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Delegación europea visita México para evaluar situación de derechos humanos y defensores

La plataforma advirtió que desde 2023 han sido asesinadas al menos 47 personas defensoras de derechos humanos y 14 periodistas en posible relación con su labor.

Una delegación internacional de europarlamentarias, organizaciones europeas y representantes de la sociedad civil está en México desde este miércoles y hasta el 7 de noviembre para conocer la situación de los derechos humanos, las personas defensoras y la paz en el país.

En un comunicado, la Plataforma por la Paz y los Derechos Humanos México–Unión Europea explicó que la visita busca fortalecer el diálogo político y la cooperación internacional entre México y la Unión Europea, además de visibilizar los desafíos en materia de migración, libertad de prensa y protección a personas defensoras.

La delegación estará integrada por europarlamentarias, organizaciones solidarias de Alemania, la Agencia Catalana de Cooperación, el Fons Català de Cooperación, el Consejo de la Abogacía de Cataluña, la Federación Interamericana de la Abogacía, la Asociación Libre de Mujeres Abogadas, el Colegio de Abogados de Bolonia (Italia) y las asociaciones Mujeres Pa’lante y La Garriga Sociedad Civil de Cataluña.

La europarlamentaria Diana Riba i Giner aseguró que en México persisten altos niveles de violencia e impunidad, reflejados de “manera alarmante” en la violencia de género y los feminicidios que diariamente cobran la vida de mujeres y niñas.

“Esta realidad evidencia la urgencia de fortalecer la cooperación internacional para proteger a quienes defienden los derechos humanos y exigen justicia en contextos cada vez más adversos”.

Durante su estancia, los integrantes de la delegación sostendrán reuniones con legisladores, miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de la Secretaría de Gobernación (Segob), de la Fiscalía General de la República (FGR), de la Comisión Nacional de Búsqueda y de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, así como con organizaciones civiles y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) en México.

El itinerario incluye una visita a Tapachula, Chiapas, para conocer la situación de las personas migrantes y solicitantes de protección internacional, además de encuentros con defensoras criminalizadas en San Juan Cancuc y con familiares de personas privadas de la libertad de forma arbitraria.

La delegación también abordará el caso de Kenia Hernández, defensora amuzga encarcelada en el Estado de México.

La plataforma advirtió que desde 2023 han sido asesinadas al menos 47 personas defensoras de derechos humanos y 14 periodistas en posible relación con su labor. De ellas, 16 contaban con medidas de protección al momento de su muerte.

En el caso de las mujeres defensoras, 18 han sido asesinadas, la mitad de ellas buscadoras de personas desaparecidas, de acuerdo con la Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos.

Los resultados de la misión serán presentados el 6 de noviembre en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y posteriormente ante autoridades europeas.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

Iniciativa contra la extorsión podría validar pruebas obtenidas mediante tortura, alerta el Centro Prodh

De acuerdo con el gobierno federal, entre enero y septiembre de 2025 se registraron 8 mil 585 víctimas de extorsión, un aumento del 5.2 % respecto al mismo periodo del año anterior, y la cifra más alta para este periodo desde 2015.

La iniciativa de ley presentada por el Poder Ejecutivo para combatir la extorsión contiene un artículo que podría permitir la validación, bajo ciertas excepciones, de pruebas obtenidas mediante violaciones a derechos humanos, como la tortura, advirtió el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).

A través de un hilo publicado este miércoles en la red social X, la organización señaló que el artículo 27 del proyecto “enciende una señal de alerta grave en materia de derechos humanos”, al incorporar previsiones contrarias a los estándares internacionales sobre la exclusión de pruebas derivadas de violaciones a derechos fundamentales.

“Específicamente, el artículo 27 podría representar un fuerte retroceso en la protección del debido proceso, pues incorpora previsiones contrarias a los estándares internacionales sobre la exclusión de la prueba derivada de violaciones a derechos humanos, retomando precedentes de hace más de una década (conocida como la doctrina del ‘nexo atenuado’ o ‘descubrimiento inevitable’)”, señaló el Centro Prodh.

El texto de la iniciativa, en su artículo 27, establece:

“La autoridad judicial, para resolver cualquier incidente de nulidad o exclusión de pruebas que haga valer la persona imputada o su defensa, durante un procedimiento seguido por algún delito previsto en esta Ley, por considerar que fueron obtenidas con violación de derechos humanos, deberá analizar oficiosamente si se actualiza la fuente independiente, el vínculo atenuado o el descubrimiento inevitable sobre las mismas.”

