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PAN conmina a ciudadanos a sumarse a amparo colectivo contra la denominada “Ley Espía”

El Partido Acción Nacional puso a la disposición de la ciudadanía un formato para la promoción de un juicio de amparo indirecto contra el paquete de reformas aprobado en el anterior período extraordinario de sesiones y con el que, a decir del dirigente panista Jorge Romero, el gobierno podrá espiar a los mexicanos sin mediar una orden judicial.

En un comunicado emitido este domingo 20 de julio el Comité Ejecutivo Nacional del PAN señaló que, además de la localización geográfica, el gobierno podría intervenir las comunicaciones de los ciudadanos en la modalidad de llamada o mensajes de texto, así como la información contenida en los dispositivos móviles y que igualmente tendrá acceso a los datos personales, a saber: nombre, domicilio, nacionalidad, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes.

“No podemos permitir que el gobierno utilice la tecnología para espiar a las y los mexicanos sin justificación y sin orden de un juez. La ciudadanía no tiene nada que temer si nada debe, pero el Estado sí tiene límites y esos límites los marca la Constitución”, indicó el presidente del CEN, Romero Herrera.

A inicios de julio el dirigente nacional manifestó en rueda de prensa celebrada en Mexicali que en razón de la reforma en materia de telecomunicaciones y radiodifusión aprobada en el Congreso de la Unión autoridades de seguridad y de procuración de justicia podrían solicitarles a las telefónicas la ubicación de la ciudadanía en tiempo real sin que mediara una orden judicial.

Durante la misma conferencia el coordinador de los senadores del PAN, Ricardo Anaya Cortés, indicó que la Ley General de Población obligará a entregar la CURP biométrica a la hora de hacer un trámite ante el gobierno o ante un particular. “Con teclear tu CURP van a poder saber dónde estuviste, qué compraste, dónde te hospedaste, a dónde viajaste”, abundó.

A su vez, el coordinador de los diputados federales Elías Lixa denunció que con la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública los datos de la población pueden ser compartidos con gobiernos extranjeros, con el uso de mecanismos de interconexión.

El 4 de julio, la presidente de México, Claudia Sheinbaum Pardo, negó que se pudiera geolocalizar a los ciudadanos sin orden judicial de por medio. Aseguró que el “artículo 183” obligaba a los operadores de las compañías a colaborar “en términos que establecen las leyes”.

Ante ello Romero reviró: “Usted dice que mentimos porque señala que ese artículo refiere que se hará según las leyes aplicables, nada más que con ese mismo argumento yo le digo cuál es otra ley igual de aplicable: la nueva Ley de la Guardia Nacional que ustedes también volvieron a votar recién en estos días, y que en su artículo 9 claramente antes de esta reforma señalaba que para geolocalizar personas se ocupaba de una previa autorización judicial, ustedes acaban de quitarle precisamente esa parte”.

El formato de amparo, disponible en el portal del Partido Acción Nacional, apunta a la protección de la justicia federal contra diversas normatividades: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Guardia Nacional, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Ley General de Población, Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Como autoridades responsables refiere a la Cámara de Diputados, el Senado de la República, la titular del Poder Ejecutivo federal y el director general del Diario Oficial de la Federación.

Romero Herrera reiteró la invitación a sumarse al amparo colectivo. “No se trata sólo de un tema partidista sino de un derecho que le pertenece a toda la ciudadanía”, mencionó.

Aseguró que, con leyes como tales, Morena tiene pretensiones de “normalizar el espionaje político y social”, tentativa que consideró como un riesgo para la democracia en el país.

“El gobierno debe servir a las personas, no vigilarlas ni intimidarlas”, remató.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: EDUARDO ANDRADE URIBE.

Denuncian prácticas de control social en CURP biométrica incluída en reforma a ley de desaparición en México

En un proceso de apenas cuatro meses, el Gobierno Federal reformó la Ley General de Desaparición Forzada, que había permanecido ocho años sin cambios sustantivos. Las familias organizadas participaron de una manera cosmética en el proceso, siendo invitadas a una serie de eventos apodados “diálogos en Gobernación”, los cuales fungieron como un gran desahogo de múltiples problemáticas que atraviesan las familias en búsqueda, pero no como espacio de consulta sobre estas modificaciones importantes. Sobre todo, porque las familias tendrían muchas cosas que agregar sobre lo que no funciona en la búsqueda de las más de 120,000 personas desaparecidas en México. 

La urgencia gubernamental por el cambio surgió del impacto mediático que en marzo de este año tuvo la denuncia sobre la existencia del rancho Izaguirre, en Teuchitlán, Jalisco, como un posible espacio de reclusión, entrenamiento o inhumación clandestina de personas. A pesar del tiempo transcurrido, aún no se conocen avances en la investigación ministerial del predio o sus posibles víctimas, salvo por el anuncio del Fiscal General, Alejandro Gertz Manero, que rechazó la hipótesis del crematorio clandestino, pero eso fue todo. 

La atención mediática de marzo fue perdiendo fuerza con el anuncio presidencial sobre la  “prioridad nacional” que tenían entonces las personas desaparecidas en México, y fue menor para fines de mes, cuando el Ejecutivo envió la propuesta de reforma de las leyes de desaparición y de población. Este lunes 30 de junio, la cámara de Diputados aprobó las modificaciones que ya venían avaladas del Senado, que integraron los datos biométricos y la fotografía a la clave única de registro de población, buscando convertir al documento general de identificación en el país, conocido como CURP, en una “herramienta” para la búsqueda. 

“Una de las críticas centrales a la reforma es que no toca lo más importante que es la búsqueda, fortalecer el sistema nacional y las comisiones. Lo que nosotros decimos es que es una simulación, un caballo de Troya para imponer un sistema de vigilancia masivo de la población, lo cual es muy riesgoso y poco útil para la búsqueda”, dijo en entrevista, Jorge Verátesgui, uno de los familiares movilizados, quien busca a su hermano Antonio Verástegui González y a su sobrino, Antonio Jesús Verástegui Escobedo, desaparecidos desde el 24 de agosto de 2009, en Parras, Coahuila.

CLAUSURA SIMBÓLICA

En la mañana del miércoles 2 de julio, familias de personas desaparecidas hicieron una clausura simbólica en la puerta dos de la sede del legislativo en San Lázaro, en la Ciudad de México, como una forma de mostrar rechazo por las modificaciones legales mencionadas. “Estamos en la cámara de Diputados haciendo esta acción, para dejar constancia de que fue un proceso simulado”, apuntó Verástegui durante el evento. 

