viernes, 24 de noviembre de 2023

Diputados aprueban que IMSS pueda recibir inmuebles para pagar cuotas obrero-patronales

La reforma prevé, como excepción a esto, el caso de que las cuotas correspondan a seguro de retiro y cesantía en edad avanzada o vejez.

Diputados aprobaron este jueves 24, modificaciones a la Ley del Seguro Social con el objetivo de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueda recibir como opción de pago de las cuotas obrero-patronales los bienes inmuebles de entidades federativas, municipios y organismos descentralizados.

Con aprobación de 437 votos a favor, el dictamen enviado al Senado refiere que el IMSS no podrá aceptar este mecanismo de pago en caso de que las cuotas correspondan al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Los bienes aportados deberán ser funcionales para cumplir con las tareas encomendadas por ley al Instituto y estar libres de gravamen, carga, proceso judicial o contingencia alguna.

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales determinará el valor de los inmuebles donados y, con base en el avalúo, el área competente determinará los saldos de los créditos o el monto de las obligaciones a cubrir.

La reforma establece que en ningún caso este pago en especie da derecho a la devolución de importe alguno en efectivo a favor del ente público, y será el Consejo Técnico del IMSS el que determinará los lineamientos que fijen las bases para la incorporación al patrimonio institucional.

Otro aspecto incluido en esta reforma es que, en caso de existir saldo a favor del ente público una vez que se hubiere liquidado el importe de los adeudos y descontados los gastos de adjudicación, éste podría ser aplicado, considerando el porcentaje máximo de adjudicación, a los importes futuros, sin que pueda ser utilizado para cubrir aportaciones o adeudos derivados de las cuotas correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

La diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, de Morena, expuso que esta reforma tiene el propósito de que el IMSS pueda ampliar su patrimonio mediante la posibilidad de recibir, por mecanismos legales, inmuebles que considere adecuados, incluyendo terrenos, para ampliar su infraestructura médica y, en general, para cubrir las necesidades inherentes a su finalidad social.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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