martes, 3 de octubre de 2023

Prohíben al Centro Nacional de Inteligencia destruir archivos de la “Guerra Sucia”

El Centro Pro informó que la prohibición de destruir documentos proviene de la suspensión dictada en el juicio de amparo que promovió Alicia de los Ríos Merino, por las irregularidades documentadas por el Mecanismo de Esclarecimiento Histórico.

Luego de admitir la solicitud de amparo promovido por Alicia de los Ríos Merino, hija de Alicia de los Ríos, militante de la Liga Comunista 23 de Septiembre desaparecida desde 1978, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México ordenó al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) no destruir documentos relacionados con la llamada “Guerra Sucia”.

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez informó que la prohibición de destruir documentos proviene de la suspensión dictada en el juicio de amparo que promovió Alicia de los Ríos Merino, por las irregularidades documentadas por el Mecanismo de Esclarecimiento Histórico de las graves violaciones a derechos humanos cometidas en el período 1965-1990.
“Gracias a una resolución del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se concedió la suspensión provisional y, el pasado 21 de septiembre, el Juzgado Octavo hizo lo propio al conceder la suspensión definitiva en el juicio”, explicó.
El Centro Pro precisó que estas resoluciones reconocen que familiares como Alicia de los Ríos Merino tiene derecho a exigir que se revisen estos documentos, donde podría encontrarse información sobre el paradero de su madre desaparecida, así como el esclarecimiento de este periodo de represión estatal en contra de movimientos sociales.

Asimismo, aclaró que con este amparo el poder Judicial advirtió que las autoridades del Centro Nacional de Inteligencia no desvirtuaron con pruebas las irregularidades documentadas por el Mecanismo de Esclarecimiento Histórico, sino que solamente se han limitado a negarlas.

En un comunicado el centro de derechos humanos explicó que  luego de que el Mecanismo de Esclarecimiento Histórico de la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990 emitiera el “Informe técnico sobre el archivo DFS-DGISEN-CISEN en el AGN” y, posteriormente, dos ampliaciones más sobre irregularidades encontradas en ese acervo, Alicia de los Ríos Merino, acompañada por el Centro Prodh y Artículo 19, promovió, un juicio de amparo, con el objetivo de que se localicen y transfieran archivos perdidos, sustraídos, faltantes o que nunca fueron transferidos (y debieron serlo) al Archivo General de la Nación.

Indicó que el pasado 8 de septiembre el juicio de amparo fue admitido por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México y que gracias a una resolución del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se concedió la suspensión provisional y, el pasado 21 de septiembre, el Juzgado Octavo hizo lo propio al conceder la suspensión definitiva en el juicio.

Destacó además que, en el marco de la conmemoración del 2 de octubre, las organizaciones hicieron un llamado al CNI a cumplir con las resoluciones del Poder Judicial y cumplir, finalmente, con las órdenes presidenciales de transferir todos los archivos de la represión con los que cuentan.
“Estos documentos son esenciales para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad en su conjunto, pero también para asegurar la justicia, memoria, reparación y no repetición de los hechos. Que al término del sexenio familiares de víctimas de desaparición tengan que acudir a los tribunales para que estos tutelen su derecho a la verdad, muestra que la promesa de esta administración de ir a fondo en este tema permanece aún incumplida”, señaló el Pro.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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