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Se trata de la segunda impugnación que admite la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de los resultados de la elección judicial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió ayer una segunda impugnación en contra de la elección de Claudia Valle Aguilasocho y Gilberto de Guzmán Bátiz García como magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La Ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, aceptó a trámite el recurso promovido por la abogada Gabriela Lorena Sterling Ávalo, que pertenece a la organización Poder Ciudadano.

El expediente del caso fue turnado a la ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayán, quien deberá elaborar un proyecto de resolución y presentarlo al pleno antes del primero de septiembre, fecha en la que los nuevos funcionarios judiciales rendirán protesta ante el Senado de la República y tomarán sus cargos.
Se trata de la segunda impugnación que admite la Suprema Corte en contra de los resultados del proceso electoral. La primera fue promovida por Iván Bravo Olivas, exaspirante a magistrado de Circuito. En este caso, el expediente fue asignado al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y todavía no se ha elaborado un proyecto.

La Suprema Corte admitió ambas impugnaciones a pesar de que, según establece la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIE), únicamente los candidatos que participaron en el proceso pueden impugnar los resultados.

Por este motivo, se prevé que los dos recursos sean declarados improcedentes. Sin embargo, la decisión final dependerá del análisis del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en su mayoría se opuso desde el inicio a la Reforma Judicial.

La máxima autoridad

Por mandato constitucional establecido en el Artículo 99 de la Carta Magna, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la máxima autoridad del país en esa materia. Para cumplir con sus responsabilidades y facultades, el Tribunal funciona en forma permanente con una Sala Superior y cinco salas regionales.

Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones en las elecciones Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito. A la SCJN sólo le corresponde resolver las impugnaciones que sean promovidas con repecto a los comicios para los dos Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral federal y de las cinco salas regionales.


Con respecto a las impugnaciones de magistrados electorales el Articulo 96, Fracción IV, advierte: “El Instituto Nacional Electoral efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres. También declarará la validez de la elección y enviará sus resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o al Pleno de la SCJN para el caso de magistraturas electorales, quienes resolverán las impugnaciones antes de que el Senado de la República instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda, fecha en que las personas aspirantes electas tomarán protesta de su encargo ante dicho órgano legislativo”.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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