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miércoles, 8 de febrero de 2017

Desiste el PRI del estado de excepción

Ciudad de México. El PRI en la Cámara de Diputados definió que no se aprobará la ley reglamentaria del Artículo 29 de la Constitución, que incluye el mecanismo para que el Presidente de la República pueda solicitar al Congreso de la Unión decretar el estado de excepción en el país; tampoco se abordará la minuta en materia de mando policíaco único, porque la competencia en este aspecto quedaría definido con la ley de seguridad interior.

“A la fracción del PRI no le interesa en forma prioritaria abordar y resolver la llamada suspensión de garantías. Creemos que en un Estado de derecho democrático debe bastar con una legislación cotidiana, respetuosa y defensora de los derechos humanos”, dijo el coordinador de esa bancada, César Camacho Quiroz.

La minuta del Senado fue aprobada desde el 9 de diciembre de 2015, y turnada a la Cámara de Diputados en ese mismo mes. Hasta marzo del año pasado la Comisión de Gobernación aprobó el dictamen respectivo, con el voto de PRI, PAN, PRD, PVEM, PES y Panal, en una sesión donde se dijo que es preferible contar con un mecanismo que regule la atribución presidencial de suspender garantías en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

No obstante, el dictamen no se envió al pleno de la Cámara, debido a que la Comisión de Derechos Humanos, a la que también se turnó la minuta, no abordó el tema. Esta última discutió la minuta hasta la segunda semana de diciembre pasado, para revivir la necesidad de darle al presidente la atribución de solicitar al congreso la suspensión de garantías o un estado de excepción.


Posteriormente, la propia Comisión de Gobernación aprobó un nuevo dictamen pero en un acuerdo con sus aliados de PVEM, PES y Panal, el PRI decidió retirar el documento.

FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: ENRIQUE MÉNDEZ, ROBERTO GARDUÑO.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/02/08/desiste-el-pri-del-estado-de-excepcion

jueves, 7 de abril de 2016

Derechos humanos le estorban a la Ley que impulsan PRI, PAN y PRD, denuncian grupos civiles

El dictamen establece que cuando el Presidente considere que se afecta el orden social puede solicitar la suspensión o restricción de garantías en determinado lugar y por un determinado lapso de tiempo. Un proceso que contará con el aval en menos de 24 horas del Congreso, si se encuentra reunido, y de la SCJN para validar su constitucionalidad.

Organizaciones civiles que conforman la plataforma Por México Hoy acusaron al Congreso de la Unión de pretender dejarlas fuera de la discusión del proyecto de ley sobre los estados de excepción, aprobada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), cuyo contenido actual, dijeron, es violatorio de los derechos humanos.

En una conferencia de prensa en el Senado, los representantes de las organizaciones acusaron que después de recibir un análisis del Doctor Raúl Jiménez, presidente de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, al dictamen que ya fue aprobado en la Comisión de Gobernación, se determinó que concibe a los derechos humanos como un obstáculo para garantizar el orden público y no la situación.

“Esto es un asunto muy grave, es decir, los derechos humanos son el obstáculo que hay que atacar para lograr el control de una situación determinada. Por eso es importante que los órganos encargados por velar por el respeto de derechos humanos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos se pronuncien”, dijo Félix Hernández, integrante de Por México Hoy.

El dictamen establece que cuando el Presidente considere que se afecta el orden social puede solicitar la suspensión o restricción de garantías en determinado lugar y por un determinado lapso de tiempo. Un proceso que contará con el aval en menos de 24 horas del Congreso, si se encuentra reunido, y de la SCJN para validar su constitucionalidad.

Hasta ahora, el artículo 29 de la Constitución establece que hay derechos humanos que el Estado no puede suprimir, aun cuando se declare la supresión de garantías a raíz de una causa que perturbe el orden social.

Sin embargo, la argumentación citada en el dictamen aprobado, si bien reconoce derechos elementales, también apunta excepciones: “No es descartable que ciertos derechos humanos puedan ser suspendidos o restringidos en su ejercicio, pero en todo caso, deberá existir una razón legítima fundamentada”, describe el documento –al que SinEmbargo tuvo acceso– en la página 8.


Legisladores de oposición han insistido que la Ley Reglamentaria del Artículo 29 constitucional abre la puerta para que las autoridades violenten de distintas formas al menos 15 derechos de la ciudadanía. El documento con el que se pretende reglamentar el Estado de excepción abonaría a la permanente violación de las garantías individuales en el país, han dicho.



Por su parte, Osmar León, representante del Estado de México dentro de la plataforma, explicó que la llamada Ley “Eruviel” aprobada el pasado 17 de marzo representa un riesgo para las protestas ciudadanas, y da vía libre para que la represión de las fuerzas de seguridad.

El Senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) calificó de maniobra política el reciente anuncio del Gobernador Eruviel Ávila Villegas de solicitar al Congreso del estado que solicite una controversia inconstitucional a la propia Ley que el Gobernador propuso.