De acuerdo con el Centro Prodh, esta redacción implica que “una prueba obtenida mediante una violación a derechos humanos, como la tortura, podría ser validada bajo ciertas excepciones”.

Recordó que cuando se discutió la Ley General sobre Tortura, el gobierno también buscó incluir esos criterios, lo que en su momento fue rechazado por el Congreso. “Las y los legisladores en su momento rechazaron incluir estas excepciones. De ser aprobado así, se vulneraría el principio de exclusión absoluta que protege el debido proceso, como previsto por la Corte IDH en casos como el de #CampesinosEcologistas”, advirtió el Centro.

El antecedente del caso de los campesinos ecologistas

El Centro Prodh citó como ejemplo el caso de Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, campesinos ecologistas de la sierra de Petatlán, Guerrero, quienes fueron detenidos y torturados por militares en 1999 tras su activismo contra la tala ilegal.

Ambos fueron obligados a firmar declaraciones autoinculpatorias y condenados por delitos que no cometieron.

Con el acompañamiento del Centro Prodh, el caso fue llevado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que en 2010 declaró al Estado mexicano responsable de violar los derechos a la libertad personal, integridad y garantías judiciales de los activistas.

En su sentencia, la Corte IDH estableció de manera categórica el principio de exclusión absoluta de pruebas obtenidas bajo tortura o tratos crueles, ordenando al Estado reformar su marco jurídico y garantizar que ninguna jurisdicción, incluida la militar, investigue o valide pruebas derivadas de violaciones a derechos humanos.

El proyecto del Ejecutivo contra la extorsión

El pasado 17 de octubre, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció el envío al Congreso de la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, con el objetivo de que el delito se persiga de oficio en todo el país, se unifique su tipificación y se impongan penas de hasta 15 años de prisión, con agravantes como el “cobro de piso” o la comisión del delito desde centros penitenciarios.

La consejera jurídica del Ejecutivo, Ernestina Godoy, explicó entonces que el proyecto busca crear un marco jurídico uniforme y fortalecer la coordinación entre autoridades de los tres niveles de gobierno. “Esta iniciativa fue construida en una mesa técnica por varias dependencias del gobierno de México”, precisó.

La extorsión, un delito en expansión

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), entre enero y septiembre de 2025 se registraron 8 mil 585 víctimas de extorsión, un aumento del 5.2 % respecto al mismo periodo del año anterior, y la cifra más alta para este periodo desde 2015.

El 49 % de los casos se concentran en Ciudad de México, Estado de México y Guanajuato, mientras que entidades como Chiapas, Nayarit y la propia capital registraron los mayores incrementos.

Según la organización México Evalúa, la extorsión se ha consolidado como uno de los “mecanismos más persistentes de control criminal” y ha crecido en 17 entidades durante 2025, incluso pese al despliegue de la estrategia nacional iniciada en julio de este año.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Reforma fiscal permitiría suspender derechos digitales sin debido proceso: Negrete

Jorge Fernando Negrete, presidente de Digital Policy & Law (DPL Group), aseguró en 'Aristegui en Vivo' que la reciente reforma al Código Fiscal de la Federación abre la puerta a que el SAT suspenda servicios digitales sin un proceso legal previo, lo que implicaría una violación directa a derechos humanos en el entorno digital.

Jorge Fernando Negrete, presidente de Digital Policy & Law (DPL Group), expresó su preocupación por las implicaciones de una disposición incluida en la reciente reforma al Código Fiscal de la Federación, la cual obliga a las plataformas digitales a permitir al Servicio de Administración Tributaria (SAT) el acceso “permanente, en línea y en tiempo real” a determinada información fiscal.

Además, la legislación permite la suspensión de la emisión de facturas digitales de forma preventiva para evitar que se sigan generando comprobantes falsos.

Negrete señaló que esta reforma replica un intento anterior de establecer una medida similar en la Ley de Telecomunicaciones, que finalmente fue descartado. “Si tú recuerdas, el origen de la Ley de Telecomunicaciones hace unos cuantos meses tuvo como origen un artículo exactamente igual, que decía que se podían suspender las plataformas digitales de forma temporal. Ahora vuelve a nacer un artículo exactamente parecido, pero vinculado a la materia fiscal”.

El especialista advirtió que esta medida podría derivar en la suspensión de servicios digitales, con consecuencias graves para el ejercicio de derechos fundamentales en línea. “Esto es un tema muy grave, porque es la suspensión de los derechos humanos en el mundo digital”.


