jueves, 21 de diciembre de 2023

Gertz da a los agentes de la FGR poder para intervenir llamadas y geolocalización

El Fiscal General de la República ha otorgado facultades a los agentes del Ministerio Público para intervenir comunicaciones privadas, obtener la localización geográfica en tiempo real de una persona, llevar a cabo operaciones encubiertas, entre otras.

La Fiscalía General de la República (FGR) ha llegado a cinco años con los principales casos de corrupción que tiene en sus manos —como el de Emilio Lozoya Austin y el de Juan Collado— sin avances importantes, así como con un número de expedientes en el limbo, y ahora suma una polémica más luego de que el Fiscal Alejandro Gertz Manero otorgara funciones de intervención de llamadas a sus agentes, lo cual abre la puerta a espionaje e irregularidades en el manejo de la información, advirtieron organizaciones.

Fue el pasado 6 de diciembre cuando en el Diario Oficial de la Federación, el Fiscal Gertz Manero publicó el acuerdo A/002/2023 por el que se delegan diversas facultades en las personas agentes del Ministerio Público de la Federación, entre ellas intervenir comunicaciones privadas o extracción de información, pedir a los concesionarios de telecomunicaciones la localización geográfica en tiempo real de una persona, llevar a cabo operaciones encubiertas y conocer las operaciones financieras realizadas por los sujetos investigados.

Estas facultades, como se establece en el acuerdo, ya las podía ejercer el Fiscal General de la República, pero ahora pueden hacer uso de ellas los agentes del Ministerio Público federal desde el pasado 7 de diciembre que entró en vigor la disposición, siempre y cuando se cuente con la autorización del superior.
“Para ejercer cualquier facultad delegada en este Acuerdo, la persona agente del Ministerio Público de la Federación deberá obtener, en cada caso, la autorización previa correspondiente de la persona titular de la unidad sustantiva a la que se encuentre adscrita o comisionada, dejando la constancia correspondiente”, establece en ese sentido el punto tres del documento.
José Flores, Director de Comunicación en la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y presidente de la fundación Wikimedia México, explicó en entrevista que si bien las fiscalías ya podían llevar a cabo la intervención de comunicaciones privadas, el acceso a datos conservados por parte de empresas, el acceso a la localización en tiempo real, todas estas facultades estaban concentradas en la Fiscalía General de la República, pero ahora con este acuerdo todo agente del Ministerio Público pueda llevar a cabo estas técnicas de investigación.
“Esta ampliación de facultades es en realidad preocupante en el entendido de que hay muchos indicios de abuso de estas técnicas de investigación, incluyendo las revelaciones recientes del uso del acceso a datos conservados por parte de la Fiscalía de la Ciudad de México y la Fiscalía de Colima en contra de figuras públicas, personas políticas; y también ha sido utilizado en el pasado en contra de personas defensoras de derechos humanos o periodistas”, ahondó.
En ese sentido, advirtió que en un escenario en el que hay evidencia de que se ha abusado de estas técnicas de investigación, sin que haya salvaguardas para prevenir este uso faccioso, resulta preocupante que ahora se busquen ampliar estas atribuciones delegándolas a cualquier persona del Ministerio Público.

La abogada Adriana Greaves, de la organización Tojil, consideró en entrevista que el punto central de preocupación es que haya un abuso de las facultades por parte de los funcionarios que ahora estarán habilitados para solicitar este tipo de datos.

“El problema no es la ley, sino los operadores y la falta de control a los operadores”, dijo la abogada Adriana Greaves, de la organización Tojil. “A nivel práctico, anteriormente las concesionarias de telefonía o de datos solían tener una persona de vinculación con fiscalía, pero hoy en día todos los fiscales podrían marcar para pedir este tipo de información”.

Por este motivo, remarcó que el robustecimiento de las fiscalías no es negativo, sino que habrá que confiar en que no haya un abuso de poder por parte de las autoridades y a la par, aplicar controles para evaluar que no haya un uso discrecional de estas facultades.

El acuerdo refiere además que las personas agentes del Ministerio Público de la Federación tienen de igual forma las facultades para “ordenar directamente la localización geográfica en tiempo real o la entrega de los datos conservados a los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, cuando esté en peligro la integridad física o la vida de una persona o se encuentre en riesgo el objeto del delito, así como en hechos relacionados con la privación ilegal de la libertad, secuestro, extorsión o delincuencia organizada”.


José Flores de la R3D precisó que el Código Nacional de Procedimientos Penales prevé justamente una excepción de no solicitar la orden de un Juez cuando son casos que amenazan la vida y la integridad de las personas como pudiera ser en un caso de secuestro. “Lo que se hace es que se le manda primero la solicitud a las empresas de telecomunicaciones, las empresas de telecomunicaciones envían esta información y, en teoría, la autoridad tiene 48 horas para presentar la orden judicial de dónde está justificada la medida que tomaron”.

Expuso que se tiene documentado, como sucedió con la Fiscalía de la Ciudad de México, que se agregan número telefónicos en carpetas de investigación existentes sobre estos delitos para poder acceder a estos registros sin pasar por una orden judicial. “Esto no implica que cualquier MP va a poder pedir cosas sin autorización judicial, pero sí abre la puerta que cualquier MP pueda utilizar o abusar de esta laguna que existe digamos en las facultades de vigilancia de la fiscalías”, apuntó.
El acuerdo también les permite “requerir a los sujetos obligados que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la conservación inmediata de datos contenidos en redes, sistemas o equipos de informática hasta por un tiempo máximo de noventa días”. Al mismo tiempo les da el poder de solicitar el aseguramiento de bienes propiedad de la o de las personas imputadas, así como de aquellos respecto de los cuales se conduzcan como dueñas, cuyo valor equivalga a dicho producto.
En abril de 2021, el diario El País dio a conocer que la FGR suscribió, entre 2019 y 2020, al menos cuatro contratos para la adquisición de tecnologías de vigilancia a través de a la empresa Neolinx de México, dedicada a la venta de equipo de espionaje durante el Gobierno de Enrique Peña Nieto, la cual estuvo involucrada, entre 2014 y 2015, en procesos de venta de sistemas de vigilancia a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), la Policía Federal y la entonces Procuraduría General de la República (PGR).

Desde entonces, la R3D advirtió públicamente que la vigilancia masiva e indiscriminada es una medida desproporcionada y violatoria de los derechos humanos. “En ningún caso, la vigilancia masiva puede ser considerada legítima por parte del Estado, ya que toda acción de este tipo debe ser focalizada, justificada por circunstancias específicas de un caso concreto”, señaló desde entonces.

Ahora con este acuerdo, la R3D expuso que se abren las puertas a una vigilancia irregular e incluso al espionaje. “Es urgente una revisión profunda de este marco legal para hacer mucho más transparente estas tareas que en teoría deberían ser utilizadas para la prevención y combate al delito”, indicó José Flores.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: TAMARA MARES RIVERA, OBED ROSAS.

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