jueves, 9 de febrero de 2023

Los puntos clave de la ley que permitirá a las Fuerzas Armadas tener el control del espacio aéreo de México

De acuerdo con la iniciativa, la justificación para involucrar a las Fuerzas Armadas es la existencia de un vacío legal respecto a la protección del espacio aéreo.

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que expide la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, una iniciativa propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador que propone que las Fuerzas Armadas tengan facultades para vigilar el espacio aéreo mexicano.








Esto quiere decir que las funciones de seguridad no estarán a cargo de un cuerpo civil, sino que será la Secretaría de la Defensa Nacional la que coordine al resto de las dependencias involucradas en las operaciones de tráfico aéreo.

De acuerdo con la iniciativa, la justificación para involucrar a las Fuerzas Armadas es la existencia de un vacío legal respecto a la protección del espacio aéreo.

Ante este vacío legal, la ley autoriza a este cuerpo de seguridad para que utilice todos sus recursos, tanto humanos como tecnológicos para “disuadir las amenazas que vulneren la seguridad nacional en el espacio aéreo".

¿Pero cuáles son los puntos más importantes de esta iniciativa?

Creación del Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Este sistema estará integrado por 6 dependencias federales, pero será la Secretaría de la Defensa en la que recaerá mayor responsabilidad.

El objetivo de este sistema es inhibir o contrarrestar las operaciones aéreas ilícitas y de aquellas que atenten contra la seguridad nacional.

¿Qué dependencias estarán involucradas?
  • La Secretaría de la Defensa
  • La Secretaría de Marina
  • La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
  • La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (Con la Guardia Nacional)
  • La Secretaría de Hacienda y Crédito Público
  • La Secretaría de Gobernación (Con el Instituto Nacional de Migración
Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo

Es la parte medular de la legislación debido a que sus funciones serán las de vigilar el tránsito que se aparte de la operación regulada, por lo que deberá actuar contra aquellos actos que transgredan la seguridad de la aviación civil.

También controlará las operaciones aéreas en áreas restringidas y emitirá la declaratoria de alertamiento aéreo.

El Centro estará encabezado por la Comandancia del Sistema Integral de Vigilancia del Estado Mayor y la Fuerza Aérea Mexicana, ambas adscritas a la Sedena.

¿En qué momento entrará en operaciones el Centro?

De acuerdo con la minuta, hay nueve supuestos con lo que el Centro justificará entrar en acción:
  1. No activar código transponder o apagarlo durante el vuelo.
  2. Cambiar de ruta sin motivo aparente.
  3. No establecer comunicación con los servicios de control de tránsito aéreo.
  4. No responder a las instrucciones de los servicios del control de tránsito.
  5. No tener la información sobre el plan de vuelo.
  6. Registrar cambios erráticos de velocidad, altura o rumbo, así como realizar maniobras inusuales.
  7. Sobrevolar zonas restringidas o prohibidas.
  8. Cuando existan discrepancias en el plan de vuelo.
  9. Cuando una aeronave se encuentre en situaciones de emergencia.
Proceso de interceptación entre naves

Otro punto a destacar es el procedimiento de interceptación, es decir, un mecanismo para dirigir una aeronave del Estado a otra con el propósito de “identificarla, brindarle ayuda, vigilar su comportamiento, girar instrucciones a la tripulación para retomar la ruta planeada o para aterrizar en un aeródromo designado”. 

Consejo Nacional de Vigilancia del Espacio Aéreo

Este órgano será la instancia superior responsable de emitir las políticas de coordinación e intercambio de información entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar la protección del espacio aéreo mexicano.

Estará integrado por el presidente de la República, cabeza del consejo; el secretario de Relaciones Exteriores, los titulares de las secretarías de Marina y Defensa Nacional, así como la titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

También participará el titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

El consejo deberá sesionar de manera semestral y en caso de alguna emergencia, en cualquier momento.

En caso de ausencia del presidente del consejo, será el titular de la Sedena quien asuma dicha función.

Las voces en contra

Durante la discusión, la bancada de Movimiento Ciudadano aseguró que esta ley es un intento más para continuar con la militarización del país.

“En realidad otorga el control y vigilancia del espacio aéreo a las Fuerzas Armadas (…) Lo que realmente busca este dictamen es avanzar en la consolidación de la militarización de nuestro país en todos los ámbitos”, dijo Mirza Flores Gómez, vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano.

Para la bancada de Movimiento Ciudadano, esta legislación duplica funciones puesto que pretende solucionar irregularidades respecto a licencias de vuelo falsas, suplantación de identidad, aeronaves sin documentos, transporte ilegal de hidrocarburos, operación en pistas clandestinas y corrupción de funcionarios que facilitan vuelos ilícitos.

Sin embargo, varios de estos aspectos ya están contenidos en la Ley de Aviación Civil, y cuyas facultades corresponden a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

“En este sentido, no existe relación entre la problemática señalada y la necesidad de crear una ley que militariza el espacio aéreo y la aviación civil", manifestaron en una moción suspensiva.

La minuta pasó al Senado para su discusión y votación en los próximos días.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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