Agregó que derechos como el acceso a la educación, la salud, el trabajo y la libertad de expresión actualmente se ejercen a través de medios digitales. “El derecho de acceso a internet nos garantiza que podamos acceder a plataformas de movilidad, a la libertad de expresión en todas las plataformas que usamos, tener educación, salud y empleo”.

Según Negrete, estos derechos solo pueden limitarse mediante un proceso legal establecido. “Los derechos humanos solamente se suspenden con el debido proceso. Cuando alguien quiere coartar tu libertad de expresión, tu libertad de movilidad, el libre tránsito, el derecho al trabajo, el derecho de acceso a la salud, a la educación, tiene que haber un debido proceso”.

Supervisión en tiempo real: privacidad comprometida

Además del posible impacto en los derechos digitales, el presidente de DPL Group expresó preocupación por la intromisión en la vida privada de los contribuyentes. Señaló que la supervisión fiscal en tiempo real implica riesgos directos al derecho a la privacidad y a la protección de datos personales.

“Lo que quiere Hacienda es supervisar en tiempo real todas y cada una de las transacciones digitales que se están realizando. Todo esto, desde mi punto de vista, choca claramente con el derecho a la privacidad y con la posibilidad de acceder a los datos personales de los ciudadanos”.

Recordó que la actual administración ha mostrado poco respeto por la privacidad. “La 4T ha tenido como característica un poco respeto a la privacidad y al derecho de los ciudadanos a sus datos personales. El anterior presidente [López Obrador], muchas veces en las mañaneras, dio nombres y teléfonos personales de ciudadanos”.

Ausencia de garantías institucionales

Negrete cuestionó la solidez institucional para proteger los derechos digitales en México, destacando la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y la falta de un organismo autónomo especializado. “Recuerda que desapareció el INAI y la Oficina de Protección de Datos Personales fue a parar a la Secretaría de la Función Pública, cuando México debería tener una oficina independiente del INAI y de la Función Pública en materia de protección de datos personales”.

El especialista aseguró que no ha encontrado antecedentes de una disposición semejante en otras democracias occidentales. “Por más que la revisara, en otros países no la encuentro. Probablemente en China […] pero en Occidente, no”.

Aún cuando Europa ha sido estricta en su regulación digital, explicó, no ha implementado medidas similares. “Incluso Europa, que ha sido tan rigorista en la regulación del mundo digital, incluso con el costo de ser una región que no está avanzando en su desarrollo digital, no tiene este tipo de exabruptos como el que estamos viendo en este caso”.

Finalmente, Jorge Fernando Negrete lamentó la ausencia de posicionamientos por parte de los órganos legislativos responsables del tema. “Hay una Comisión de Derechos Digitales en el Senado. No he escuchado ninguna opinión de la Comisión de Derechos Digitales del Senado en este aspecto. Estoy francamente sorprendido”.

Y concluyó con una crítica al proceso legislativo que permitió la reintroducción del artículo: “Este mismo artículo fue el que dio origen a la Ley de Telecomunicaciones, que se debatió en el Senado de manera espléndida, y que dio como resultado una nueva Ley de Telecomunicaciones. Y se eliminó este artículo. ¡Lo volvieron a poner!”.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

Reforma a Código Fiscal permitirá al SAT vigilancia sin rendición de cuentas, alerta R3D

La reforma al Código Fiscal es una 'pieza' más en un 'rompecabezas' que el gobierno está armando para consolidar un sistema de vigilancia estatal, afirmó José Flores Sosa, director interino de R3D.

La reforma al Código Fiscal de la Federación aprobada por la Cámara de Diputados y específicamente el artículo 30-B fue calificada por José Flores Sosa, director interino de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), como un intento del gobierno de “servirse con la cuchara grande”, otorgando a las autoridades fiscales un poder desproporcionado que, bajo el pretexto de la recaudación, abre la puerta a la vigilancia masiva y a la censura indirecta.

El artículo 30-B otorga al Servicio de Administración Tributaria (SAT) facultades para tener acceso permanente y en tiempo real a los datos de las plataformas digitales. Para José Flores Sosa, esto no es una simple auditoría, sino la creación forzosa de una “puerta trasera” en los sistemas de las empresas.

