jueves, 25 de enero de 2024

AMLO vs SCJN, falso dilema

La postura más fácil es señalar y acusar al juzgador cuando las resoluciones son contrarias a las pretensiones del Ministerio Público. Muy poco se cuestiona la preparación y capacidad de litigio de las oficinas jurídicas del gobierno y de los fiscales.

El más reciente desencuentro entre el presidente Andrés Manuel López Obrador y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre una resolución de un tribunal colegiado en torno a la prisión preventiva oficiosa, dictada a algunos militares por el caso Ayotzinapa, revela un problema de fondo. Veamos.

La carta enviada por la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña Hernández, es un texto de naturaleza política que, sin duda, resulta atendible como una postura que puede ser compartible por el sentido común y la lógica más elemental. No hay duda de ello. El quid es que el escrito en cuestión carece de relevancia jurídica en el caso concreto, en el cual la SCJN y su presidenta están impedidos para traducir una comprensible posición política a una promoción judicial que pudiera tener un impacto directo en el proceso judicial de referencia.

Como es sabido, la autoridad sólo puede hacer aquello que expresamente le permite la Constitución y la ley y, en este asunto, existe un conjunto de pasos procesales que debe ser observado en tiempo y forma. Se trata de derechos humanos adjetivos de los justiciables (es decir, de los gobernados que forma parte en un proceso judicial) previstos en los artículos 14 y 16 constitucionales donde ya hay jurisprudencia muy clara desde tiempo atrás de sus alcances y formas de protegerlos. En todo caso, pueden introducirse mejoras a esos procesos para hacerlos más expeditos, pero esta decisión le corresponde no a la SCJN, sino al Congreso de la Unión que ha diseñado el marco jurídico que hoy existe, con sus limitaciones y bondades, con arreglo a la propia Constitución y al derecho convencional, o sea, lo establecido en los tratados y convenciones internacionales reconocidos por México. 

En otras entregas en Proceso he hecho una analogía, para ser gráfico y entendible, entre un proceso judicial con las reglas del juego en el futbol soccer, que hoy hay que recordar. No todos los balones que terminan al fondo de la portería del equipo contrario son necesariamente goles. Ahí están el fuera del lugar, que haya tocado al árbitro y muchas otras reglas, que buena parte de la población conoce muy bien.

Hasta el día de hoy nadie se ha pronunciado porque se eliminen las reglas del juego en el futbol y que todos los tiros en la portería del equipo rival sean goles, sí o sí. En un juicio es tan importante el fondo como el aspecto procesal, aquí y en cualquier otro país que se precie de tener un Estado de derecho mínimamente eficaz. 

La postura más fácil, pero no correcta, es señalar y acusar al juzgador cuando las resoluciones son contrarias a las pretensiones del Ministerio Público. Muy poco se trata y se cuestiona la preparación y capacidad de litigio de las oficinas jurídicas del gobierno y de los fiscales, quienes tienen grandes oportunidades de mejora para blindar sus casos y ganar en tribunales. 

De esta suerte, todo es mejorable, pero es menester por ética pública identificar donde están los problemas y cómo, en su caso, habría que solucionarlos para evitar este intercambio incesante de desencuentros entre el gobierno federal y el Poder Judicial de la Federación que poco abona a la convivencia armónica entre quienes integran la sociedad. El camino de la racionalidad se ha perdido. Hay que encontrarlo.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ERNESTO VILLANUEVA.

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