La fuente apuntó que la creación de la Plataforma única de identidad, -que en la ley pasa a ser considerada una “plataforma primaria de consulta permanente”- a partir de la modificación de la ley general de población que incluye los datos biométricos de cada persona en su CURP, “registrará todo lo que se hace ante entes privados o públicos”, apuntó. 

La reforma implica la obligatoriedad para los tres niveles de gobierno de hacer un registro “administrativo y consultable en tiempo real”, del CURP de cualquier persona como “mecanismo de identidad oficial”; también se obliga a los privados a generar y compartir información referente a servicios financieros, de transporte, salud, telecomunicaciones, paquetería o “todos aquellos que tengan información útil que sume a las acciones de búsqueda”, según la información oficial publicada por Presidencia. 

“Si vas a comprar al Oxxo, al súpermercado, o hacer una compra en internet, el empresa está obligada a pedirte tu CURP y eso se va a registrar en una plataforma. Igual si vas a una oficina de gobierno a que te presten un servicio. Todo eso queda en manos del Gobierno Federal, sin que se necesite una orden judicial o que exista una investigación criminal para acceder a esos registros. Este tipo de cosas sirven para espiar a las personas, y que no sólo vulneran las privacidad sino también la seguridad, de las personas desplazadas en el país”, sostuvo Verástegui. 

Sus palabras revelan una desconfianza de las familias en búsqueda hacia las instituciones estatales: “el gobierno no ha dado muestras para confiarle todos nuestros datos de manera irrestricta, y la negativa a tener controles judiciales, genera más dudas. Así como no saber realmente quién va a utilizar la plataforma”, apuntó. Según la ley, ésta deberá ser desarrollada en un plazo no mayor a 90 días naturales. 

SIN MEJORAS

Colocando carteles con los rostros y nombres de personas desaparecidas y pintando en el piso, con grandes letras blancas la frase “Sin las familias no, espiar no es buscar”, dejaron plasmada su posición frente a las medidas del nuevo gobierno. Entre ellas, estuvo María Coronado, quien busca a su esposo Mauricio Aguilar Leroux, desaparecido desde el 27 de mayo de 2011, en Córdoba, Veracruz, quien redobló la desconfianza: “creo que esto es muy peligroso porque de por sí, las familias ya están en riesgo por buscar, ¡imagínate! Con esto van a saber todo lo que hacemos, dónde estamos, dónde nos movemos, si tenemos una reunión. Todo esto es para ponernos en bandeja de plata”, contó en entrevista a Desinformémonos. 

Para la buscadora, la desconfianza ha sido la tónica en la relación con el poder público, la cual se ha nutrido, en sus palabras, por la falta de un diálogo genuino con quienes viven este flagelo: “creo que las reuniones del gobierno con las familias sobre este tema han sido una farsa, porque no invitó a todas. Ellos dan una cifra de que recibieron a más de 500 colectivos y familias que estuvieron de acuerdo con los cambios, cuando eso es una mentira. Desde ahí vuelven a engañar a la sociedad, pero nosotros sabemos que nos siguen poniendo trabajas para encontrar a nuestras familias”, analizó. 

En su caso, considerado de “larga data” en los ámbitos gubernamentales, dado los 14 años y un mes, -según contó Coronado- que lleva en búsqueda: “al gobierno no le importa mi caso, ni los presos políticos hacia atrás y mucho menos los de esta época. Entonces, en la actualidad, día a día, seguimos viendo las desapariciones y no podemos encontrarlos. Somos las familias quienes ponemos a los ministerios públicos, toda la información sobre sus familiares”, apuntó una situación que es común a las buscadoras, quienes además de cargar con el dolor que las embarga, deben cargar con el peso de las investigaciones. “En el caso de mi esposo, lo que ellos tienen es porque yo investigué y lo puse sobre la mesa. Pero cuando voy a verlos, me presentan lo mismo que les dije y les reclamo ¡dime algo que yo no sepa! ¡que tú hayas investigado!”, acusó. En su caso, han pasado tres funcionarios ministeriales encargados de su carpeta, sin mayores avances. 

El día de su desaparición, su esposo salió de la ciudad de Córdoba, Veracruz, y en el trayecto por el municipio de la Concepción, “él venía en coche y se lo tragó la tierra”, contó. “Iba a recoger a mi hijo, que iba a hacer unas prácticas de fútbol en Querétaro, en segunda división, pero ya no llegó. Yo vivía entonces en Coahuila y quise poner la denuncia allá, pero me dijeron que tenía que ir a Veracruz y cuando llegué, los mismos policías me decían: ¡ah! ¡es que fue atravesando el triángulo de las bermudas! ¡ahí todo el mundo desaparece!”

La aceptación de la desaparición sin la mayor conmiseración que les mostraron los funcionarios públicos, obligó a las familias a afrontar la difícil situación por su cuenta: “tú sola tienes que ver los medios, para moverte, para buscarlos. En ese tiempo, mi hijo enfermó de cáncer y yo corría del hospital, a la marcha, a fiscalía. Era una locura. Y no te das cuenta que tu familia se desintegró, porque el papá está desaparecido, pero la mamá prácticamente también, porque desde temprano sale de la casa y llega hasta la noche, por andar de un lado a otro. Desgastada emocionalmente, físicamente. Ha sido todo muy difícil para nosotros como familia. Y no quiero siquiera ya pensar en cómo está él, en qué condiciones. Todo eso no nos deja en paz, por eso, hoy estamos aquí”, concluyó.

FUENTE: DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: ELIANA GILET.

Andamiaje de vigilancia y espionaje de la 4T

La construcción de este sistema de vigilancia masiva encuentra precedentes sólo en regímenes autoritarios que han utilizado la tecnología para el control social. La experiencia internacional demuestra que la vigilancia masiva es ineficaz para prevenir delitos, más bien puede facilitarlos.

En un periodo extraordinario que concluyó el 1 de julio de 2025 el Congreso de la Unión, dominado por Morena y sus aliados, aprobó un paquete de reformas legales que constituye el más ambicioso sistema de vigilancia y espionaje en la historia de México. Ese andamiaje jurídico, presentado bajo el pretexto de fortalecer la seguridad pública y combatir la delincuencia, representa en realidad una amenaza sin precedentes a la privacidad, los datos personales y los derechos fundamentales de los mexicanos.

La Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, aprobada en el Senado con 67 votos en favor, 29 en contra y tres abstenciones, otorga al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) facultades de acceso irrestricto a toda la información contenida en la Plataforma Única de Identidad. Esta ley establece en su artículo 12, fracción III, que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) podrá solicitar a instituciones públicas y privadas el envío de información contenida en cualquier registro administrativo.

Los datos que quedan a disposición de las autoridades incluyen información vehicular, biométrica, telefónica, registros de propiedad, comercio, catastros, fiscales, bancarios, de salud, telecomunicaciones, empresariales y comerciales. Más alarmante aún, la ley establece que pueden incorporarse “todos aquellos datos de los que puedan extraerse indicios, datos e información” útiles para investigaciones.

La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, aprobada con 88 votos en favor en el Senado, complementa este esquema al ordenar la interconexión de bases de datos nacionales e internacionales, tanto públicas como privadas. 
Esta interconexión permite que las autoridades accedan a información sin los controles tradicionales que protegían la privacidad ciudadana.
La reforma a la Ley General de Población, aprobada por 345 votos en favor en la Cámara de Diputados, impone la CURP biométrica como única fuente de identidad para todos los mexicanos y extranjeros con estancia legal. Esta nueva CURP incorpora fotografía, huellas dactilares y datos de identidad completos extraídos de todas las bases de datos convirtiéndose en el documento oficial obligatorio para todos los trámites en el país, y desplazando la credencial para votar del INE.

La magnitud de esta medida es que todo ente público o particular estará obligado a solicitar la CURP biométrica para la realización de trámites y servicios. Desde comprar un teléfono hasta solicitar servicios médicos u hospedarse en un hotel. Cada transacción será registrada y vinculada a la identidad biométrica del ciudadano.

La Plataforma Única de Identidad creada por la Ley General en Materia de Desaparición Forzada permitirá consultas en tiempo real y estará interconectada con bases de datos públicas y privadas. Esta plataforma realizará búsquedas continuas y seguimiento en tiempo real de las actividades realizadas con la CURP.

La Ley para Eliminar los Trámites Burocráticos, aprobada con 63 votos en favor en el Senado, crea la Llave MX como mecanismo de autenticación e identificación vinculado a la CURP. Esta herramienta permitirá eliminar 75% de los trámites presenciales, pero a costa de centralizar toda la información personal en una sola plataforma gubernamental, con los riesgos que ello implica en términos de ciberseguridad.

El artículo 72 de esta ley establece que la Llave MX podrá asociarse a fotografía y huellas dactilares contenidas en registros administrativos. Además, contempla la creación del Expediente Digital Ciudadano que permitirá la interoperabilidad entre bases de datos, registros y sistemas para integrar, consultar y compartir información.

La reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada con 369 votos en favor en Diputados, preserva y amplía el sistema de acceso a datos conservados y geolocalización en tiempo real sin controles judiciales de la ley de 2014. 

El artículo 183 establece que los concesionarios de telecomunicaciones deberán colaborar con las instancias de seguridad en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales.

Esta disposición permite que cualquier ciudadano con celular (prácticamente todos) pueda ser geolocalizado en tiempo real sin orden judicial. Los operadores deberán conservar los datos por dos años y las autoridades podrán consultarlos sin control judicial. Esto afecta a más de 100 millones de mexicanos que utilizan teléfonos móviles.

Resulta particularmente preocupante que estas reformas ignoren por completo las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de las Nación. En marzo de 2025, la Primera Sala declaró inconstitucional el artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que contemplaba la entrega de datos conservados sin control judicial previo.

La SCJN determinó que los datos conservados ameritan una protección constitucional fuerte y que su acceso requiere autorización previa de la autoridad judicial.

La construcción de este sistema de vigilancia masiva encuentra precedentes sólo en regímenes autoritarios que han utilizado la tecnología para el control social. Los promotores de estas reformas argumentan que son necesarias para combatir la inseguridad y el crimen organizado. La experiencia internacional demuestra que la vigilancia masiva es ineficaz para prevenir delitos, más bien puede facilitarlos. 
La falta de controles independientes, supervisión judicial y mecanismos de rendición de cuentas convierte este sistema en una herramienta perfecta para el abuso de poder. 
La extinción de organismos garantes de derechos fundamentales como el INAI, el IFT y la renovación del Poder Judicial por voto popular agudizan los riesgos y la politización. En un país donde las instituciones de seguridad han sido infiltradas por el crimen organizado, entregarles acceso irrestricto a información personal de todos los ciudadanos representa un peligro mayúsculo.

El andamiaje de vigilancia y espionaje de la 4T constituye una grave amenaza a la democracia mexicana. Al eliminar los controles judiciales, centralizar la información en manos del Ejecutivo y crear mecanismos de vigilancia masiva sin contrapesos, este sistema transforma al Estado mexicano en un aparato de control social, vigilancia y espionaje incompatible con los principios democráticos.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JORGE BRAVO.

Mayor vigilancia del gobierno y pocos controles, los riesgos de las reformas avaladas en el Congreso

Especialistas señalan que no se trata solamente de una “Ley espía”, sino de un conjunto de reformas de vigilancia masiva sin controles

Acceso a datos personales, biométricos y registros digitales por parte de instituciones civiles y militares, interconexión de bases de datos del gobierno y hasta de particulares, compartir la geolocalización en tiempo real de dispositivos móviles sin controles son algunas de las facultades que tendrán las autoridades con las reformas aprobadas en fast track por la mayoría de Morena en el Congreso. 

Las reformas modificaron leyes en materia de población, seguridad, desaparición de personas, telecomunicaciones y Guardia Nacional y crearon una ley de inteligencia lo que, de acuerdo con especialistas, dará capacidades de vigilancia masiva sin controles al gobierno y representa una amenaza a los derechos humanos como la privacidad y protección de datos personales.

“Estas diferentes leyes conformaban una especie de rompecabezas que, al ir uniendo diferentes piezas, lo que buscan es ampliar las capacidades de vigilancia del Estado”, explica José Flores, director interino de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D). “Ese sistema de vigilancia masiva puede llevar al espionaje de personas en específico”, alerta. 