En entrevista para Aristegui en Vivo, el experto en seguridad digital alertó sobre la ausencia total de supervisión o control judicial para la vigilancia del gobierno hacia las plataformas digitales que abarcan desde streaming, como Netflix, hasta apps de citas e incluso redes sociales donde se lleven a cabo transacciones, por ejemplo, Facebook.


Flores Sosa advierte que esta reforma no debe analizarse de forma aislada, sino como una “pieza” más de un “rompecabezas” que el gobierno está armando para consolidar un sistema de vigilancia estatal. El verdadero peligro, argumenta, reside en la capacidad de cruzar la información fiscal con otras bases de datos gubernamentales.

“Ahora no solo es que las autoridades acceden a información o conectan bases de datos, las autoridades pueden transferirse entre sí esa información“, alertó. Explicó cómo el SAT podría obtener datos, como un número de teléfono usado para registrarse en una plataforma, y luego cruzarlo con otras bases de datos, como la CURP biométrica, para revelar la identidad real de una persona.

Peor aún, esta información podría terminar en manos de otras agencias. “La información que puede obrar en manos de las autoridades fiscales después puede ser usada por otras autoridades, por ejemplo, de seguridad, por autoridades militares”.

El “Garrote” del Bloqueo y la Censura Indirecta

La reforma establece el bloqueo temporal del servicio para quienes no cumplan con otorgar el acceso a las autoridades fiscales. Flores Sosa describe esta medida como “el garrote, el castigo”, una amenaza que podría usarse para silenciar voces y constituir una forma de censura indirecta.

Puso como ejemplo a la plataforma X (antes Twitter). Al ofrecer servicios transaccionales como las suscripciones premium, podría ser objeto de esta ley. Si las autoridades consideran que hay un incumplimiento, podrían ordenar el bloqueo total de la plataforma en el país. “La suspensión completa de todo X en este caso claramente va a generar una problemática o una lesión a nuestro derecho a la libertad de expresión, va a ejercer un momento de censura”, afirmó.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

Nueva Ley de Amparo debilitará derechos ganados por mujeres, advierten defensoras

El día de hoy, la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Amparo con 332 votos a favor y 128 en contra. No obstante, organizaciones advirtieron que el dictamen aprobado pone en retroceso la capacidad de la ciudadanía para defender sus derechos y uno de los sectores más vulnerables serán las mexicanas quienes denuncian casos de violencia de género o apelan a sus derechos sexuales y reproductivos por lo que este recurso legal se estaría debilitando.

De acuerdo con la iniciativa, la reforma a la Ley de Amparo complementa los cambios realizados con la Reforma Judicial que se aprobó en septiembre de 2024 y en la cual se permitió por primera vez elegir por voto popular al Poder Judicial, entre ellos a las personas juzgadoras. En este sentido, se busca agilizar procesos judiciales y que el Estado realice una reflexión sobre este recurso.

Entre los aspectos positivos a destacar de la reforma es que pretende mejorar los juicios en línea reconociendo que aún persiste una brecha digital para poder acercar y ampliar el acceso a este mecanismo. Por ello, se espera que las personas puedan solicitar protección judicial con mayor facilidad ante medios electrónicos. Por otro lado, se definió un plazo de 60 días naturales, que tras la discusión en el Senado se amplió a 90 días, para que se emitan las sentencias lo que contribuye a que los juicios de amparo se desahoguen con mayor agilidad, ya que actualmente los juicios son tardios.

En entrevista para Cimacnoticias, Jesús Segovia Villena, abogado del área de defensa del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C. (Centro Prodh) señaló que el juicio de amparo es el principal medio de protección frente abusos de poder y violaciones a derechos humanos en México. Esta figura llega a ser beneficiosa porque es ágil y proporciona mayor protección en comparación con otros sistemas jurídicos que existen en el país.

La idea de la figura del juicio de amparo es que sea un recuso cercano, cotidiano y con mayor alcance a las personas; sin embargo, en la práctica se vuelve lejano y atrapado de formalismos. Aun así, sigue siendo el medio más accesible y utilizable para acercar a las personas a la justicia y se ocupa en denuncias cotidianas hasta aquellas que involucran un acto de autoridad que sea arbitrario o ilegal. Mientras que se juzga la acción, las mexicanas y mexicano son beneficiarios de derechos.
«Si en algún momento deciden cerrarte tu negocio sin que exista algún fundamento concreto o que no te avisaron previamente, pues se puede intentar el amparo para evitar que se cierre tu negocio hasta que te resuelven si lo que hizo la autoridad estuvo bien o estuvo mal.» -Jesús Segovia Villena, abogado del área de defensa del Centro Prodh.
Gracias al juicio de amparo se ha permitido el acceso a la justicia en cuestiones relacionadas con el derecho a la libertad de expresión, a la verdad, al acceso a la información; derechos sexuales y reproductivos; derechos de las mujeres a una vida libre de violencia; derechos a personas migrantes; la investigación de casos de tortura; derechos ambientales y a los pueblos indígenas.

