miércoles, 12 de julio de 2023

Abren queja CDHEQROO por niña fallecida en elevador del IMSS

La Comisión de derechos humanos de Quintana Roo condenó la difusión de imágenes y videos del fallecimiento de la niña en el elevador del hospital del IMSS, porque violentaron la intimidad y dignidad de la agraviada.

A partir de la queja VA/SOL/172/07/2023, la Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo dará seguimiento al caso del fallecimiento de una niña en un elevador del hospital del IMSS en Playa del Carmen.

Asimismo, condenó la divulgación de imágenes en medios de comunicación y avisó que dio parte a la CNDH del suceso para que lo atienda por tratarse de una institución federal donde ocurrió el deceso.

Mediante un comunicado, la CDHEQROO rechazó el uso y difusión de las imágenes del suceso, así como de otras niñas, niños y adolescentes que se captaron al interior del hospital, situación que debió ser controlada por las autoridades para impedir vulnerar el derecho a resguardar la identidad de estas personas.

“Las personas servidoras públicas del Hospital en mención están obligadas en atender el mandato 4° Constitucional enfocado al interés superior de la niñez, (…) obliga a las personas servidoras públicas desde el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

En ese sentido, dijo que el Estado tiene la obligación de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos de acuerdo a las leyes en la materia vigentes en el estado.

E insistió en que las autoridades y servidores públicos tienen la obligación de garantizar el derecho a la intimidad de las personas menores de edad, según el artículo 77 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

“(…) Se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez”.

En cuanto a los medios de comunicación, el organismo externó su preocupación de que la difusión de personas menores de edad, agraviadas por cualquier situación, represente una revictimización y alimente de alguna manera el morbo.

“Lo anterior, dado que se ha observado diversas notas periodísticas en las cuales se observa una imagen obtenida al interior del citado hospital, compartiendo fotografías de la víctima y su familia”.

Recordó que el periodismo es compatible con el derecho de las víctimas de delitos y violaciones a derechos humanos, así como a mantener su honra y privacidad, evitando que se exhiban.

Sobre todo cuando se trata de personas que históricamente se enfrentan a la discriminación, violencia y la desigualdad, como lo es el caso de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Por el contrario, mencionó que el periodismo, al dar a conocer o visibilizar actos ilícitos cometidos por particulares y violaciones a Derechos Humanos, debe evitar generar más dolor a través de la publicación de fotografías y videos que atentan contra la dignidad de las personas.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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