En las conferencias, la presidenta Claudia Sheinbaum lo ha negado. “Es mentira que las leyes aprobadas tengan que ver con que el Estado va a espiar”, dijo el 2 de julio. Por eso en El Sabueso te explicamos en qué consiste cada ley aprobada y sus implicaciones.

Operaciones encubiertas y uso de información por seguridad nacional

La nueva Ley de la Guardia Nacional y las reformas a las leyes secundarias en la materia, como la Ley Orgánica de la Administración Pública, permitirán que agentes de esa dependencia, ahora bajo el mando de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), realicen investigación y tareas de inteligencia para la supuesta prevención de los delitos. Además, podrán solicitar la intervención de comunicaciones privadas.

“Generar, operar, procesar y utilizar información en materia de Seguridad Nacional para advertir riesgos y prevenir amenazas mediante los organismos de inteligencia”, establece el artículo 29 de la reforma.

De acuerdo con R3D, esto implica legalizar la vigilancia por parte de las Fuerzas Armadas, pues además, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se faculta a la Sedena para procesar información para actividades de inteligencia por “motivos de seguridad nacional” sin previa autorización de un juez de control.

La preocupación por esta atribución se acrecenta ante los antecedentes de espionaje por parte de la Sedena. Cabe recordar que en 2022 la investigación Ejército Espía documentó que periodistas y defensores de derechos humanos fueron objeto de espionaje por parte de esa dependencia con el software Pegasus.

Las reformas a estas leyes también autorizaron que la Guardia Nacional realice operaciones encubiertas, a pesar de que apenas en 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las invalidó en la propia ley de dicha corporación por considerar que podrían dar lugar a la obtención de pruebas ilícitas y desproporcionadas.

Interconexión de bases de datos y acceso al CNI

Además de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, también se creó la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia, que da lugar a una Plataforma Central de Inteligencia para interconectar los sistemas de las instituciones de seguridad con registros y bancos de datos de cualquier institución pública y hasta con la información en posesión de particulares a nivel nacional e incluso internacional en tareas de prevención, investigación y persecución de delitos. 

El artículo 24, por ejemplo, enlista que entre estas bases de datos se encuentran registros vehiculares y de placas, biométricos, telefónicos, registros públicos de la propiedad y del comercio, fiscales, de comercio, de servicios financieros, bancarios, de transporte, salud, telecomunicaciones, empresariales, comerciales.

Mientras que el artículo 39 señala que se podrán interconectar a la Plataforma Nacional de Inteligencia empresas u organizaciones sociales así como organismos regionales e internacionales, gobiernos y empresas extranjeras “que puedan tener información susceptible de ser usada en investigaciones para la prevención de delitos, esclarecimiento de hechos y en general del proceso penal”.

Esto a petición directa o mediante convenio con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y el Centro Nacional de Inteligencia, adscrito a la misma. Además, se establece que habrá una subsecretaría de esa dependencia que será responsable de coordinar la integración de bases de datos, plataformas tecnológicas y de análisis criminal.

“Es una cantidad de información que no tiene precedentes, que no es necesaria, que es absurda, porque el problema de seguridad en este país no existe por falta de datos ni por falta de tecnología”, refiere Luis Fernando García, abogado especializado en derechos humanos y tecnología.

Interconectar los sistemas de inteligencia federales, estatales, municipales y privados tiene como fin la investigación de delitos de alto impacto, según la ley.

CURP biométrica obligatoria en todos los trámites

La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y la Ley General de Población fueron cambiadas para que la Clave Única de Registro de Población (CURP) cuente con datos biométricos, huellas y fotografía y sea obligatoria para trámites públicos y privados.

“La Clave Única de Registro de Población deberá ser empleada en los procesos de validación y autenticación de la identidad de las personas en medios digitales”, establece el artículo 91 Sexies sobre este “documento nacional de identificación, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional”, según el dictamen. 

Además, se establece que se vinculará con el Registro del Sistema Nacional de Salud, y será parte de una Plataforma Única de Identidad a cargo del Registro Nacional de Población.

“Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios”, establece también la ley.

Luis Fernando García explica que si bien existen instituciones que poseen datos biométricos para fines específicos como la Secretaría de Relaciones Exteriores con el pasaporte o el Instituto Nacional Electoral con la credencial de elector, no se tiene registro de un almacenamiento masivo de este tipo de datos.

“Cualquier cosa va a requerir que tú te identifiques con tu CURP. Esto por un lado genera barreras en el acceso a servicios y a cuestiones que son necesarias para la vida diaria. Pero, además, esa es la intención del gobierno: generar un registro de las actividades de todas las personas en todo momento ¿Qué trámites haces? ¿Qué servicios ocupas? ¿Qué compras? ¿En dónde? ¿Cuándo?”, advierte el abogado.

El transitorio octavo indica que en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de la entrada en vigor, el Ejecutivo federal emitirá el reglamento al que remiten las disposiciones de la ley, donde se deberán detallar los servicios y trámites que requieren la presentación de este documento.

Otro problema es que la base de datos puede ser blanco de ataques informáticos por, además, ser un registro de las actividades de todas las personas en todo momento. Como antecedente, en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ocurrió la filtración masiva de información de seguridad nacional conocida como Guacamaya Leaks en 2022 o el hackeo a la Consejería Jurídica de la Presidencia (CJEF) en el gobierno de Claudia Sheinbaum en 2024.

En el mismo sentido, en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas se estableció la creación de la Plataforma Única de Identidad, herramienta para facilitar la localización y que se conectará con diversas bases de datos, como el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, el Banco Nacional de Datos Forenses y registros administrativos. A esta podrán acceder fiscalías y comisiones de búsqueda.

Pero dicha plataforma, al estar conectada con la CURP, que tendrá que usarse para cualquier trámite o servicio, representa otra amenaza a la privacidad y un riesgo de vigilancia. “¿Qué quiere decir esto? Que bajo el argumento de la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, se puede hacer el rastreo de la actividad de una persona que se encuentre en ese estatus”, agrega Flores.

Un comunicado de R3D menciona que esto se complementa con la Ley para Eliminar los Trámites Burocráticos, aprobada por el Senado, que contiene la creación de la Llave MX como mecanismo de autenticación e identificación vinculado a la CURP.

Se trata de un proyecto de identidad digital de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para realizar trámites en línea en portales de los tres órdenes de gobierno. El titular, José Antonio Peña Merino, reconoció en la conferencia de prensa del 1 de julio que se está trabajando en que tenga más controles de seguridad.