Organizaciones y colectivas feministas señalan que el juicio de amparo es una herramienta vital para proteger a las mujeres y niñas frente a violencias institucionales, omisiones del Estado y discriminación estructural, por lo que, las modificaciones propuestas representan el debilitamiento de los derechos conquistados por décadas y la erosión de la ciudadanía para defender sus derechos básicos.

Entre 1947 y 2024, han sido once veces las modificaciones realizadas en materia de emparo que derivaron en tres importantes leyes: la Ley de Amparo en 1919, la Ley Orgánica en 1936 y la Ley de Amparo en 2013. Esta última es la que continua vigente, aunque en 2011 se ordenó la modificación a los artículos 94°, 103°, 104° y 107° el cual incluyó la figura del interés legítimo.

La preocupación de las organizaciones

Según explicó el abogado Jesús Segovia, la principal modificación de las Ley de Amparo propuesta por Sheinbaum es a la figura del interés legítimo del juicio de amparo. Gracias a esta disposición una persona cuyos derechos se ven afectados indirectamente puede apelar a un amparo. No obstante, con las modificaciones que propone Sheinbaum las personas juzgadoras tendrían las facilidades para proporcionar este recurso bajo criterios limitados y específicos.
«El interés legítimo es primero la puerta de entrada para el juicio de amparo (…) no asegura ganar, pero sí permite iniciar un juicio por una persona especializada para verificar si se violan o no los derechos.» -Jesús Segovia Villena, abogado del área de defensa del Centro Prodh.
Uno de los escenarios para permitir el interés legítimo del amparo es una lesión jurídica como una restricción, intervención, daño y perjuicio directo a quien lo está solicitando. Las organizaciones advierten que afecta a colectivos, grupos en situación de vulnerabilidad, así como la protección de derechos colectivos porque el beneficio del amparo tendría que extenderse solo a quien lo solicita sin poder ayudar a otros.

Un ejemplo concreto son las organizaciones que defienden los derechos sexuales y reproductivos en estados dónde el aborto se encuentra completa o parcialmente penalizado. Una forma de combatir las restricciones sobre la interrupción del embarazo no deseado ha sido a través de los amparos dónde se argumenta que las restricciones de la ley afectan de manera indirecta los servicios que proporcionan como el acompañamiento.

Cuando les aprueban un amparo, las mujeres a quienes ayudan tienen permitido acceder al servicio de salud público para practicarse un aborto seguro con la protección de la ley. Esta estrategia fue implantada a principios de 2022, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera que era inconstitucional penalizar el aborto consentido en los códigos penales.

Entre 2023 y 2024 el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) logro conseguir un amparo en los estados de Aguascalientes, Jalisco, Nayarit, Zacatecas, San Luis Potosí, Yucatán y Chihuahua, antes de que algunos despenalizaran el aborto.
«Justamente GIRE no tenía que acreditar estar embarazada, tener que decir, «Yo soy una organización que se dedica a proteger derechos reproductivos. En ese sentido me está afectando a mi constitución de mi propia organización» -Jesús Segovia Villena, abogado del área de defensa del Centro Prodh.
Para el Centro Prodh, los cambios al interés legítimo les quita la flexibilidad interpretativa a las personas juzgadoras al revisar caso por caso a quien solicite el amparo. En suma, al imponer una definición rígida, le retira la capacidad de decidir a las personas juzgadoras lo que muestra desconfianza hacia la labor judicial contradiciendo el discurso de legitimidad impulsado sobre el nuevo Poder Judicial.

