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Ley de cuidados de Brugada propone presupuesto progresivo en CDMX; activistas piden participación ciudadana para afinar su diseño

El entramado institucional de la iniciativa para una ley de cuidados en la Ciudad de México reconoce las propuestas de todas las fracciones parlamentarias y da certeza sobre asignación presupuestal, pero debe trabajarse con la ciudadanía.

La iniciativa para la creación de una ley y sistema de cuidados en la Ciudad de México cumple con los mínimos, dado que retoma el trabajo que se había impulsado en todas las iniciativas previas, particularmente la de la Coalición por el Derecho al Cuidado Digno y Tiempo Propio de las Mujeres; sin embargo, aún debe ser afinada con la participación ciudadana de los grupos representados para alcanzar el estándar de la ley modelo de esa agrupación.

Uno de los aspectos más positivos, de ser aprobada y cumplida, es que establece certezas sobre la asignación presupuestal que deberá ser destinada al tema de cuidados en la capital. El documento plantea que el presupuesto destinado a la prestación de servicios públicos de cuidado —que deberá reflejarse en un anexo en el presupuesto de egresos— se incremente de forma progresiva año con año, y establece la prohibición expresa de disminuirlo.

La iniciativa se dio a conocer, finalmente, en el contexto del primer informe de la jefa de gobierno capitalina, Clara Brugada, después de que hubiera prometido en varias ocasiones su presentación sin consolidarla. Además, en el primer cuatrimestre de este año, un tribunal capitalino determinó que el Ejecutivo y el Legislativo local eran responsables de una omisión legislativa absoluta al no acatar el mandato de la Constitución de la Ciudad de México que especificaba que los sistemas y programas establecidos ahí debían entrar en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

“Toda persona tiene derecho a cuidar, a ser cuidada y al autocuidado, conforme a su voluntad o la de sus tutores, la etapa del curso de la vida, condiciones de salud, situación de dependencia y contexto cultural, familiar y territorial. El derecho al cuidado incluye, como mínimo, además de las dimensiones establecidas en el artículo 9, apartado B de la Constitución Política de la Ciudad de México, los siguientes componentes”, establece como punto de partida la iniciativa en su artículo 5.

Entre ellos, se mencionan el derecho a recibir cuidados adecuados, accesibles, asequibles y de calidad en condiciones de dignidad, respeto y seguridad; el derecho a brindarlos en condiciones de libertad, protección, reconocimiento y apoyo como persona remunerada o no remunerada; el derecho al autocuidado, así como a contar con mecanismos efectivos de exigibilidad del derecho al cuidado por parte de instituciones públicas, comunitarias y privadas.

El proyecto, según se describe ahí mismo, recoge las aportaciones de diversas iniciativas presentadas con anterioridad ante el Congreso de la Ciudad de México y el Congreso de la Unión –todas congeladas– por Movimiento Ciudadano, Morena, el Partido Acción Nacional, el Partido del Trabajo, el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de la Ciudad de México, así como el modelo de Ley General del Derecho al Cuidado Digno y Corresponsable y del Sistema Nacional de Cuidado de la Coalición por el Derecho al Cuidado Digno y Tiempo propio de las Mujeres.

“No puedo omitir una mención especial a todas las personas que, desde diferentes espacios, como la lucha social, la organización colectiva y comunitaria, la academia, el gobierno, las legislaturas y muchos otros, han impulsado el reconocimiento del derecho al cuidado, de la responsabilidad compartida entre los géneros y entre los diversos sectores de la sociedad”, señala la exposición de motivos de la iniciativa.

En marzo de este año, Animal Político publicó el especial Cuidadoras sin oportunidades, que documenta cómo sin un sistema nacional de cuidados, la igualdad de género nunca será una realidad. En México, 19.6 millones de mujeres están fuera del mercado laboral por dedicarse a cuidar, mientras que un 80 % de las personas jóvenes que no estudian ni trabajan son mujeres, la mayoría por privilegiar tareas de cuidado. Además, las mujeres que cuidan y logran acceder a un empleo, están condicionadas a la precariedad y a una brecha salarial que es más amplia entre más hijos tengan.

La iniciativa de Brugada describe como uno de sus objetivos definir con la mayor precisión posible los diversos alcances y aspectos del ejercicio del derecho al cuidado, con énfasis en su identificación como proceso colectivo y comunitario, y promover la responsabilidad compartida.

