jueves, 8 de junio de 2023

La Suprema Corte invalida la Ley de Publicidad por violaciones al proceso legislativo

La Suprema Corte invalidó la Ley de Publicidad que impulsó Ricardo Monreal y que fue aprobada en menos de 24 horas por múltiples violaciones al procedimiento legislativo.

Por múltiples violaciones al procedimiento legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Publicidad que impulsó el senador de Morena, Ricardo Monreal, para regular a nivel nacional la contratación de espacios publicitarios.

Los ministros no analizaron si, en el fondo, la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en materia de Contratación de Publicidad, que entró en vigor el 3 de junio de 2021 luego de ser aprobada en prácticamente 24 horas, era o no constitucional.

El proyecto fue realizado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y fue avalado con 8 votos de los integrantes del Pleno.

En el fallo, la Corte declaró que tanto el Senado como la Cámara de Diputados violaron las reglas del procedimiento legislativo, no respetaron los plazos para que los legisladores conocieran el dictamen y no lo repartieron para que todas las fuerzas parlamentarias lo pudieran debatir.

En su proyecto, Pardo enumeró un total de 12 violaciones al proceso legislativo que, a consideración de la mayoría de ministros, trascienden al contenido de la propia ley.

Los ministros que votaron en contra del proyecto fueron Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa y Arturo Zaldívar, quien dijo que no todas las violaciones al procedimiento legislativo invalidan las leyes, sino que deben ser suficientemente graves.

Desde enero pasado en la Primera Sala de la Corte y con mayoría de tres votos, los ministros concluyeron que esta ley violaba los derechos humanos de libertad de trabajo, libre contratación y autonomía de la voluntad.

Esto, debido a que, en amparo, la legislación fue impugnada por prohibir a las agencias de publicidad contratar espacios en medios de comunicación para después revenderlos a los anunciantes.

“La Ley impugnada contraviene el régimen Constitucional vigente, pues las relaciones comerciales deben ser transacciones libres en las que las partes contratantes ejerzan su voluntad con autenticidad, sin que sobre esos acuerdos libres puedan imponerse conductas de ninguna naturaleza, ni mucho menos ser intervenidos por terceras personas, incluido el Estado”, señaló la Sala.

En dicho debate, el ministro Zaldívar, quien esta tarde consideró que las violaciones al procedimiento legislativo no invalidan la Ley impulsada por Monreal, votó a favor del proyecto de Juan Luis González Alcántara Carrancá para declarar que la legislación era violatoria de derechos humanos.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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