En segundo lugar, se encuentra la figura de la suspensión de un acto como una medida cautelar para evitar que se consumen violaciones a derechos, siendo esta una de las principales virtudes del amparo. A pesar de sus grandes beneficios, la propuesta de Sheinbaum pretende reducir los criterios para permitir la suspensión, uno de ellos es que no afecte los beneficios del país o intereses de la sociedad.
«En palabras sencillas se traduciría: «no te voy a conceder la suspensión, aunque viole tus derechos, cuando se traten de megaproyectos que estén a cargo del gobierno federal o de algunas autoridades». Justamente eso es lo que consideramos que es problemático de estas nuevas incorporaciones a la propuesta» -Jesús Segovia Villena, abogado del área de defensa del Centro Prodh.
De esta manera, las restricciones se vuelven una razón para no otorgar la suspensión de un acto, limitando el alcance colectivo de las resoluciones de los amparos. En el caso de los amparos que buscan abortos seguros en los estados donde aún es considerado un delito, se puede argumentar que la sociedad no tiene un interés en proporcionar la supleción al estar penalizada en la ley, por lo que el derecho a decidir sobre su vida reproductiva de las mujeres se vería vulnerado.

La tercera afectación es sobre la ejecución de las sentencias, es decir, una vez que se gana un amparo se determina un plazo para que las autoridades cumplan con lo establecido. Sin embargo, la propuesta de Sheinbaum elimina las multas otorgadas a las autoridades que acrediten «de manera fundada» el motivo por el cual no puedan cumplir con lo establecido.

Otras advertencias

El Centro Prodh participó en las audiencias públicas realizadas el pasado 30 de septiembre y 1 de octubre en el Senado de la República. En ellas acudieron sectores de la sociedad como organizaciones de la sociedad civil, personas funcionarias del poder judicial, personas de la academia, litigantes y representantes de colectivos de abogacía.

Según narra el abogado Jesús Segovia, lo que observaron en dichas reuniones fue que el parlamento abierto se eliminó una imposición para regular imposiciones físicas y jurídicas, pero no obedecieron a las recomendaciones sobre los tres puntos preocupantes: el interés legítimo, la suspensión y la ejecución. Pese a que se trató de un ejercicio importante de democracia, no hubo cambios sustantivos.

A esto se suma que la cláusula de retroactividad, es decir, que se va a discutir si la reforma a la Ley de Amparo es aplicable para todos los juicios existentes en México o solo aquellos que se empezarán después de que se publique la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La organización menciona que el primer escenario implicaría «cambiar las reglas del juego» para los procesos que ya están iniciados en defensa de los derechos colectivos.
«Los juzgados van a poder cerrarlos porque van a decir, «Ni siquiera hay una afectación hacia ti, no estás en alguno de los supuestos con los cuales se te puede proteger.» Y eso es algo que igual nos preocupa muchísimo.» -Jesús Segovia Villena, abogado del área de defensa del Centro Prodh.
FUENTE: CIMAC NOTICIAS.
AUTOR: WENDY RAYÓN GARAY.

México, el país con más acciones urgentes por desapariciones

Baja California, Jalisco y Guanajuato concentran la mayoría de los casos de desaparición en México.

El Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada (CED) publicó su informe más reciente sobre solicitudes de acción urgente para la búsqueda de personas desaparecidas, en el que advierte una grave crisis de derechos humanos en México.

De acuerdo con el reporte, entre el 1 de marzo y el 16 de septiembre de 2025, el CED registró 51 acciones urgentes solicitando la búsqueda inmediata de personas desaparecidas en el país, que continúa siendo el Estado con más casos activos a nivel mundial.

Las desapariciones se concentran principalmente en Baja California, con 29 casos (58% del total), seguida de Jalisco con cinco casos (10%) y Guanajuato con cuatro (8%). Según el organismo, el 78% de las víctimas son hombres y el 22% mujeres, incluyendo menores de edad, personas con discapacidad y defensores de derechos humanos.

El Comité señaló la posible implicación de agentes estatales en varios casos. “En Jalisco y Guanajuato se documentan desapariciones perpetradas por individuos que portaban uniformes militares o policiales, con alegaciones de colusión con grupos criminales”, advierte el documento.

Asimismo, se registró la desaparición de un defensor de derechos humanos en Irapuato, Guanajuato, quien buscaba a su hijo desaparecido. “Durante el ataque, otro de sus hijos fue asesinado”, precisó el informe.

El organismo expresó su preocupación por la falta de cumplimiento de los protocolos de búsqueda por parte de las autoridades mexicanas. “Las acciones siguen limitándose a la verificación de documentos sin medidas efectivas para localizar a las víctimas”, lamentó el Comité.

