Nacional

Imágenes del tema: kelvinjay. Con la tecnología de Blogger.

Estados

Política

Violencia

Riesgo de censura y cárcel por ofensas: expertos cuestionan reforma de ciberseguridad en Puebla

Expertos alertaron que la reforma impulsada por el gobernador Alejandro Armenta es ambigua e implica riesgos para la libertad de expresión.

La reforma al Código Penal de Puebla para perseguir los delitos de ciberasedio, el espionaje digital y la usurpación de identidad con castigos de hasta tres años de prisión, va contra la Constitución, pues su redacción es ambigua y sin criterios claros. Esto abre la puerta a criminalizar la libertad de expresión en redes sociales y puede ser usada de manera arbitraria, afectando principalmente a periodistas, alertaron activistas y defensores de derechos.

Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), Artículo 19 y la Red Puebla de Periodistas señalaron que estas modificaciones incluso pueden representar herramientas para perseguir expresiones críticas al gobierno, e incluso parodias o comentarios contra figuras públicas.

Y aunque la reforma –publicada en el Periódico Oficial el 13 de junio y que entró en vigor al día siguiente– fue impulsada por el gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, y su partido, Morena, el propio mandatario llamó el pasado domingo a realizar un foro para analizar “la Ley de Ciberseguridad en lo correspondiente al ciberacoso”. Sin embargo, no refirió con exactitud ni los delitos recién creados ni la norma modificada.

“Es el ejemplo más extremo de cómo no se debe legislar, primero aprueban la ley y luego hacen foros. Eso es profundamente antidemocrático”, señaló Vladimir Chorny, abogado de R3D.

¿Qué contiene la reforma de ciberseguridad en Puebla?

El Congreso poblano reformó el Código Penal del estado y tipificó delitos en materia de ciberseguridad, con el argumento de proteger a las personas usuarias en entornos digitales. 

Estos son los principales cambios:
  • Artículo 258 Ter: Comete el delito de usurpación de identidad quien usa, comparte o guarda los datos personales de otra persona sin permiso, o se atribuya la identidad de esta, ya sea para ganar dinero, conseguir algún beneficio o causar daño económico o emocional. Sanción de seis a ocho años de prisión y multa de mil a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) (De 113 mil 140 a 226 mil 280 pesos).
  • Artículo 479: Se establece el delito de espionaje digital, castigando a quien acceda, sin consentimiento del titular, a equipos electrónicos para obtener datos, información o documentos personales. Pena de uno a tres años de prisión y multa de 50 a 250 UMA (5 mil 657 a 28 mil 285 pesos).
  • Artículo 480: Se tipifica el delito de ciberasedio contra quien, usando medios digitales, “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona”, causando un daño a la integridad física o emocional. La pena es de 11 meses a tres años de prisión y multa de 50 a 300 días del valor diario de la UMA. Actualmente, 300 UMA son 33,942 pesos.
Persecución de “ciberasedio” va contra la protección de la libertad de expresión

El delito de ciberasedio es el que causa mayor preocupación a los especialistas, quienes indicaron que se puede penalizar con hasta tres años de prisión a cualquier expresión que resulte ofensiva por el simple hecho de que se emita por medios electrónicos.

De acuerdo con Vladimir Chorny, abogado de R3D, muchas veces se intenta legislar el entorno digital sin comprender cómo funciona, lo que provoca que las normas se redacten con vaguedad y ambigüedad. Y el delito de ciberasedio es un ejemplo claro de esto: su redacción incluye términos como “injuria”, “vejación” o “espacio digital” sin definirlos con precisión. Esto implica que incluso una broma o una crítica política en X podría considerarse un delito.

“En México no se prohíben los discursos ofensivos, injuriantes o escandalosos. Así ha interpretado la Suprema Corte los artículos 6 y 7 constitucionales. Esta reforma es  abiertamente contraria a ese estándar constitucional”, explicó en entrevista con El Sabueso.

Por separado, Leopoldo Maldonado, director regional de Artículo 19, contrastó que se aprueben regulaciones como esta con la derogación desde hace 20 años de delitos que iban en contra de estándares internacionales de protección de la libertad de expresión, como los llamados delitos contra el honor —la difamación, la calumnia, la injuria—. Incluso en Puebla estos delitos se eliminaron en el 2011. 

“Los delitos que buscan incorporar incumplen principios de derechos humanos y libertad de expresión, violentan el principio de taxatividad en materia penal (es decir, que las leyes describan con precisión las conductas que se consideran delitos), y en su elaboración no han incorporado el expertise técnico de especialistas”, habían advertido la Red Puebla de Periodistas y Artículo 19 en un comunicado en conjunto previo a la aprobación de la reforma.


Ambos especialistas también advirtieron que este tipo de normas generan un efecto disuasorio. Es decir, las personas podrían dejar de expresarse libremente por temor a represalias legales.

Grecia Macías, maestra en Derecho, Ciencia y Tecnología por la Universidad de Stanford, agregó que el delito de ciberasedio, como está redactado, permite que cualquier persona que se sienta ofendida, bajo un estándar totalmente arbitrario, pueda buscar que se sancione a otra persona con una consecuencia penal. 

Parodias y sátira política podrán ser perseguidas

Por otro lado, la tipificación del delito de usurpación de identidad puede causar riesgos como usarse para perseguir cuentas paródicas o críticas a figuras públicas, ya que existen cuentas que se hacen pasar por alguna figura pública a modo de sátira. 

