Destaca que ya no se emplearán números para calificar a los alumnos.
El acuerdo 685 por el que se modifica el diverso 648, adiciona un párrafo al Artículo quinto, el cual refiere que una vez que el alumno concluya la educación preescolar, la Cartilla de Educación Básica deberá tener la leyenda: "Concluyó su educación preescolar".
El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación también adiciona el Artículo 17 Bis, el cual hace referencia al certificado de educación primaria, que se expedirá al concluir los estudios de este nivel, de conformidad con los requisitos establecidos en el plan y los programas de estudio.