martes, 1 de agosto de 2017

Parejas del mismo sexo podrán casarse en Puebla: la SCJN invalida artículos que lo impedían

Los ministros de la SCJN invalidaron dos artículos del Código Civil del estado al considerarlos como “violatorios de los principios de igualdad y no discriminación”.

Las parejas del mismo sexo podrán contraer matrimonio en Puebla, sin necesidad de presentar un amparo.

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad la parte del artículo 300 del Código Civil del estado, que establecía que el matrimonio podía celebrarse sólo entre hombre y mujer.


Los ministros también anularon el artículo 294 del mismo ordenamiento, que establecía como fin del matrimonio el “perpetuar la especie”, pues consideraron a estos preceptos como “violatorios de los principios de igualdad y no discriminación”, según un comunicado de la SCJN.


La determinación de la Corte se dio como respuesta a la Acción de Inconstitucionalidad 29/2016, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), con la que demandó la invalidez del artículo 300 del Código Civil de Puebla, reformado mediante un Decreto publicado en el Periódico Oficial del estado el 28 de marzo de 2016.

Matrimonio igualitario en México

El 11 de diciembre de 2015, la Primera Sala de la SCJN publicó una jurisprudencia, donde señaló como inconstitucionales todas aquellas normas civiles que definen la institución del matrimonio como la que se celebra entre un hombre y una mujer.


Apenas el pasado 12 de julio, la SCJN declaró anticonstitucionales artículos del Código Civil de Chiapas que impedían el matrimonio civil entre personas del mismo sexo en la entidad.

Puebla y Chiapas se unen a los otros estados donde los matrimonios igualitarios son constitucionalmente reconocidos: Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Nayarit, Campeche, Jalisco, Michoacán, Morelos y Colima.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2017/08/scjn-matrimonio-igualitario-puebla/