El CED instó al Estado mexicano a garantizar búsquedas inmediatas, efectivas y sin impunidad, así como a fortalecer los mecanismos de prevención y rendición de cuentas en los casos de desaparición forzada.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

CNDH rechaza que se considere crisis de desaparecidos en la Asamblea General de la ONU

La comisión presidida por Rosario Piedra Ibarra emitió un comunicado para repudiar “la idea de que la respuesta a los problemas de México sea la intervención de organismos extranjeros”.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) rechazó la posibilidad de que el Comité sobre Desaparición Forzada de Naciones Unidas (CED, por sus siglas en inglés) revise la situación de México y la ponga a consideración de la Asamblea General, a través de su secretario general, Antonio Guterres.  

Tras la conclusión del 29 periodo ordinario de sesiones del CED en Ginebra, en el que se revisó en sesión cerrada el caso de México como parte de la aplicación del artículo 34, que faculta a ese órgano de tratado establecer si un escenario con más de 133 mil personas desaparecidas forman parte de una situación generalizada y sistemática, la CNDH presidida por Rosario Piedra Ibarra emitió un comunicado para repudiar “la idea de que la respuesta a los problemas de México sea la intervención de organismos extranjeros”.

En el documento, que hace referencia al informe sombra que familiares de víctimas de desaparición, organizaciones de la sociedad civil, académicos y activistas entregaron al CED, el organismo señaló que la ONU atraviesa por problemas “enormes en materia de financiamiento, de atención al cambio climático y de conflictos armaos y construcción e paz, como lo ha demostrado la imposibilidad de las potencias mundiales para poner un alto al genocidio en contra del pueblo palestino en Gaza”, como para dirigir sus esfuerzos en las desapariciones en México.  

“Si la comunidad internacional y en particular la ONU, van a ocupar su atención, no debería ser para apuntar el caso de un país soberano que en los últimos años ha demostrado que puede, con el apoyo democrático de la mayoría del pueblo, ir trazando su propio camino hacia una sociedad más igualitaria, más justa y derechos para todos, no para unos cuantos”, declaró la CNDH.  

En el documento, el organismo minimiza la conclusión a la que llegarán los diez integrantes del CED, expertos seleccionados por representantes de los estados firmantes el tratado contra las desapariciones forzadas y que forman parte de la ONU sobre la situación de desapariciones en México, al señalar que “su opinión no representa lo que pueda opinar la comunidad internacional, y puede ser sujeta a debate y contraargumentos”.  

En lo que calificó como una explicación para que “el pueblo cuente con mayor claridad” de lo que significa la activación del artículo 34 del reglamento del CED, el organismo presidido por Piedra Ibarra señaló que esa medida, anunciada en abril de este año, “puede acarrear presión política para nuestro país desde perspectivas internacionales que no empaten con la realidad ni las necesidades nacionales”.  

Según la CNDH los argumentos de la CED para declarar el inicio del procedimiento “están relacionados con hechos y acciones gubernamentales previas a 2019”, en específico sobre “políticas de seguridad inadecuadas que imperaba durante las administraciones de Enrique Peña Nieto y Felipe Calderón Hinojosa, cuya gestión estuvo marcada por la mal llamada ‘guerra contra las drogas’, que fue el contexto facilitador del alza sin precedentes de las desapariciones en México en los últimos años”. 

Al omitir que la política de militarización de la seguridad pública llevada a cabo por Calderón se acentuó con Andrés Manuel López Obrador y que continúa con Claudia Sheinbaum, la CNDH apuntó que la situación de estados como Veracruz, Colima y Nayarit, mencionados como emblemáticos en el informe sombra entregado a la CED, “están fuertemente vinculados a los gobiernos estatales de personas priistas con dañada reputación política, algunos de ellos sentenciados por delitos graves”. 

Al quejarse de que en el CED no mencione el trabajo de la CNDH, el organismo salió en defensa de los gobiernos de la Cuarta Transformación al sostener que “las desapariciones forzadas no son consecuencia de una política de Estado como sí ocurría en el pasado, durante la llamada ‘guerra contra el narco’ y durante el periodo de violencia política conoció como ‘guerra sucia’”.  

El organismo informó que entre 2009 y 2025, registró 396 expedientes de queja por desaparición forzada o involuntaria de personas, acumulándose el 69.6% de los casos, 272 expedientes, entre 2009 a 2011, de los cuales 102 corresponden a 2011. 

Según la CNDH entre 2020 y 2025, durante los gobiernos de la 4T, “se han registrado 46 expedientes, esto es 11.6% de todas las quejas entre 2009 y 2025”. 

