jueves, 14 de febrero de 2013

Propiedad intelectual de productos, necesaria para licitación pública: SCJN

FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: JESÚS ARANDA.

Falla contra una farmacéutica que intentó participar en convocatoria del ISSSTE, cuando otra compañía tenía los derechos del medicamento.

México, DF. Las dependencias de la administración pública federal están impedidas para recibir propuestas en licitaciones públicas o adjudicar contratos a empresas que no tengan los derechos de propiedad intelectual sobre los productos que están ofreciendo.

Estableció lo anterior, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al negarle un amparo a una farmacéutica que pretendía participar en una licitación pública convocada por el ISSSTE para la adquisición del medicamento especializado denominado ácido micofenólico.

Los ministros le dieron la razón a una farmacéutica productora del medicamento "My fortic" que había impugnado la participación de Landsteiner Scientific con su producto "Femulan" en la convocatoria referida, con el argumento de que era la poseedora de los derechos de propiedad sobre la sustancia activa necesaria para la elaboración de la medicina.

Landsteiner Scientific impugnó la decisión del ISSSTE de rescindir de manera anticipada la convocatoria 006370501-615-10 debido a la controversia surgida sobre la propiedad de los derechos intelectuales, argumentando que el artículo 50, fracción X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público era inconstitucional. Sin embargo, los ministros de la primera sala consideraron que la norma es legal.

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