jueves, 2 de marzo de 2023

“El Z-42” impugna fallo que le negó amparo contra orden de aprehensión por masacre de Allende

Óscar Omar Treviño Morales, alias “El Z-42”, ex líder del cártel de Los Zetas. impugnó, el 1 de marzo de 2023, el fallo de Abigail Ocampo Álvarez, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, quien le negó un amparo contra la orden de aprehensión vigente en su contra, por su presunta responsabilidad en la masacre de Allende, Coahuila, ocurrida en marzo de 2011.

El capo, originario de Nuevo Laredo, Tamaulipas, alegó presuntas violaciones al debido proceso de la Fiscalía General de la República (FGR) en dicha causa penal, por lo que su defensa tramitó un recurso de revisión, mismo que fue turnado al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que decidirá sobre el asunto.

El ex líder de Los Zetas pidió la protección de la justicia bajo el argumento de que la autoridad de Coahuila violó su derecho de audiencia y debido proceso, porque no fue citado en la indagatoria y se le privó de ofrecer pruebas y designar un defensor, además de que existen declaraciones de “autoincriminación”.

“Se tuvo por interpuesto el recurso de revisión hecho valer por la parte quejosa. En consecuencia, remítase el escrito de expresión de agravios extraído del expediente electrónico, así como el juicio de amparo en que se actúa, remítase al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, en Turno, para la sustanciación del medio de impugnación hecho valer por la parte quejosa”, señala el acuerdo de la juez.

Ocampo Álvarez declaró infundados los alegatos del quejoso y consideró que la orden de captura que fue librada por el juez Segundo de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Río Grande, en Coahuila, era una autoridad competente. “Hechos que a su consideración encuadran en el ilícito de secuestro agravado”, detalla la sentencia.

La juzgadora también aclaró que la FGR no ejerció su facultad de atracción para continuar con la investigación del mencionado delito. Además de que existía una denuncia de hechos presentada por diversas personas, quienes acudieron ante la autoridad correspondiente, para informar de los hechos sobre los que tuvieron conocimiento, así como la desaparición de sus familiares.

Ocampo Álvarez puntualizó que existen medios de prueba que, resultan idóneos para acreditar la agravante en estudio, “pues de estos se puede apreciar la forma de actuar de los investigados una vez que se logró la privación de la libertad de las víctimas; ya que de dichos testimonios se aprecia que una vez que las víctimas fueron privadas de su libertad, fueron ingresados en una bodega en donde se les privó de la vida y posteriormente se les incineró con combustible”.

“Aquí es importante señalar que, si bien no se corroboró la existencia material de un cadáver, existen indicios de la violencia ejercida, pues los declarantes manifestaron que se privó de la libertad a las víctimas, que se les ingresó a una bodega, que eran maltratados físicamente y, que posteriormente se les incineró, de tal forma que resulta indudable el resultado”, dijo la jueza.

Por su parte, el titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Río Grande, en Coahuila, analizó las versiones de los testigos, en relación con el material probatorio que obra en la averiguación previa, por lo que determinó que estaba acreditada la existencia del delito y la probable responsabilidad de “El Z-42”.

“Consistente en que como jefe de la organización denominada Los Zetas, conminó a varios de sus sicarios “y otros no identificados”, a privar de la libertad a personas integrantes de las familias […], por haber traicionado a la organización criminal, lo cual se llevó a cabo los días 18, 19 y 20 de marzo de 2011, ya que con lujo de violencia procedieron a impedir la deambulación física de […] para posteriormente privarlos de la vida e incinerar los cuerpos”.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.

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