Tras la resolución definitiva de un tribunal sobre la omisión legislativa del Congreso de CDMX sobre un sistema de cuidados, activistas exigen la instalación inmediata de mesas de diálogo y que Clara Brugada envíe su iniciativa.
El Congreso de la CDMX y la jefa de gobierno, Clara Brugada, son responsables de una omisión legislativa absoluta al no acatar el mandato previsto expresamente en la Constitución capitalina para legislar un sistema de cuidados, determina una sentencia definitiva del décimo noveno tribunal colegiado en materia administrativa.
La resolución se da en respuesta a un amparo promovido por un grupo de activistas, Silvana Carranza y dos colitigantes: Úrsula Martínez y Priscila Monge, el 27 de marzo de 2024, y luego de que el propio Congreso de la Ciudad de México interpusiera una revisión como parte del proceso, la cual el Tribunal calificó como infundada.
“Si las normas y programas que darían efectividad a una política que permitiría el goce del derecho humano al cuidado no han sido emitidas hasta el momento, es patente que el Estado le ha fallado a las personas más vulnerables y, por ende, dicha omisión debe cesar, máxime que el propósito de reconocer derechos como se realiza en la Constitución local es fomentar el respeto, protección, promoción y realización, entre otros, de los derechos sociales”, consigna el documento.
Además, describe que si el ejecutivo –Brugada– y el legislativo no han llevado a cabo su función ni ningún proceso de revisión de las iniciativas presentadas en materia del sistema de cuidados a fin de cumplir el artículo 9 constitucional, se considera que ambos violan este derecho humano, por lo cual considera adecuado otorgar la protección de la justicia. Un total de cinco iniciativas permanecen en el Congreso capitalino pendientes de dictaminación.
Además de estas, presentadas entre septiembre de 2024 y abril de 2025, Brugada ha incumplido la promesa, hecha en al menos dos ocasiones, de enviar su propia iniciativa al órgano legislativo. Por ello, de acuerdo con la sentencia, ya que el actual período de sesiones está próximo a concluir, el Congreso deberá cumplir con su obligación en el segundo periodo ordinario de este año, o a más tardar, en el primero del siguiente, es decir, como máximo en mayo de 2026.
“Las autoridades responsables han incumplido con su obligación de legislar para emitir una ley en materia de derecho al cuidado, el cual ha sido reconocido como un derecho humano, ya que en el artículo vigésimo transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México fue señalado que la legislación relativa a los sistemas y programas establecidos ahí deberá entrar en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2023”, se lee en el documento.
Como resultado del expediente 681/2024, la sentencia remarca que el artículo 9 de la Constitución Política de la Ciudad de México dispone que las autoridades establecerán un sistema de cuidados que preste servicios públicos universales, accesibles, pertinentes, suficientes y de calidad, y desarrolle políticas públicas.
Además, “debería atender de manera prioritaria a las personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, ciclo vital, especialmente la infancia y la vejez y a quienes, de manera no remunerada están a cargo de su cuidado”. De ahí la obligación de la jefa de gobierno y del Congreso de emitir esta normativa, más cuando el plazo constitucional originalmente tenía como límite el 31 de diciembre de 2023.
Aunque se trata de un Congreso relativamente joven, precisa Silvana Carranza, una de las promoventes del amparo, esta es la primera omisión legislativa que se reconoce en una sentencia en la capital, y se trata de una primera llamada de atención, pues existen otros seis sistemas señalados en la Constitución a los que habría que prestar atención sobre si ya están legislados o no.
“Hay un trabajo poco consistente por parte de las y los legisladores que han integrado las tres legislaturas de este Congreso”, sostiene en entrevista. Del mismo modo, señala la necesidad de que exista, en principio, una mesa de diálogo y trabajo conjunto con sociedad civil, personas cuidadoras, personas con discapacidad, expertas, abogadas y todas aquellas promoventes de iniciativas en el Congreso, para que la legislación empiece a trabajarse ya.
“Por el lado del ejecutivo (la jefa de gobierno) ya hay un plazo que tiene que cumplir, y desde hace casi un año está prometiendo una iniciativa; lo que esperamos es que ya tengan los acuerdos para enviarla. Estamos pendientes y participativas de lo que envíen para poder construir. Es una ley en beneficio de muchísimas personas, del 100 % de la población más bien”, apunta.
Animal Político publicó en marzo de este año la serie de reportajes Cuidadoras sin oportunidades, que documenta cómo sin un sistema nacional de cuidados, la igualdad de género nunca será una realidad: en México, 19.6 millones de mujeres están fuera del mercado laboral por dedicarse a cuidar, y un 80 % de las personas jóvenes que no estudian ni trabajan son mujeres; la mayoría pierde esas oportunidades por privilegiar tareas de cuidado, y cuando llegan a acceder, están condicionadas a empleos precarios y a una brecha salarial que es más amplia entre mayor número de hijos tengan.
Priscila Monge, colitigante del amparo, también espera que la discusión se abra a colectivos, activistas y expertos, además de que se inicie lo más pronto posible el trabajo en comisiones y en conjunto con la jefatura de gobierno. Las opciones pueden ser, propone, un parlamento abierto o simplemente una invitación a trabajar en conjunto. “Esperemos que así sea, y que la jefa de gobierno junto con su equipo mande esa iniciativa”, añade.
La activista recuerda que la sentencia establece un plazo para publicar la ley de cuidados máximo para el 31 de mayo de 2026, que son dos periodos legislativos, aunque la expectativa sería que si de por sí ya existe una omisión y un atraso, la normativa se emita durante el segundo periodo de este año. Desde su perspectiva, lo mejor sería que el proceso sea lo más ágil posible, sin perder de vista el aspecto democrático, pide.
Histórica y culturalmente, remarca, las labores de cuidado han sido ejercidas principalmente por las mujeres. De hecho, en la capital el 74 % de las personas cuidadoras son mujeres, y suelen destinar hasta 38 horas a las labores de cuidado. Esto es resultado de los estereotipos de género que rodean esas tareas, lo que se conoce como “ética de cuidado”, que considera que las mujeres son más aptas para ello.
“Una ley de cuidados –subraya– permitiría establecer políticas y un sistema de cuidados que conduzca a una nueva organización social, en la que el Estado, el mercado laboral, la sociedad, las personas cuidadoras y personas sujetas a cuidados formen parte de esta sociedad de cuidados y exista una corresponsabilidad, que no sea una tarea solo de las mujeres, sino que todas las personas consideren que los cuidados permiten la sostenibilidad de la vida”.
Reconocer estas labores, reducir las tareas de cuidado que se recargan sobre un solo sector de la población, y establecer políticas que permitan remunerar y ayudar a las personas cuidadoras con capacitación y profesionalización son aspectos centrales que debe considerar la ley. Esto implicaría añadir un paso más a otras conquistas en las agendas de género. Cambiar la mirada en torno a los estereotipos de los cuidados, sostiene, contribuiría a que dejen de verse como un asunto irrelevante, sino como parte fundamental de la vida.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: MARCELA NOCHEBUENA.