Geolocalización en tiempo real

La reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que en la investigación de un delito los concesionarios de telecomunicaciones deberán “colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales, en los términos que establezcan las leyes”. 

Para esto, el concesionario deberá conservar los datos durante 12 meses en sistemas que permitan su consulta y entrega en tiempo real a las autoridades, a través de medios electrónicos y 12 meses adicionales en sistemas de almacenamiento electrónico. 

Aunque este artículo está presente en la ley vigente desde 2014, la oposición nombró a esta reforma “ley espía”. El senador panista Ricardo Anaya incluso dijo que era el “último clavo al ataúd para acabar con la privacidad en México e instaurar el gobierno espía”.

En respuesta, la presidenta Claudia Sheinbaum defendió que esto no implica la intervención de comunicaciones, pues el artículo 14 constitucional establece que “exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada”. 

Sobre esta reforma, el abogado Luis Fernando García cuenta que desde 2014 las empresas de telecomunicaciones estaban obligadas a resguardar y conservar los datos de tráfico de comunicaciones o metadatos de comunicaciones, por ejemplo, quién se comunicó con quién, la fecha, hora y duración de esas conversaciones y la ubicación. 

Sin embargo, especialistas coinciden en que desde entonces no estaba claro qué autoridades podían requerir esos metadatos y si era necesario el control judicial, es decir, pedirle permiso a un juez antes de que las empresas tuvieran que entregar esta información a las autoridades, ambigüedad que persiste pese a la reforma, pero que en el marco de las demás leyes, representa otro riesgo de vigilancia a la ciudadanía.

“‘Las autoridades facultadas’ pero no hace explícito quiénes son. Entonces, si otro orden legal hace creer a una autoridad que se encuentra facultada y ese ordenamiento no le dice que requiere una autorización judicial, entonces muchas veces se toman esas atribuciones”, alerta García.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO (EL SABUESO)
AUTOR: LUZ RANGEL.

Organizaciones piden a legisladores frenar reformas; advierten espionaje y militarización

Espacio OSC señaló que “dotar a funcionarios públicos de facultades de vigilancia opacas, sin control ni rendición de cuentas, no protege a la población en general, ni mucho menos a quienes defienden y ejercen derechos, sino que incrementa su vulnerabilidad y permite abrir la puerta a más abusos".

Organizaciones civiles alertaron que las recientes reformas legislativas aprobadas en fast track por la aplanadora de Morena y sus aliados en el Senado y en la Cámara de Diputaos representan riesgos para la defensa de los derechos humanos y el ejercicio de la libertad de expresión, por lo que llamaron a los legisladores a frenarlas.  

En un comunicado firmado por un conjunto de organizaciones sociales agrupadas en el Espacio de Organizaciones de la Sociedad Civil para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (Espacio OSC), criticaron que las reformas a la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión , la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y a la Ley General de Población, fueron a probadas “sin garantizar un proceso de discusión pública, sin parlamento abierto y en total opacidad”.

Al analizar algunos de los aspectos preocupantes de las reformas, las organizaciones puntualizaron que “otorgan facultades de recolección, procesamiento y uso de información personal a instancias militares y de inteligencia, como la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), sin mecanismos de rendición de cuentas, supervisión judicial ni controles independientes”.  

Las reformas que han sido consideradas como de espionaje, resultan alarmantes “en un país donde ya se ha documentado el uso ilegal de programas de espionaje contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas y el impacto negativo de la militarización”. 

Lo anterior debido a que las modificaciones legislativas “no sólo ignoran las denuncias previas” de espionaje a defensores y periodistas, “sino que legalizan estas prácticas”, eliminando el requisito de solicitar autorización judicial para acceder a datos de telecomunicación, además de que se permite la geolocalización en tiempo real, “sin supervisión”. 

Al señalar que con estas reformas “el Estado profundiza su capacidad para vigilar de manera masiva y arbitraria”, el Espacio OSC destacó que entre los sectores de la población que resentirán el impacto de estas medidas serán defensores de derechos humanos y periodistas.  

Explican que “la falta de garantías sobre el uso y protección de la información recabada, así como la interconexión de bases de datos públicas y privadas sin salvaguardas, ponen en riesgo la integridad, la seguridad y la libertad de quienes documentan violaciones a derechos humanos, acompañan procesos comunitarios o informan sobre abusos de poder”.  

Tras recordar que México ha sido clasificado por organismos internacionales como uno de los países más riesgosos para ejercer el periodismo y la defensa de derechos humanos, a partir de la documentación de “agresiones, amenazas, hostigamientos, asesinatos e incluso espionaje”, el Espacio OSC apuntó que “dotar a funcionarios públicos de facultades de vigilancia opacas, sin control ni rendición de cuentas, no protege a la población en general, ni mucho menos a quienes defienden y ejercen derechos, sino que incrementa su vulnerabilidad y permite abrir la puerta a más abusos e impunidad”.  

Abundaron que las reformas aprobadas por Morena y sus aliados en ambas cámaras “no sólo limitan el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales, sino que también crean un clima de inhibición, autocensura y persecución, especialmente para quienes ya se encuentran en situación de riesgo por la defensa de derechos humanos”. 

Para las organizaciones firmantes, “defender derechos no puede ser una actividad vigilada ni criminalizada, y ejercer el periodismo no debe suponer exponerse a formas de control estatal opacas y sin supervisión”.  

El Espacio OSC hizo un llamado urgente al Congreso de la Unión “a frenar la implementación de estas reformas y abrir un debate público e informado sobre sus implicaciones”. 

Los defensores exigieron que “cualquier medida en materia de seguridad e inteligencia, cumpla con los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y control democrático conforme a los estándares internacionales de derechos humanos”.  

Las organizaciones firmantes cerraron su pronunciamiento recordando que “la construcción de una sociedad más segura no puede darse a costa de nuestras libertades fundamentales” y que “la vigilancia sin controles no es protección”.  

Conforman el Espacio OSC, que es acompañado por Brigadas Internacionales de Paz (PBI), las organizaciones Artículo 19: Casa del Migrante Saltillo: Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan; Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos); Comunicación e Información de la Mujer (Cimac); Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad.  

Asimismo, Instituto de Derecho Ambiental (IDEA); Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos para Todas, Todos y Todes (Red TDT); SMR Scalabrinianas, Misión con Migrantes y Refugiados; Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz) y Proyecto de Derechos Económicos Sociales y Culturales (Prodesc).

