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» » » » Diputados avalan reformas al Código Fiscal para fortalecer al SAT y combatir evasión

Con 348 votos a favor en lo general y 335 en lo particular, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones al Código Fiscal de la Federación, que ya fueron enviadas al Senado.

La Cámara de Diputados aprobó ayer en lo general y en lo particular el dictamen que reforma el Código Fiscal de la Federación (CFF), que busca reforzar las herramientas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para combatir la evasión y el uso de comprobantes fiscales falsos. El proyecto fue turnado al Senado de la República para continuar su proceso.

Con 348 votos a favor, 130 en contra y cero abstenciones, el pleno avaló en lo general la reforma; posteriormente, en lo particular, el dictamen recibió el visto bueno con 335 votos a favor y 122 en contra.


Durante la discusión, las y los diputados aprobaron modificaciones a los artículos 124 y primero transitorio del Código Fiscal. De acuerdo con un comunicado, la primera modificación elimina la fracción X del artículo 124, que establecía improcedente un recurso de revocación cuando “el contribuyente manifieste desconocer el acto ocurrido”.

En tanto, el cambio al artículo primero transitorio del Código plantea establecer que la obligación de las plataformas digitales para permitir a la autoridad fiscal contar con toda la información necesaria para comprobar el debido cumplimento de las obligaciones fiscales entrará en vigor el 1 de abril de 2026.


El Diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Partido del Trabajo (PT), explicó que la fracción se elimina debido a que una reforma previa ya incorporaba su contenido, por lo que era "innecesario mantener la fracción”. Por su parte, la Diputada Freyda Marybel Villegas Canché, de Morena, dijo que la adición al artículo 30-B vincula las obligaciones de las plataformas digitales y consideró adecuado el plazo de entrada en vigor para que realicen los ajustes necesarios.

Desde la oposición, legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido Revolucionario Institucional (PRI) manifestaron su rechazo al considerar que las reformas fueron avaladas con premura y podrían afectar derechos de defensa de los contribuyentes.


Entre los puntos centrales del dictamen, se faculta al SAT a negar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a personas morales vinculadas con empresas que hayan emitido comprobantes fiscales falsos o participado en operaciones inexistentes.

Asimismo, la reforma establece que los comprobantes fiscales digitales por Internet deberán amparar operaciones reales o actos jurídicos auténticos; en caso contrario, se considerarán falsos. Las sanciones incluyen acciones penales contra los representantes legales o personas que dirijan las empresas infractoras.


El dictamen fija también plazos y procedimientos expeditos: la autoridad podrá suspender desde el inicio la emisión de comprobantes fiscales digitales, otorgará 30 días a los contribuyentes para corregir su situación, y fijará un máximo de 24 días hábiles para la visita domiciliaria y la resolución correspondiente.

De acuerdo con el texto aprobado, el nombre y la clave del RFC de quienes emitan comprobantes fiscales falsos serán publicados en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Los receptores de esos comprobantes tendrán 30 días naturales para revertir su efecto fiscal mediante una declaración complementaria.


Además, se adicionan párrafos al artículo 113 Bis para que la autoridad pueda presentar querella penal contra los contribuyentes que incurran en la emisión de falsos comprobantes fiscales, en armonía con el artículo 19 constitucional.

La Mesa Directiva informó que se presentaron propuestas de modificación a 24 artículos del Código Fiscal, así como a los artículos transitorios primero, segundo, tercero y cuarto, los cuales fueron aprobados en los términos del dictamen. Tras ello, se decretó un receso para reanudar la sesión este 16 de octubre de 2025, a las 12:00 horas, en modalidad semipresencial.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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