lunes, 8 de mayo de 2023

Por esta razón AMLO no quería al ministro Pérez Dayán en la votación del Plan B

La Consejería Jurídica de la Presidencia interpuso en días pasados, ante la Corte, una queja contra el ministro ponente Alberto Pérez Dayán, quien perfiló la invalidez de la primera parte del Plan B de López Obrador.

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República afirmó que la filtración del proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, sobre la primera parte del Plan B de la reforma electoral, era motivo suficiente para que el ponente se abstuviera de votar el asunto.

Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó esa primera parte del Plan B, conforme a la propuesta de Pérez Dayán. Sin embargo, al inicio de la sesión los ministros desecharon por unanimidad la solicitud de la Presidencia de la República, de declarar que el ponente no podía participar en el debate y votación de las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la reforma impulsada por el Ejecutivo federal.

Fuentes federales confirmaron a Proceso que, en su escrito del jueves 4 de la semana pasada, en el cual la Presidencia de la República solicitó que Pérez Dayán no votara el asunto, se presentó una queja contra el ministro al considerar que tenía un interés personal para invalidar la primera parte del Plan B de López Obrador.

Esto, denunció la Consejería Jurídica de la Presidencia, contaminó el proceso deliberativo de los integrantes del Pleno, pues afirmó que el resto de los ministros de la Corte desconocían el proyecto.

“La SCJN no difundió de forma institucional el proyecto de sentencia, sino que lo entregó clandestinamente a un medio de comunicación, lo cual contamina el proceso deliberativo de los integrantes del pleno, pues los demás ministros no conocían el proyecto que se divulgó ante la opinión pública, lo cual trasciende de manera negativa al principio de imparcialidad previsto en el artículo 17 constitucional”, señaló la Consejería.

Proceso contra el ministro

Por ello, presentó una queja ante la propia SCJN contra el ministro Pérez Dayán, al responsabilizarlo de la supuesta filtración, razones por las cuales el Ejecutivo federal consideró que el ministro no debía votar en el asunto, pese a que él realizó el proyecto de resolución.

No obstante, los ministros del Pleno consideraron que no existía tal impedimento.

“Es criterio general de este Alto Tribunal, que en materia de impedimentos se ha considerado que no procede tratándose de acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales por tratarse efectivamente de medios de control abstracto, salvo casos verdaderamente excepcionales, reales y comprobables lo que ahora no sucede”, señaló Pérez Dayán.

“Tampoco la presentación de quejas administrativas en contra de un funcionario judicial son causas para declararlos fundados”.

El 1 de mayo último, Proceso informó que el proyecto del ministro Pérez Dayán fue repartido entre los integrantes del Pleno de la Corte desde el 27 de abril anterior, es decir, cuatro días antes de la supuesta filtración acusada por la Presidencia de la República.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: DIANA LASTIRI.

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