Para ello, el sistema de cuidados de la ciudad —que estará compuesto por varias dependencias— deberá diseñar un modelo integral que promueva el bienestar físico, emocional y social.

Además, el artículo 16 establece que el gobierno de la Ciudad de México impulsará, progresivamente y con base en sus capacidades presupuestarias, un programa de apoyo a personas cuidadoras de tiempo completo que tengan a su cargo a personas con necesidades intensas de cuidado y que, por su especial condición de vulnerabilidad, requieran asistencia para satisfacerlas.

Por otro lado, establece las definiciones y características de las responsabilidades compartidas social, de género, del gobierno, las alcaldías y los poderes públicos; del mercado y el sector privado; comunitaria, familias y de género. Dentro del sistema de cuidados, la Junta será la instancia encargada de articular, coordinar, monitorear y vigilar la implementación de la política de cuidados, y estará integrada por los titulares de varias secretarías.

El documento incorpora capitulados específicos sobre los servicios de cuidado a infancias, personas con discapacidad, personas mayores y quienes viven en situación de calle.

“El presupuesto destinado a los servicios públicos de cuidados de la Ciudad de México deberá ser progresivo. En ningún caso podrá ser inferior, en términos reales, al asignado el año inmediatamente anterior para sus actividades operativas”, añade. Aunado a ello, establece que todas las dependencias y entidades que son autoridad en el sistema de cuidados deberán destinar oportunamente recursos presupuestales, humanos, materiales, insumos y demás elementos necesarios para brindar óptimamente los bienes y servicios a su cargo, mientras que cada centro de cuidados del sector público deberá contar con los recursos financieros y materiales suficientes para su adecuada operación. Los artículos transitorios establecen plazos específicos para instalar el sistema y su Junta, así como expedir el reglamento de la ley y el Programa Especial de Cuidados.

Silvana Carranza, una de las activistas que promovió el amparo contra la omisión legislativa del Congreso de la Ciudad de México e integrante de la Coalición por el Derecho al Cuidado Digno y Tiempo propio de las Mujeres, destaca que la iniciativa haya nombrado todas las propuestas previas que se habían presentado como antecedentes importantes, pues se reconoce el esfuerzo que ha antecedido durante años a la iniciativa de Brugada.

Sin embargo, en el contenido del documento algunos aspectos no necesariamente se apegan a la ley modelo de la coalición, precisa. Si bien el diseño institucional que propone es fuerte, por los mecanismos que estarán coordinándose para dar lugar al sistema, dejó fuera el apellido de un “sistema integral”, como se había venido mencionando.

Además, parte de lo que es necesario perfeccionar se relaciona con las necesidades del colectivo de las personas con discapacidad, pues ya han señalado que no puede hablarse de un sistema integral si no se les considera plenamente. Carranza explica que en la propuesta se sigue hablando del término “dependencia”, mientras que el Comité de los derechos de las personas con discapacidad ha insistido en superar ese concepto, pues es contrario al de la autonomía, que debería ser el objetivo primordial a garantizar a través de los cuidados.

Para ella, es importante recordar que por más necesidades intensas de cuidado que tengan las personas, su atención tiene que desprenderse de un conjunto de políticas y apoyos institucionales que van más allá de cualquier tipo de transferencias, y que se relacionan también con infraestructura, personal capacitado y otros elementos que puedan brindarles las herramientas suficientes para vivir y gozar de su derecho a la autodeterminación, la autonomía y sus proyectos de vida.

En consecuencia, Carranza subraya la necesidad de que con miras a la discusión de la iniciativa se abra un diálogo con los grupos involucrados, sobre todo con las personas adultas mayores, con discapacidad e infancias, para realmente atender sus necesidades y solventar en la medida de lo posible que la implementación del sistema considere la participación ciudadana.

“Definitivamente, tiene que haber un trabajo con la ciudadanía para realmente entender las necesidades de los diferentes grupos de población, personas adultas mayores, con discapacidad, infancias, madres y padres trabajadores y no trabajadores, personas que trabajan en los cuidados formal e informalmente; creo que hay muchas cosas que pueden afinarse del diseño sobre la marcha”, apunta.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: MARCELA NOCHEBUENA.