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GLORIA LETICIA DÍAZ.

Artículo 19 advierte “vigilancia masiva intrusiva”; No es ‘Ley Espía’, es “de Apoyo a la Población’: Sheinbaum

Los recientes cambios a las leyes en materia de seguridad, telecomunicaciones y Guardia Nacional (GN) estarían configurando un sistema de vigilancia masiva intrusiva, desproporcionada e incompatible con los derechos de los ciudadanos, según consideró, el 2 de julio de 2025, la Oficina regional para México y Centroamérica de la organización no gubernamental internacional Artículo 19.

La ONG internacional sostuvo, en un comunicado, que las nuevas facultades otorgadas al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), así como la Guardia Nacional (GN), para acceder a información de usuarios de telefonía prefiguraban un sistema de vigilancia con pocos o nulos controles efectivos.

“La Ley de Inteligencia establece que el Centro Nacional de Inteligencia podría acceder sin restricciones a las bases de datos, y la Ley de la Guardia Nacional determina que los militares también tendrán acceso a los datos personales de la población sin controles, se perfila la configuración de un sistema de vigilancia masiva intrusiva, desproporcionada e incompatible con la protección a los derechos humanos”, sostuvo Artículo 19.

Según dijo la ONG internacional, cuyo director es Leopoldo Maldonado Gutiérrez, aunque en la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión se exigía control judicial para intervenir comunicaciones privadas, no se explicitó el mismo estándar para la geolocalización en tiempo real o el acceso a datos conservados de las ubicaciones de los usuarios.

“Una redacción tan ambigua deja abierta la puerta para ingresos arbitrarios por parte de distintos funcionarios públicos”, advirtió Artículo 19, que también externó su preocupación por el establecimiento de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos, como requisito para la contratación de líneas móviles telefónicas y de comercio electrónico.

“Esta disposición, sumada a las reformas a la Ley General de Población y a la Ley General en materia de Desaparición Forzada que imponen la CURP biométrica como condición obligatoria para acceder a servicios públicos y privados, y una Plataforma Única de Identidad para monitorear y gestionar la identidad de todas las personas en México con consultas en tiempo real, además de ser discriminatorias ponen en extrema vulnerabilidad los datos de las personas sin el más mínimo control, transparencia ni rendición de cuentas”, destacó la ONG internacional.

“Además, por la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia que ordena la interconexión entre bases de datos públicas y privadas, las autoridades podrán acceder irrestrictamente a toda la información de una persona para fines compatibles, o no, con los principios democráticos”, alertó la organización no gubernamental internacional.

Sin embargo, el 3 de julio de 2025, en respuesta a las críticas lanzadas contra la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con la que se constituyó la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), así como la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo propuso darle un nuevo nombre a dicha norma y denominarla “Ley de Apoyo a la Población”.

“Entonces, se incorporaron muchísimas observaciones, ahora la famosa ‘Ley Espía’ hoy otra vez ahí están no sé cuántos comentócratas. No, no, es la Ley de Seguridad y Apoyo a la Población, así debería llamarse, no tiene nada que ver con el espionaje”, enfatizó la titular del Poder Ejecutivo Federal, durante su conferencia de prensa matutina, llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional.

“Porque es falso, de toda falsedad, que haya en esas leyes alguna capacidad que le den al Estado mexicano fuera de la Constitución para vigilar a las personas. Falso de toda falsedad”, manifestó la mandataria nacional, quien también acusó que las críticas a la citada Ley obedecían a un tema político por parte de algunos personajes, a quienes acusó de estar siempre en contra de su Administración.

“Es un tema político de criticar al Gobierno, no importa qué ley hubiéramos puesto, no importa el contenido de la ley. Hay algunos personajes que todo va a ser en contra nuestra, todo. El problema es que dicen mentiras, por eso tenemos nuestra sección del ‘Detector de Mentiras’. Por eso, ahora la ley habla del derecho de las audiencias, o sea, el derecho del pueblo a la información”, insistió Sheinbaum Pardo.

La titular del Poder Ejecutivo Federal reiteró que era falso que su Gobierno fuera a espiar a la población y que esta actividad sólo se realizaría a partir de la orden de un juez, como parte de una carpeta de investigación.

“Hay nuevas disposiciones en la ley ahí, es falso, absolutamente falso, que el Gobierno, que cualquier institución del Estado mexicano vaya a vigilar a alguna persona. ¿Cómo puede hacerse la vigilancia a partir de la orden de un juez?, ¿cómo puede otorgar un juez esa orden?, pues a partir de una carpeta de investigación y de pruebas”, agregó la presidenta.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.

Gobierno y Congreso tejen red de leyes para acceder a información personal y aumentar controles sobre la ciudadanía

Nueve días le bastaron al Congreso mexicano para aprobar un conjunto de leyes que abren los datos personales de la ciudadanía a instituciones financieras y de seguridad.

En nombre de la seguridad y de la necesidad de resolver la crisis de desapariciones que hay en el país, el Congreso aprobó en nueve días y en fast track un paquete de reformas que permitirán al gobierno federal acceder a los datos biométricos y personales de la población, y que otorga más facultades a instituciones de seguridad para realizar labores de inteligencia.

En un periodo extraordinario que se extendió entre el 23 de junio y el 2 de julio, la Cámara de Diputados y el Senado aprobaron leyes en materia de población, seguridad, inteligencia, desaparición de personas, telecomunicaciones, así como en torno a la Guardia Nacional, con el principal argumento de prevenir y combatir delitos.

El común denominador de las reformas es que permiten a autoridades civiles y militares acceder a los datos personales y biométricos de la ciudadanía, así como sus registros digitales, tanto los que estén en posesión de empresas privadas como de instituciones públicas.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, el Centro Nacional de Inteligencia, las Fuerzas Armadas, la Guardia Nacional, las fiscalías y las comisiones de atención a víctimas son las dependencias que tendrán acceso a bases de datos con fines de investigación y prevención.

Organizaciones civiles como R3D, experta en derechos humanos en el entorno digital, calificaron esta serie de reformas como un “sistema de vigilancia sin controles”, ya que en la mayoría de los casos las instituciones de seguridad no necesitarán permiso de un juez para acceder a las bases de datos.

