a las instalaciones de una constructora, dinero que serviría para pagar el voto de diputados locales, servicios legales y la campaña del PRI en la entidad en 2016, dinero que se suma a otros 250 millones de pesos que desvió hacia las arcas del PRI durante su gestión, delito por el cual fue acusado. 

En dicha acusación, el testigo mencionó que 7 millones de pesos serían enviados al exauditor superior estatal, Jesús Manuel Esparza Flores, “para que cubriera irregularidades”. Por este y otros motivos, se abrieron alrededor de 12 causas penales contra el exfuncionario duartista.

Una de estas causas penales abiertas en su contra fue la 992/2020, dentro de la cual un juez de control encontró evidencia suficiente para dictar auto de vinculación a proceso en julio de 2020 en contra de Esparza Flores, por su probable responsabilidad en el delito de ejercicio ilegal del servicio público, según documentaron medios locales. 

Las indagatorias ministeriales, en este caso, señalaron que el exfuncionario, en su calidad de auditor superior, ocultó a la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado diversas irregularidades en la cuenta pública en el ejercicio fiscal 2014 del municipio de Juárez, que previamente fueron identificadas dentro de auditorías realizadas para ese año. 

Pese a lo anterior, en octubre de 2020, el exauditor logró salir de prisión gracias a un amparo otorgado por Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa, sentencia por la que ordenó modificar su medida de prisión preventiva por la de arresto domiciliario y portar brazalete electrónico. 

La Fiscalía General del Estado trató de evitar su salida reaprendiéndolo para imputarle el delito de peculado dentro de la causa penal 2380/2020. Sin embargo, el juez que revisó el caso decidió no imponer la medida de prisión preventiva en virtud del amparo que ya había obtenido a su favor. 

Precisamente, en esta última causa penal, fue que Esparza Flores promovió el juicio de amparo 413/2022 ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chihuahua para impugnar una resolución tomada por la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Chihuahua, por la determinó que las pruebas ofrecidas contra el exauditor durante la audiencia inicial y su continuación del 8 y 12 de octubre de 2020 fueron válidas. 

La jueza que tomó el caso decidió dejar “insubsistente la resolución” del Tribunal y le ordenó emitir otra nueva, pero con “plenitud de jurisdicción”, acto por el cual el equipo legal del esparza interpuso un recurso de revisión ante un Tribunal que finalmente llegó a la Suprema Corte.

Caso llega a la Corte por violaciones de la Fiscalía al secreto bancario

De acuerdo con el proyecto del ministro Pardo Rebolledo, el Tribunal Colegiado ante el que se interpuso la queja determinó enviar el caso a la Suprema Corte debido a que, para resolver el caso, se debía hacer una interpretación directa de un artículo de la Constitución. 

“Así las cosas, esta Primera Sala debe responder la siguiente interrogante: ¿el antepenúltimo párrafo del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta al Ministerio Público para obtener información bancaria sin previa autorización judicial en un caso que se origina con el delito de peculado? La respuesta es negativa”. 

Luego de analizar el procedimiento legislativo en torno a la reforma en materia de combate a la corrupción y al secreto bancario, y diversos precedentes de la Suprema Corte y organismos internacionales, el ministro concluyó que este derecho no debe ser un obstáculo para la investigación de hechos de corrupción. 

Sin embargo, en una línea de respeto a los derechos humanos, dijo que debe existir en todo momento un mecanismo para superar todo vicio que se pueda cometer durante el procedimiento: la autorización de una persona juzgadora competente. 

“La autorización judicial es un mecanismo eficiente y veloz para el ‘levantamiento’ del secreto bancario, que permite equilibrar los derechos de las partes, pues asegura el derecho a la intimidad y a la seguridad jurídica de la persona investigada, sin obstaculizar al grado de hacer inviable una investigación ministerial”. 

En este caso en concreto, el Ministerio Público argumentó estar “exceptuado de la secrecía bancaria” y por ello no necesitar autorización judicial para obtener información sobre las cuentas de las personas que investiga con motivo de un proceso penal, pero el ministro Pardo concluyó que el artículo 109  de la Constitución no establece una cláusula de habilitación al Ministerio Público para que éste obtenga, sin autorización judicial, estados bancarios o documentos análogos al investigar en un proceso penal surgido de la presunción de la existencia del delito de peculado.

“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que […] el Ministerio Público requerirá en todo caso, autorización judicial para obtener la información que requiera”. 

Esparza Flores, implicado en caso Kepler y peculado 

En julio de 2022, Animal Político dio a conocer que la Fiscalía de Chihuahua pidió la autorización de Estados Unidos para ejecutar 5 órdenes de aprehensión contra César Duarte, que suma 17 órdenes de aprehensión giradas por jueces de Chihuahua por múltiples delitos de corrupción, entre ellos un desvío por 120 millones de pesos desde la Secretaría de Hacienda de Chihuahua, en el que también estaría implicado quien fuera el auditor superior del estado. 

Dicho desvío se realizó presuntamente mediante la razón social Kepler Soluciones Integrales, SC., entre 2015 y 2016, operación en la que diversos funcionarios públicos estatales simularon la contratación de servicios profesionales entre la Secretaría y la empresa para, supuestamente, brindar “asesoría en aplicación de mejora y transparencia de los procesos contables, financieros y administrativos”, servicios que nunca fueron prestados.

En este desvío presuntamente participó Esparza Flores, quien habría gestionado el contacto con la empresa, caso que dio origen a otros dos expedientes que también derivaron en sentencias condenatorias, aunque de figuras menores. 

En mayo de 2023, el exauditor de Chihuahua fue sumado a la defensa del exgobernador César Duarte como auxiliar del equipo defensor del exmandatario , quien está en prisión mientras avanza la investigación complementaria por el caso por el cual se le extraditó originalmente y por el que fue vinculado a proceso por asociación delictuosa y peculado de 96 millones de pesos. 

Según el diario Reforma, el 16 de julio de 2023 Esparza Flores nuevamente fue vinculado a proceso, esta vez por el delito de peculado de presuntamente 5 millones de pesos 260 mil 600 pesos durante el sexenio del Gobernador Duarte, caso en el que la jueza decretó que podía llevar su proceso en libertad condicional, con firma mensual y la prohibición de salir de la ciudad de Chihuahua.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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