miércoles, 8 de marzo de 2023

Senado aprueba reforma para erradicar la violencia vicaria

Legisladores modificaron la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal, a fin de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de este tipo de agresiones.

Por unanimidad, el pleno del Senado de la República aprobó reformas que buscan atender, sancionar y erradicar la violencia por interpósita persona, también conocida como “violencia vicaria”. 

En la víspera del Día Internacional de la Mujer, el pleno de la Cámara Alta avaló las reformas para establecer castigos hasta con cinco años de prisión a este tipo de agresiones.

De acuerdo con la definición que dio en 2012 la psicóloga clínica y forense argentina Sonia Vaccaro, se le conoce así a aquella violencia contra la mujer que ejerce el hombre violento utilizando como objetos a las hijas o hijos para dañarla.
"Todos los días vemos cómo hombres que durante el matrimonio no se preocuparon ni interesaron por sus hijas/os, al momento del divorcio, solicitan la custodia compartida, un régimen de visitas amplio y algunos solicitan la custodia plena, sólo por su afán de continuar en contacto con la mujer y continuar el maltrato, ahora a través de los hijos y las hijas. A este fenómeno lo he denominado violencia vicaria: aquella violencia que se ejerce sobre los hijos para herir a la mujer. Es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer. Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros, por interpósita persona. El maltratador sabe que dañar, asesinar a los hijos/hijas, es asegurarse de que la mujer no se recuperará jamás. Es el daño extremo", dice Vaccaro.

En el proyecto aprobado este martes por 91 votos a favor, se establece que la violencia vicaria es cualquier acto u omisión que tiene el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, y que se dirige contra las hijas o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio, concubinato o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior, incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio.
Así, fue reformada la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal, a fin de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de este tipo de agresiones.
En el documento, que fue enviado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales, se establece como “persona allegada”, a quienes no necesariamente tienen un vínculo familiar con la víctima, siendo así, cualquier persona con la que tenga una afinidad especial y se encuentre estrechamente unida a ella.
También se incorpora un catálogo de conductas, a través de las cuales se manifiesta la violencia por interpósita persona, como amenazar con causar daño a las hijas e hijos; ocultarlos, retenerlos o sustraerlos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; utilizarlos para obtener información respecto de la madre; promover, incitar o fomentar actos de violencia física de las y los hijos en contra de la madre.

De igual forma, promover, incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial; interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas o hijos en común; y condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher Camarena, dijo que el objetivo del proyecto es reconocer y proteger los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas, que son víctimas de violencia en el país.

El espíritu y el sentido de este dictamen es velar por los derechos de las mujeres, reconocer este nuevo tipo de violencia y asegurar el respeto por la integridad, la vida y la seguridad de las hijas, hijos y personas cercanas o familiares, puntualizó.

Estrella Rojas Loreto, senadora del Grupo Parlamentario del PAN, reconoció que no existe una estadística exacta sobre la violencia vicaria, por lo que es necesario evidenciar dicho fenómeno en el marco legal vigente y así establecer que este tipo de agresiones tendrán consecuencias civiles y penales.
La senadora Claudia Edith Anaya Mota, del PRI, dijo que hay mujeres con serios trastornos psicológicos derivado de que se empezó a utilizar a las y los hijos para hacerles daño. Además, pidió avalar la propuesta como se aprobó en comisiones; “lo que queremos hacer es salvaguardar y dar mejores mecanismos de protección a grupos que han sido históricamente violentados”.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

No hay comentarios:

Publicar un comentario