Además, se específica que la pena por este delito se aumentará en una mitad a la persona que se valga de la homonimia, parecido físico o utilice tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital.

Mientras que el delito de espionaje digital penaliza el acceso no autorizado a equipos electrónicos. Maldonado y Chorny coincidieron en que la redacción de este delito es tan amplia que incluso se le podría acusar a una pareja por revisar el celular del otro sin permiso. 

Los expertos coinciden en que esta reforma no ofrece protección real frente a riesgos digitales ni contempla procedimientos, autoridades competentes o mecanismos efectivos de protección a víctimas. Además, consideran que contempla castigos penales para acciones que deberían resolverse por el ámbito civil.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO (EL SABUESO).
AUTOR: DANIELA MARTÍNEZ MARTÍNEZ.

Sociedad Interamericana de Prensa critica la llamada 'ley censura' en Puebla

Crearía una "vía rápida para censurar crítica legítima, testimonios incómodos o investigaciones periodísticas", según los críticos de la reforma citados por la SIP.

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó este martes su “preocupación” por una reforma en Puebla, estado del centro de México, que criminaliza con hasta tres años de cárcel el “ciberasedio”, lo que “podría derivar en censura encubierta” y “castigar críticas incómodas”, según el organismo.

La organización, con sede en Miami, advirtió en un pronunciamiento de que se “limitaría gravemente la libertad de expresión en entornos digitales” con la reforma al Código Penal de Puebla, el quinto estado más poblado de México con más de 6,5 millones de habitantes.

La medida, ya vigente, crea el delito de “ciberasedio” para “quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño”.

Además, autoriza a empresas y plataformas a eliminar contenidos tras una simple solicitud, sin intervención judicial ni revisión independiente.

Esto crearía una “vía rápida para censurar crítica legítima, testimonios incómodos o investigaciones periodísticas”, según los críticos de la reforma citados por la SIP.

“Lo que está en juego es el derecho de toda la sociedad a informarse y debatir. Esta iniciativa puede borrar del espacio público información incómoda, dañando la memoria colectiva y la rendición de cuentas”, manifestó José Roberto Dutriz, presidente de la SIP.

Ante la controversia, el gobernador de Puebla, Alejandro Armenta del oficialista Movimiento Regeneración Nacional (Morena), prometió realizar foros para revisar la medida, pero la presidenta del Congreso local, Laura Artemisa, del mismo partido, ha avisado a los medios que no derogará la reforma.

La iniciativa causa preocupación particular en México, que en 2024 fue el país de Latinoamérica en el que asesinaron más periodistas, cinco, y desde hace años es una de los 10 naciones más peligrosas para el sector, según el último informe del Comité de Protección para Periodistas (CPJ).

Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP y directora de la Organización Editorial Mexicana (OEM), enfatizó que “esta ley corre el riesgo de institucionalizar la censura por encargo” y “sin debate público, sin transparencia y sin defensa posible”.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

'Ley Censura' de Puebla, Segob rechaza acusaciones contra la 4T

Aplaudió que el gobernador, Alejandro Armenta, tomara la "iniciativa" de enviar al Congreso estatal una "cordial invitación" para que se revise la ley.

Rosa Icela Rodríguez, secretaría de Gobernación de México, negó este martes durante la conferencia mañanera que el Gobierno de la autodenominada Cuarta Transformación busque la censura de medios de comunicación. Esto, tras la polémica iniciada en Puebla por la llamada “ley censura”.

Publicada el viernes, la reforma al Código Penal estatal crea el delito de “ciberasedio”, para “quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emociona”.

Establece cárcel de 11 meses a tres años.

Tras su aprobación, Artículo 19 y Red de Periodistas Puebla consideraron que la reforma es un riesgo para la libertad de expresión, ya que el ejercicio de este derecho incluye discursos que pueden “ofender, insultar”.

Al ser cuestionada por ello en la conferencia de hoy, Rodríguez, en representación de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ausente por su viaje a la cumbre del G7 en Canadá, aseveró que “de ninguna manera” se busca censurar a medios.
De ninguna manera el gobierno de la Cuarta Transformación está por una cuestión de la censura a los medios de comunicación. Absolutamente estamos en contra de cualquier intento.
Asimismo, aplaudió que el gobernador, Alejandro Armenta, tomara la “iniciativa” de enviar al Congreso estatal una “cordial invitación” para que se revise la ley.

Desde su publicación la semana pasada, el gobernador poblano convocó a foros para analizar la reforma que ya publicó en el Periódico Oficial del Estado.

“Establecer foros en coordinación con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, periodistas, asociaciones de padres de familia, organismos de derechos humanos y colegio de abogados para analizar la Ley de Ciberseguridad en lo correspondiente al ciberacoso.

Siempre con el propósito de proteger los derechos humanos universales con el mayor consenso posible.

Con el pueblo todo, sin el pueblo nada”.

La defensa de morenistas

Ante las críticas, legisladores de Puebla publicaron un desplegado para exigir respeto y condenar “injurias” que supuestamente han recibido por esta ley.

“Pero no vamos a permitir que desde la cobardía del anonimato que ampara una cuenta falsa como muchas de las que hoy circulan en la web, se mantenga el intento de dañar la imagen de los diputados y las diputadas del H. Congreso del Estado, con infundios y ofensas.

Quienes sí hablamos de frente a la ciudadanía exigimos respeto. No más violencia o agresiones desde un perfil falso que transgrede la vida privada de los y las representantes populares”.


FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.