viernes, 17 de diciembre de 2021

Hay omisiones, fallas y contradicciones en proceso contra mujeres denunciadas por Gertz: jueza

Dos sentencias de amparo, que ya se encuentran bajo análisis de los ministros de la Suprema Corte, concluyen que hay anomalías graves que vuelven inconstitucionales los procesos iniciados en contra de Laura Moran y Alejandra Cuevas.

El proceso penal iniciado en contra de dos mujeres de 94 y 67 años de edad denunciadas por el fiscal Alejandro Gertz Manero de haber causado la muerte de su hermano es inconstitucional y violatorio de derechos humanos, pues se construyó a partir de pruebas y argumentos incompletos y contradictorios, que además dejaron de lado evidencia que exculpaba a las dos acusadas.

Así lo determinó una jueza federal en dos sentencias de amparo de más de 250 páginas cada una, en las que analizó punto por punto el medio centenar de pruebas con las que jueces capitalinos y la Fiscalía de la Ciudad de México acusaron Laura Moran y a su hija Alejandra Cuevas (esta última encarcelada en el penal de Santa Martha) del delito de homicidio doloso.

Dichos amparos son los que ahora se encuentran bajo revisión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para determinar si son confirmados o revocados. Lo que las sentencias concluyen es que los procesos iniciados deben ser anulados pues abiertamente violan los artículos 16 y 20 de la Constitución.

En dichas resoluciones, de las que Animal Político tiene copia, la jueza federal Patricia Marcela Díaz Serda advierte que el proceso que el juez capitalino aceptó iniciar en contra de las dos mujeres tiene múltiples errores de forma que, incluso, hacen imposible analizar de fondo el caso.

Esto ya que si bien se acusa a Laura y Alejandra de haber sido omisas intencionalmente para propiciar la muerte de Federico Gertz Manero (hermano del fiscal General), las pruebas en las que se sustenta no explican cómo es que se llega a tal conclusión y, en algunos casos, la contradice.

Por ejemplo, en el caso de la señora Laura Moran Servín, quien era concubina de Federico, la Fiscalía capitalina sostiene que la señora se opuso reiteradamente a que este recibiera medicamentos y lo trataba como si estuviera “desahuciado”. La acusación agrega que Laura se negó a llevarlo a un hospital cuando había oportunidad de ello, lo que contribuyó a su deceso.

Para sostener lo anterior la Fiscalía se apoya en 46 pruebas, siendo la primera de ellas la declaración del abogado Javier Coello Trejo, quien en 2015 –cuando ocurrieron– los hechos, fungía como abogado de hoy fiscal general en ese caso. La segunda es la denuncia del propio Alejandro Gertz en contra de Laura Morán. A ellos se suman otros testimonios, pruebas documentales, peritajes e informes policiales.

Sin embargo, tras analizar todas esas evidencias la jueza Díaz Serda advierte que ninguna de ellas confirma ni explica realmente cómo es que la señora de más de 90 años dejó de cuidar a Federico y con ello le propició la muerte. Es decir, al caso “no está debidamente motivado”

“De ahí, lo deficiente de la motivación contenida en la orden de aprehensión reclamada, pues no basta con enunciar las pruebas, sino que es necesario precisar los efectos o consecuencias que de ellas se desprendan, en relación con la conducta delictiva que se atribuye a la imputada”, indica la resolución.

Esta motivación y fundamentación, continua la jueza, se vuelve aún más relevante pues dentro de los testimonios ofrecidos como pruebas por la propia Fiscalía hay contradicciones. Concretamente, hay seis testimonios que evidencian que Laura Morán sí llevaba al fallecido a consultas médicas, que era la responsable de sus cuidados, que le compraba medicamentos, que pagaba a sus cuidadores, entre otras cosas.

Concretamente se trata de las declaraciones de los testigos José Héctor Tejeida Oropeza, María De Las Mercedes Gertz Loizaga, Julián Antuñano Olvera, Hugo Ernesto Mancilla Nava, quien junto con la propia Laura y Alejandra describen en distintos momentos los cuidados, medicamentos, servicios y otros elementos que sí recibió Federico Gertz Manero.

El juez que concedió la orden de aprehensión, explica la jueza, validó la presentación de estas pruebas para demostrar que Morán sí era la responsable de cuidar a Federico, pero no valoró al mismo tiempo que ello evidenciaba que sí tomó acciones al respecto y no que fue totalmente omisa. Es una contradicción que no fue resuelta.

Sumado a todo lo anterior, la jueza federal destacó que deliberadamente no se valoraron las pruebas aportadas por Alejandra Cuevas, principalmente múltiples recibos, facturas y recetas médicas, con los que se trataba de evidenciar que Federico Gertz recibió atenciones y medicamentos.

“En ese sentido, es de mencionarse que la responsable debió señalar pormenorizadamente las omisiones que realizó la aquí inconforme (Laura) en el ilícito y el fundamento legal en el que se basó para así establecerlo, además de advertirlo de una adecuada valoración de pruebas, especialmente al ser contradictorias entre sí”, agrega la resolución.