El organismo cuestionó que “esta tendencia a la baja no es ni siquiera considerada por el CED”, información que es consultable en la página web de la CNDH, en la que se advierte que “de los 396 expedientes mencionaos, 56.8% se abrieron por hechos ocurridos en cinco entidades: Tamaulipas, Veracruz, Michoacán, Chihuahua y Coahuila”, y que la mayoría de los casos ocurrieron entre 2009 y 2012, “en plena estrategia de seguridad fallida durante el calderonismo”.  

Al señalar que durante la gestión Rosario Piedra Ibarra se emitieron 21 recomendaciones por desaparición forzada “de casos actuales y de otros que estaban archivados y no se atendieron”, el organismo omitió mencionar que de acuerdo con cifras oficiales del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) hay 133 mil 773 personas desaparecidas y no localizadas al 2 de octubre, y una crisis forense de más de 72 cuerpos sin identificar bajo resguardo de fiscalías. 

En su comunicado, la CNDH de Rosario Piedra insiste en rechazar el escrutinio internacional. 

“Desde la Comisión Nacional diferimos categóricamente de las posturas mediáticas que ignoran el trabajo de diversas instancias del Estado mexicano en los últimos años, y que creen que la intervención de agentes extranjeros es la ruta adecuada. Esta Comisión Nacional tiene claro que nos toca a todas y todos en México identificar los problemas nacionales, trazar rutas entre autoridades, instancias protectoras de derechos humanos y el Pueblo”, sentencia el comunicado.

FUENTE: PROCESO
AUTOR: GLORIA LETICIA DÍAZ.

EU señala a México por persistencia de graves violaciones a Derechos Humanos

El reporte resalta que "no existen cambios significativos" en la situación de México y que los delitos cometidos por el crimen organizado son la mayor amenaza.

Este martes, el Departamento de Estado de Estados Unidos publicó su Informe de Derechos Humanos del 2024, en el que señaló que persisten en México graves violaciones a las libertades de la ciudadanía.

El reporte resalta que “no existen cambios significativos” en la situación de México y que los delitos cometidos por el crimen organizado son la mayor amenaza, junto con las tasas altas de impunidad e investigaciones que nunca llegan a condenas.

Además, documenta asesinatos, desapariciones forzadas y tortura, tanto por parte del crimen organizado como de agentes estatales. Asimismo, advierte sobre violencia e intimidación contra periodistas que derivan en autocensura.

De acuerdo con el Departamento de Justicia, los delitos cometidos por el crimen organizado son la mayor amenaza, junto con las tasas altas de impunidad e investigaciones que nunca llegan a condenas.

Además, consigna reportes en medios que señalan agentes gubernamentales como cómplices de grupos criminales internacionales, así como bajas tasas de enjuiciamiento y condena en los casos de abusos que involucraban a dichos agentes.

Estados Unidos destacó un caso ocurrido el 31 de marzo de 2024 en Chiapas, cuando 25 personas fallecieron durante un enfrentamiento entre agentes de la Guardia Nacional y un grupo armado en la comunidad Niños Héroes.

Organizaciones No Gubernamentales (ONG) como el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas y Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez expusieron que 25 personas fueron asesinadas, incluidos civiles mientras esperaban transporte en ferry. No obstante, las autoridades solo declararon la muerte de 10 y ninguno de los elementos de seguridad implicados fueron enjuiciados.

Prensa en la línea de fuego

En la sección titulada “Libertad de Prensa”, el informe reporta que a lo largo de 2024, los periodistas fueron asesinados, víctimas de agresiones físicas, ciberataques, acoso e intimidación, especialmente por parte de agentes estatales y organizaciones criminales transnacionales.

El documento añade que estos ataques limitaron la capacidad de los medios para investigar y reportar, ya que muchos de los reporteros asesinados cubrían temas de crimen, corrupción y política local.

Los altos niveles de impunidad, incluso en casos de asesinatos o ataques contra periodistas, derivaron en autocensura y una reducción de la libertad de expresión.

Uno de los casos que destaca el Departamento de Justicia es el asesinato cometido contra cinco periodistas en Chiapas, Michoacán, Guanajuato, Morelos y Colima durante el año pasado.

En algunas regiones, grupos criminales amenazaron o atacaron directamente a periodistas, blogueros y usuarios de redes sociales que los criticaban.

Otra forma de censura e influencia es la manera en que el gobierno asigna los contratos de publicidad, destinando en 2023 más de la mitad del presupuesto federal de publicidad a solo 10 medios.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.