Todas las leyes fueron aprobadas por Morena, el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM); en algunos casos, acompañados por el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano. Mientras el Partido Revolucionario Institucional rechazó todas las iniciativas.

En su mayoría, las reformas y creación de estas nuevas leyes responden a los cambios constitucionales promovidos por la propia presidenta Claudia Sheinbaum desde antes de tomar posesión del cargo, además de propuestas realizadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador como parte del llamado Plan C.

Ley de Inteligencia fortalece facultades del CNI

Dos de las leyes aprobadas tuvieron el objetivo de fortalecer las funciones de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), que a través del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) coordinará el acceso a bases de datos con fines de investigación.

La reforma que crea la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública fue enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum al Congreso desde febrero de este año; sin embargo, estuvo cuatro meses congelada por las críticas que recibió de parte de organizaciones sociales y expertos en la materia.

Esta ley fue aprobada el pasado 26 de junio en la Cámara de Diputados en un proceso lleno de polémica, ya que 12 horas antes de la discusión Morena modificó totalmente el contenido del dictamen, sin que los cambios se discutieran primero en la Comisión de Seguridad.

Morena realizó los cambios al dictamen a través de una “adenda” firmada por seis de los 18 integrantes de la Junta Directiva de la Comisión de Seguridad, un grupo de trabajo que el pasado mes de marzo ya había aprobado la iniciativa enviada por Sheinbaum.

Con la ley en materia de inteligencia, el CNI obtuvo la atribución de coordinar la Plataforma Central de Inteligencia, en la que estarán interconectados los registros y bases de datos de todas las instituciones públicas. De manera temporal o permanente también podrán estar interconectados los registros de las empresas que posean información utilitaria para realizar una investigación.

El artículo 12 de la ley de inteligencia establece los tipos de registros a los que podrá acceder el CNI, entre ellos los que tienen información fiscal, telefónica, biométrica, vehicular, comercial, empresarial, bancaria y de salud.

La información y los productos de inteligencia que se recopilen en la Plataforma Central serán utilizados para perseguir delitos de alto impacto, con énfasis en el homicidio doloso, feminicidio, secuestro, extorsión, robo a transporte con violencia y la desaparición de personas. Aunque la ley también establece que los trabajos de inteligencia se utilizarán para prevenir delitos en general.

Guardia Nacional participará en acciones de inteligencia

La Guardia Nacional y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) no se quedarán atrás. En el periodo extraordinario, el Congreso dio más facultades a estas dependencias para que realicen labores de inteligencia con fines de investigación.

El Congreso les dio estas facultades a través de un paquete de leyes reglamentarias que en esencia debían modificar las funciones de la Guardia Nacional, pero de paso el gobierno también aprovechó la reforma para dotar de más atribuciones a la Sedena.

Claudia Sheinbaum envió a la Cámara de Diputados una reforma para emitir una nueva Ley de la Guardia Nacional. La iniciativa tenía más de 900 páginas, y fue aprobada en la Cámara de Diputados apenas tres semanas después de haberla recibido.

La reforma significó la militarización total de la Guardia Nacional, que desde ahora tendrá una estructura y un funcionamiento interno similar al del Ejército. Ya de por sí esta institución estaba adscrita a la Sedena.


La Guardia Nacional formará parte del Consejo Nacional de Inteligencia en Seguridad Pública, y tendrá la facultad de realizar labores de investigación e inteligencia para resolver delitos con el acompañamiento del Ministerio Público.

Gracias a su nueva atribución de investigar delitos, la Guardia Nacional podrá solicitar a las empresas de telecomunicaciones registros telefónicos y geolocalizaciones en tiempo real de equipos móviles. Además podrá intervenir comunicaciones privadas con la autorización de un juez.

La reforma también incluyó una modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, donde se estableció en su artículo 21 que la Sedena podrá “operar, procesar y utilizar información en materia de seguridad nacional para advertir riesgos y prevenir amenazas mediante los organismos de inteligencia”.

Durante el proceso de aprobación de esta ley, los partidos de oposición alertaron sobre el posible choque que existirá entre la Guardia Nacional y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, ya que ambas dependencias tienen facultades parecidas en cuanto a la investigación y generación de información de inteligencia para combatir delitos.

Llave MX, herramienta con datos biométricos

La Agencia de Transformación Digital de Telecomunicaciones (ATDT) también tendrá acceso y control de los datos biométricos y personales de los ciudadanos a través de la Llave MX, una herramienta digital que servirá para hacer trámites en línea.

Esta medida fue aprobada el pasado 24 de junio en el Senado de la República, cuando los legisladores aprobaron la Ley para Eliminar los Trámites Burocráticos que será puesta en marcha por la Agencia.

La Llave MX estará asociada al CURP de su titular, un documento que deberá tener las huellas dactilares y la fotografía de cada ciudadano por otra reforma a la Ley General de Población que también se aprobó en este periodo extraordinario.

“Cuando la CURP tenga asociados los datos biométricos de su titular, tendrá el carácter de documento nacional de identificación, y será una identificación oficial (…) El documento nacional de identificación en su formato digital está a cargo de la Autoridad Nacional”, señala la Ley para Eliminar los Trámites Burocráticos.

Esta legislación fue la primera en aprobarse de entre todas las que permiten al gobierno tener acceso a los datos biométricos de los ciudadanos. La Cámara de Diputados la avaló desde el 28 de abril, y el Senado lo hizo recientemente en este periodo extraordinario.

Telecom: registro de usuarios de internet y telefonía móvil

La reforma en Telecomunicaciones propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum generó rechazo desde su presentación en abril pasado, principalmente por dos razones: la concentración de funciones en la ATDT —que sustituye al suprimido Instituto Federal de Telecomunicaciones— y la facultad a ese organismo de bloquear plataformas digitales.

La iniciativa fue detenida por indicaciones de la propia mandataria y el Senado organizó cinco conversatorios para nutrir y mejorar la reforma. Dos meses después esas dos principales funciones fueron eliminadas. Sin embargo, persistieron, ordenamientos que causaron rechazo de legisladores de oposición y organizaciones civiles.

Uno de los debates más intensos en la tribuna fue la posibilidad de geolocalización en tiempo real, contenida en el artículo 183 de la iniciativa, que es una copia del 190 de la normativa aún vigente en el sector.

