martes, 24 de octubre de 2023

En sesión privada, TEPJF revoca medidas del INE a Sheinbaum por actos masivos

Los magistrados de la Sala Superior avalaron el proyecto que establece que los eventos realizados por la exjefa de Gobierno, aspirante a la candidatura presidencial de Morena, y sus publicaciones en redes sociales no pueden ser considerados, por ahora, actos anticipados de campaña.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró que las medidas emitidas por el Instituto Nacional Electoral (INE) para que Morena y Claudia Sheinbaum retiren de sus redes sociales las publicaciones en las que difundieron los actos masivos de la gira “La Esperanza nos une” de la aspirante a la candidatura presidencial, son desproporcionadas y decidió revocarlas.

Por mayoría de votos en sesión privada, los magistrados de la Sala Superior avalaron el proyecto presentado por Felipe Fuentes Barrera que establece que los eventos realizados por la exjefa de Gobierno de la Ciudad de México, aspirante a la candidatura para la Presidencia por Morena, y sus publicaciones en redes sociales no pueden ser considerados, por ahora, como actos anticipados de campaña.

Los magistrados indicaron que hasta este momento no se acreditó que en estos actos se llamara a votar, apoyar a favor o en contra de cualquier partido o posicionar a alguien para obtener una precandidatura o candidatura.
“Sólo las manifestaciones explícitas e inequívocas y sus equivalentes funcionales, pueden llegar a configurar actos anticipados de campaña”, señala el fallo emitido por el TEPJF.
“La sola manifestación de la intención de aspirar a un cargo público no configura una infracción por actos anticipados de precampaña o campaña, pues, en principio, no implica por sí misma un acto de promoción, sino que se requiere que esta vaya acompañada de la solicitud de voto de forma explícita o inequívoca”.

El caso derivó de la queja presentada por el diputado de Movimiento Ciudadano (MC), Jorge Álvarez Máyez ante la Comisión de Quejas del INE que emitió medidas cautelares en las que ordenó a Morena y Sheinbaum Pardo a conducirse conforme a las leyes electorales vigentes y retirar diversas publicaciones en redes sociales al considerar que pueden constituir actos anticipados de precampaña o campaña.

El fallo de la Sala Superior agregó que la sola referencia al proceso electoral en los eventos de Sheinbaum no es suficiente para acreditar preliminarmente la existencia de actos anticipados de precampaña y campaña porque se trata de expresiones realizadas en eventos partidistas pues en las invitaciones difundidas en redes sociales se convocó únicamente a simpatizantes y militantes.

Por ello consideró que las medidas cautelares emitidas por el INE fueron desproporcionadas y violentan el derecho a la libre manifestación de ideas, de difundir opiniones e información a través de cualquier medio y de acceder a tecnologías de la información y comunicación.
“Resulta extraño que la autoridad, de manera irresponsable, afirme que de las constancias de autos se evidencia que son eventos públicos y que se convocó a cientos y miles de personas, cuando en autos obra todo lo contrario, esto es, que fueron eventos a puerta cerrada y que solo se convocó a militantes y simpatizantes”, enfatizó el órgano judicial.
La Sala Superior precisó que la resolución notificada ayer mediante estrados no prejuzga sobre la posible acreditación de fondo de las infracciones denunciadas por Álvarez Máynez ni autoriza a Sheinbaum y Morena a actuar fuera del marco de la ley.

En consecuencia, la queja presentada por el diputado del MC continuará en trámite pero sin que se ejecuten las medidas cautelares del INE.

Si el quejoso acredita que durante los eventos de Claudia Sheinbaum se llama directamente al voto o a posicionarla como candidata o precandidata, conforme a los parámetros establecidos por el TEPJF, es posible que la ex jefa de Gobierno capitalino y Morena sean sancionados por cometer actos anticipados de campaña.

La propuesta de Fuentes Barrera no fue acompañada por los magistrados Janine Otálora Malasis y el presidente del Tribunal, Reyes Rodríguez Mondragón quienes consideraron que la Sala Superior debió confirmar las medidas cautelares emitidas por la Comisión de Quejas del INE.

Además, el TEPJF todavía tiene pendiente la resolución sobre la orden de suspender las giras de Sheinbaum Pardo emitida por el INE el 16 de octubre pasado, misma que fue impugnada por Morena y cuyo proyecto será realizado por Janine Otálora para presentarlo en el Pleno de la Sala Superior.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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