jueves, 1 de septiembre de 2022

Tribunal admite trámite y analizará si Proceso es víctima indirecta del asesinato de Regina Martínez

El Séptimo Tribunal Colegiado en materia Penal admitió a trámite el recurso de revisión presentado por este semanario con el que busca que la decisión del juez Tercero de Distrito de Amparo en materia Penal sea revocada.

Un tribunal federal admitió a trámite la impugnación presentada por Proceso contra la decisión de un juez de amparo a reconocerla como víctima en la investigación que realiza la Fiscalía General de la República (FGR) sobre el homicidio de la periodista Regina Martínez, perpetrado el 23 de abril de 2012.

El Séptimo Tribunal Colegiado en materia Penal admitió a trámite el recurso de revisión presentado por este semanario con el que busca que la decisión del juez Tercero de Distrito de Amparo en materia Penal sea revocada.

El juzgador consideró que la posibilidad de que las víctimas sean reconocidas como tales en una investigación criminal para coadyuvar al ministerio público, aportar pruebas y apoyar a la función investigadora de dicha autoridad para dar con los responsables de un crimen, es un avance del nuevo sistema penal acusatorio actualmente vigente.

Debido a que la averiguación previa integrada por la FGR por el homicidio de la corresponsal de este semanario, Regina Martínez, se rige por las reglas del sistema penal mixto (anterior), señaló que no es posible analizar si la negativa de la Fiscalía a dar acceso a Proceso a la investigación a la luz de preceptos que no le son aplicables.

“El acto reclamado fue emitido dentro de una averiguación previa, y no de una carpeta de investigación, y por tanto, no es posible analizar su legalidad a la luz de preceptos legales y cuerpos normativos que no le son aplicables (Código Nacional de Procedimientos Penales). De ahí lo inoperante de su planteamiento”, indicó el juzgador.

“Los temas relativos a las líneas de investigación y los resultados de las mismas, dentro de la averiguación previa (…), son tópicos ajenos a la solicitud de reconocimiento de la calidad de víctima de la que derivó el acto aquí reclamado, sin que dichas cuestiones hayan sido expuestas por el agente del Ministerio Público de la Federación responsable, para sustentar su determinación. En consecuencia, este órgano jurisdiccional está impedido para analizar tales circunstancias”.

Con el recurso de revisión tramitado por Proceso, la decisión del juzgador será analizada ahora por el Séptimo Tribunal Colegiado en la materia para determinar si fue o no apegada a los derechos humanos.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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