martes, 7 de marzo de 2023

SSPC: 5,309 personas han salido de prisión con programa de preliberación y amnistía

La Secretaria de Seguridad de Protección Ciudadana acudió esta mañana a Palacio Nacional para presentar su informe de seguridad, en el que destacó las liberaciones.

Rosa Icela Rodríguez, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), dio a conocer, durante la conferencia matutina en Palacio Nacional, una actualización sobre el Programa de Libertades Anticipadas y Amnistías, gracias al que han salido de prisión cinco mil 309 personas.

Los trámites de las libertades anticipadas y amnistías se realizan con personas que no han cometido delitos graves. Del 17 de febrero al 6 de marzo de 2023, han sido liberadas 288 personas.

 

Dentro de las personas preliberadas se encuentran ocho mujeres, siete adultos mayores, siete indígenas, tres personas con enfermedades crónico degenerativas y dos extranjeros. Mientras que de las diez personas con amnistía, cuatro son mujeres y seis hombres.

Rosa Icela también informó que de julio de 2022 al 6 de marzo de 2023, el Gobierno federal ha entregado cinco mil 066 preliberaciones y 243 amnistías, es decir, han quedado en libertad cinco mil 309 personas que permanecían en centros penitenciarios.


“De julio de 2022 al 6 de marzo de 2023, han quedado en libertad cinco mil 309 personas que permanecían en algún centro penitenciario. Cinco mil 066 fueron preliberaciones y 243 amnistías”, reportó Rosa Icela.
El pasado 20 de abril del 2020, el Senado de la República aprobó la Ley de Amnistía, la cual contempla la liberación de personas consideradas en vulnerabilidad, a las que agrupa en diversos supuestos: aborto, en cualquier modalidad cuando sea cometido por la mujer embarazada o por médicos o parteros con consentimiento de la mujer; delitos contra la salud que hayan sido cometidos por personas en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, por tener una discapacidad permanente, o cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada; para personas que hayan cometido robo simple y sin violencia.

Así como a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.

Cabe resaltar que esta Ley sólo aplica para reos federales, ya sea que estén en reclusorios federales o estatales, pero que fueron procesados por delitos federales; también sean primo-delincuentes, es decir, ningún reincidente se beneficiaría. Ademas, todos los procesados por delitos con violencia o agravados quedan excluidos de la Ley.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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