Al mantener vigente la disposición, la ley establece que las empresas tendrán que colaborar con autoridades de seguridad y fiscalías en la localización geográfica en tiempo real de los equipos terminales, “en los términos que establezcan las leyes”. De acuerdo con el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, esa acción sólo podrá ocurrir con la orden de un juez.

La ley también establece que sólo podrán tener servicio móvil de teléfono e internet aquellas líneas cuyos propietarios hayan sido identificados con su CURP, que funcionará como la identificación oficial. Las líneas que no cumplan con ese requisito serán suspendidas. En el artículo 103, la nueva ley establece que las empresas que presten el servicio móvil sólo podrán activar y mantener activo el servicio de las líneas que estén asociadas a usuarios finales que hayan presentado su identificación oficial.

Asimismo, en el artículo transitorio 30, la ley establece que la recientemente creada Comisión Reguladora de Telecomunicaciones tendrá hasta 120 días hábiles tras la promulgación de la nueva legislación para emitir los lineamientos para la identificación de líneas de servicio móvil. Si pasan otros 120 días sin cumplir ese requisito, las líneas tendrán que ser suspendidas y sólo servirán para realizar llamadas de emergencia y atención ciudadana.

La ley en materia de desapariciones: CURP con datos biométricos

En cuanto a la materia de desapariciones, la iniciativa contemplaba modificaciones a dos leyes. Los cambios que alertaron a organizaciones civiles y opositores fueron los contemplados en la Ley General de Población, por la disposición de incorporar los datos biométricos de las personas a la CURP, y la obligación de los ciudadanos a presentarla para la realización de trámites y servicios.

“La Clave Única de Registro de Población deberá ser empleada en los procesos de validación y autenticación de la identidad de las personas en medios digitales”, establece en su artículo 91 sexties, lo que incluiría cualquier compra de productos o servicios.

La Secretaría de Gobernación integrará los datos biométricos de las personas a la CURP, tanto en posesión de dependencias como por particulares.

La ley establece también que la Segob establecerá el Programa de Integración al Registro Nacional de Población, Renapo, de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes.

Dentro del documento aprobado, en el artículo 12 quinquies, se establece que todas las autoridades o empresas que tengan a su cargo datos biométricos, así como otro dato que permita identificar a las personas debe permitir a las fiscalías y las instituciones de seguridad pública, así como al Centro Nacional de Inteligencia, el acceso irrestricto y consulta inmediata a sus registros, bases de datos o sistemas de información, para las acciones de investigación.

PAN y Movimiento Ciudadano respaldaron los cambios a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, mientras que junto con el PRI rechazaron la Ley General de Población.

La iniciativa fue detenida durante tres meses para ser nutrida con observaciones de familiares de víctimas; sin embargo, apenas incorporó pequeños cambios entre los más de 570 que se realizaron. El Congreso tampoco realizó el parlamento abierto que familiares de víctimas demandaron en distintas ocasiones.

Ley antilavado: monitoreo de Hacienda

La ley antilavado de dinero, propuesta en enero y modificada tras un parlamento abierto, creó la figura de “Persona Políticamente Expuesta” (PPE), por recomendación del Grupo de Acción Financiero, enfocada a quienes desempeñan o han desempeñado funciones públicas en México o el extranjero. 

Con la intención de obligar a quienes realizan actividades vulnerables de ser usadas para el lavado de dinero a identificar y monitorear las operaciones financieras, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá elaborar y actualizar un listado de esas personas clasificadas como PPE. Las dependencias de los tres niveles de gobierno, así como los órganos autónomos, deberán enviar sus respectivos listados a Hacienda.

Los funcionarios, sin embargo, no serán los únicos monitoreados, ya que la ley ordena la supervisión también de personas relacionadas con las “personas políticamente expuestas” que cumplan con las condiciones y características que la Secretaría de Hacienda establezca.

La ley también faculta a la dependencia a solicitar de forma directa información financiera y patrimonial a las entidades públicas sin orden judicial.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ALEXIS ORTIZ, ANDRO AGUILAR.

Sheinbaum niega que exista un “Estado Espía”; sólo juez permitirá intervenciones, dice

Ante las acusaciones de la oposición a su Administración de imponer un “Estado espía”, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo negó, el 2 de julio de 2025, que su Gobierno estuviera espiando y aseguró que solamente un juez podría permitir la intervención de las comunicaciones privadas.

“Solamente puede haber una intervención, una localización de [Sistema de Posicionamiento Global] GPS, etcétera, bajo orden judicial. A menos que se trate de un desaparecido, de un secuestro en donde se pide la información directamente a la telefónica para poder atender de manera extraordinaria”, dijo la titular del Poder Ejecutivo Federal, durante su conferencia de prensa matutina, llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional.

“Un caso de este tipo, que no creo que nadie se pueda poner a eso exclusivamente, la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del ministerio público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada para ello”, comentó la mandataria nacional.

“Entonces, una intervención telefónica solamente la puede aprobar un juez por Constitución y por leyes. En ningún momento se está espiando a nadie, que quede claro eso”, destacó Sheinbaum Pardo, quien también aseguró que ninguna ley puede violar a la Constitución, que claramente dicta que las comunicaciones privadas son inviolables.

“Ninguna ley puede violar la Constitución. Dice la Constitución: las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ella”, destacó la presidenta.

“Ahora, el juez valorará el alcance de esta siempre y cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca exclusivamente la autoridad judicial federal, que es lo que dicen las leyes, es lo que dice el Código Penal”, indicó la mandataria nacional, quien también subrayó que fuera falso que el Gobierno fuera a espiar a los ciudadanos y contó que ella junto con los que encabezaron el autodenominado “movimiento de transformación”, fueron espiados por el Estado en el pasado.

“En el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor, ayer ya [José Antonio] Pepe [Peña Merino] mostró las otras. Es decir, es falso, es mentira, que las leyes aprobadas tengan que ver con que el Estado va a espiar. Falso, se miente deliberadamente, el Gobierno no va a espiar a nadie como nos espiaron a nosotros”, abundó la titular del Poder Ejecutivo Federal.

“Entonces, no hay nada en las leyes que se aprobaron que tenga que ver con espionaje ciudadanos o que tenga que ver con censura. Por cierto, yo creo que todos los que estamos aquí, todos de una u otra manera, fuimos espiados, porque todos los compañeros y compañeros, pues son militantes del movimiento desde hace muchísimos años”, finalizó la presidenta de la República.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: CARLOS ÁLVAREZ ACEVEDO.