El Pleno del Senado aprobó la reforma que modifica el Artículo 41 de la Constitución, a fin de considerar como una causal de nulidad de elecciones no sólo la compra sino también la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión, que esté fuera de lo previsto en la ley.
El Pleno del Senado aprobó la reforma que modifica el Artículo 41 de la Constitución, a fin de considerar como una causal de nulidad de elecciones no sólo la compra sino también la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión, que esté fuera de lo previsto en la ley.
En la sesión de este miércoles y por unanimidad con 89 por votos se aprobó la reforma que incorpora el término “adquiera” al texto constitucional vigente, relacionado con el acceso a espacios informativos en los medios de comunicación y fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis.
En el dictamen se explica que la redacción actual del Artículo 41 sólo alude a la acción de la “compra” de dicha cobertura, lo que resulta limitado e insuficiente porque el acceso a los medios de comunicación “no necesariamente implica el pago de una contraprestación”.

