miércoles, 12 de octubre de 2022

Gobierno de CDMX no pagará a DNV peritaje de L12 del Metro

En el documento divulgado este martes, la SGIRPC se compromete a darse por satisfecha del servicio prestado y los entregables de las fases 1 y 2 del peritaje.

El Gobierno de la Ciudad de México anunció que firmó un convenio con la empresa noruega DNV que da por terminada la contratación de sus servicios para efectuar un peritaje que determinaría las causas del colapso de la Línea 12 del Metro capitalino en mayo de 2021.

La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC) informó la noche del martes que en el convenio alcanzado con DNV se acuerda que el reporte Fase III no será pagado por el gobierno capitalino.

El pasado 4 de mayo la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, descalificó los resultados de dicho informe técnico, argumentando que el documento carece de un análisis más detallado de la fatiga inducida por distorsión, además de la exclusión del “Tramo espejo” como referencia empírica y analítica, e incluso afirmó que se presentará una “demanda civil contra la empresa”. 

Al respecto, la titular de la SGIRPC, Myriam Urzúa, dijo que DNV no se apegó a la metodología presentada originalmente, llamada ‘técnica de análisis sistemático de causas basado en barreras’.

“En el documento se confunden las causas directas del colapso, como problemas de construcción y diseño ya establecidos por la empresa en dictámenes anteriores, con las barreras preventivas que, según su propia definición, son controles, sistemas, prácticas y procedimientos que pudieron haber previsto el colapso”, señaló Urzúa.

En el documento divulgado este martes, firmado por Urzúa, la SGIRPC se compromete a darse por satisfecha del servicio prestado y los entregables de las fases 1 y 2 del peritaje, así como no ejercer acción penal, civil o administrativa contra la empresa.

De la misma manera, la empresa DNV se compromete a no ejercer acción penal, civil o administrativa contra la SGIRPC, así como a no divulgar información confidencial frente a acciones previas o posteriores al objeto establecido en el contrato inicial.

     

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
FECHA: 11 OCTUBRE 2022.

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