Son un cúmulo de fallos que, en suma, puntualiza la jueza, dejan en indefensión a Laura Morán Servín al no permitirle preparar una defensa adecuada pues no está claro a partir de que la están procesando. Por ello el amparo concluye que la orden de aprehensión en su contra tiene que ser desestimada.

Incongruente, la acusación contra Alejandra
Desde septiembre del año pasado Alejandra Cuevas Moran, hija de Luisa Morán, se encuentra presa en el penal femenil de Santa Martha Acatitla. Esto luego de que se le dictó un auto de formal prisión por el mismo caso por el que también se acusa a su madre: la muerte de Federico Gertz Manero.

La Fiscalía capitalina la señala de ser corresponsable de la muerte del hermano del fiscal General, bajo el argumento de que ella también participaba en los cuidados de Gertz (era una “garante accesoria” en términos técnicos) y junto con su madre fue cómplice del descuido que derivó en la muerte.

Sin embargo, la jueza federal Díaz Serda al revisar la acusación que derivó en el proceso, determinó que esta es “incongruente”. Por principio de cuentas, identificó que hay errores técnicos como el hecho de considerar cómplice de un delito a Cuevas cuando, en todo caso, sería coautora según la descripción hecha en la investigación del caso.

Pero además de eso, y como sucede en el caso de su madre, la acusación se sustenta primordialmente en testimonios (como el de Coello Trejo y Alejandro Gertz Manero) sin que haya argumentos a partir de los cuales se explique como se probó que realmente ocurrió el supuesto abandono por parte de Cuevas.

Y lo más significativo: existen diversos testimonios en los que sí se señala que Federico Gertz recibía distintos tipos de cuidados, que tenía medicamentos al alcance y que fue llevado a un hospital. La propia Cuevas quiso entregar pruebas documentales de esto que no fueron admitidas.

“Lo cual tornaría, de igual manera, incongruente la participación de la procesada (Alejandra Cuevas), de omisión impropia, si se desprenden diversos hechos en los que se refieren actos de cuidado y atención hacia el occiso. La Sala responsable fue omisa en pronunciarse sobre las pruebas aportadas por la quejosa Alejandra… al momento de comparecer ante la representación social”, advierte la resolución.

En ese sentido, y al haber versiones contradictorias de los hechos, es que cobra de mayor relevancia probar con la evidencia suficiente cuál hipótesis es la correcta. Una situación que no ocurre en este caso, o al menos no en la argumentación que se proporcionó por parte de los jueces locales que dictaron la formal prisión.

Por ello, la jueza federal también emitió sentencia de amparo en favor de Cuevas con la finalidad de que se deje sin efecto el proceso en su contra y el caso vuelva a ser analizado.

Un fiscal cuestionado

En junio de 2019, un reportaje publicado por Animal Político y Quinto Elemento Lab evidenció, por primera vez, la participación del abogado Coello Trejo y de su hijo Coello Zuarth en el caso de Federico Gertz. Ambos actuando como apoderados y testigos de Alejandro Gertz.

El caso, como señalaron expertos entrevistados, mostraba un potencial conflicto de interés debido a que esta situación no fue declarada por Alejandro al asumir el cargo de Fiscal General, y porque Coello siguió siendo su apoderado legal al mismo tiempo que laboraba como abogado defensor de Emilio Lozoya, quien a su vez era investigado por la FGR liderada por Gertz.

En 2020 los hijos de Alejandra Cuevas denunciaron el caso públicamente y desde ahí han acusado reiteradamente al fiscal General de haber utilizado su posición para presionar a la Fiscalía capitalina y reabrir el caso, incluso violando amparos con los que ya contaban previamente. Lo señalaron además de chantajearlos y de haber obligado a su abuela a renunciar a su pensión y a firmarle al fiscal un cheque por más de tres millones y medio de pesos.

Luego, en septiembre pasado, denunciaron a Alejandro Gertz Manero de haber usado a su hermano Federico para encubrir importantes sumas de dinero en paraísos fiscales, y entregaron a la Unidad de Inteligencia Financiera estados de cuenta sobre una empresa denominada Julius Bar LTD en la que se habrían ocultado casi ocho millones de dólares.
Animal Político reveló que como parte de este mismo caso dos fiscales capitalinos que inicialmente cerraron la indagatoria iniciada por la denuncia de Alejandro Gertz al considerar que Federico murió de causas naturales fueron despedidos y denunciados, lo que derivó en una orden de aprehensión en su contra, Sin embargo, un juez federal que revisó el caso determinó que eran injustificadas las acusaciones en su contra.

La semana pasada, en medio de una creciente campaña en redes sociales para que Alejandra Cuevas sea liberada, sus hijos presentaron una solicitud en el Congreso para que se lleve a “juicio político” al fiscal General , por presuntamente haber utilizado su cargo para presionar las acciones legales en contra de Laura Moran y Alejandra Cuevas.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ANGEL.

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