“Es una maniobra para ver si a lo mejor la Suprema Corte de Justicia termina por aprobarla”, apuntó.

En la conferencia los senadores del PRD, compararon esta Ley con la “Ley bala” del Gobernador de Puebla Rafael Moreno Valle. “Esta ha sido un desastre y dejado víctimas”, dijo el Senador Luis Sánchez Jiménez.

Por su parte, León expuso que la creciente oposición de parte de la ciudadanía a la Ley “Eruviel” crece, en tanto que la ley supuso un periodo de 90 días para entrar en vigor. Anunció que habrá una ola de amparos ciudadanos. Y una propuesta al Congreso local para que se derogue esta ley: “de tal forma que sería como empezar en una página nueva”.


Las organizaciones recordaron que tanto la ley que pretende reglamentar el artículo 29 constitucional como la Ley “Eruviel” se adhieren a una antigua petición para se realicen reformas legales que integren a la ciudadanía en las discusiones de las leyes. Por lo que exhortaron a la Cámara de Diputados a que se realicen foros para este tipo de leyes y que además se sometan a un referéndum.



La legislación que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México permite el uso de armas letales “cuando sea estrictamente inevitable”, así como de esposas rígidas, semirrígidas, candados de pulgares y cinturones plásticos; de armas intermedias como el bastón PR-24, tolete o su equivalente. También avala el uso de dispositivos de descargas eléctricas, inmovilizadores, sustancias irritantes en aerosol.

La Ley busca definir los casos en los que las policías mexiquenses podrán intervenir para restablecer el orden en desalojos, embargos, además en los centros de readaptación social. La Ley detalla también que el uso de la fuerza pública podrá aplicarse en asambleas, reuniones o manifestaciones que se realicen en lugares públicos y que se vuelvan violentas.

Por ejemplo, el artículo 8 faculta el uso de armas letales a los agentes policiacos en casos “estrictamente inevitables”.


“Cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de las personas y la del elemento, éstos podrán hacer uso intencional de armas letales. Sólo se emplearán armas de fuego en defensa propia o de terceros, en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad o por impedir su fuga, así como en el caso de resultar insuficientes las medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”, detalla el artículo.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: JUAN LUIS GARCÍA HERNÁNDEZ.
LINK: http://www.sinembargo.mx/07-04-2016/1645344

martes, 5 de abril de 2016

Oposición amaga con tirar Ley que suspende DDHH; se violó el proceso legislativo: Morena

Las alarmas sobre el dictamen de suspensión de garantías derivan en cambios de postura dentro de la Cámara de Diputados. Morena acusa que incluso se violó el proceso legislativo al haberse aprobado el documento sólo en la Comisión de Gobernación en lugar de que fuera en conjunto con la Comisión de Derechos Humanos.

La duda se apodera de las bancadas de oposición que aprobaron el dictamen que expide la ley para reglamentar la suspensión de garantías y derechos de los mexicanos. En la recta final del periodo ordinario de sesiones, los grupos parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y del Partido Acción Nacional (PAN) amagan con echarse para atrás.

El dictamen aprobado el martes 29 de marzo en la Comisión de Gobernación pretende regular la suspensión de garantías y derechos, tal como se expone en el artículo 29 de la Constitución, en casos de perturbación de la paz y el orden.

Sin embargo, las críticas hacia el dictamen, por dejar vacíos que podrían alentar la represión de la ciudadanía, ha terminado por hacer mella dentro de los legisladores del PAN y PRD que votaron, junto con el partido oficial, a favor del dictamen.
“Seguro si este tema se lleva a tribuna, el PRD y el PAN votaremos en contra porque no vemos voluntad política de parte del Ejecutivo federal [para respetar los derechos humanos]”, consideró el Diputado la bancada del sol azteca Rafael Hernández Soriano, quien hace una semana votó a favor del dictamen.

Cómo explican las bancadas este cambio de parecer en menos de una semana. De acuerdo con Soriano, el voto a favor del PRD fue hecho con base en un análisis jurídico del dictamen.

No obstante, expuso, el hecho de que este dictamen sea una mezcla entre una propuesta enviada por el Presidente Enrique Peña Nieto y otra de senadores conlleva el riesgo de que sea un premio inmerecido al dirigente del país.

“Muchos partidos calculan que Peña Nieto va ir a la ONU [este mes] y va decir que hay una ley secundaria en materia de suspensión de garantías que obedece los derechos humanos. Hay una carga política muy fuerte en este tema, que yo como última decisión política pudiera compartir. El Gobierno federal no merece que se le dé ningún aval político por la continúa violación a los derechos humanos”, detalló el legislador.

También, el PAN que apoyó el dictamen en la Comisión de Gobernación podría desestimar su apoyo.

“Estamos todavía consensuando al mismo interior de la fracción en qué sentido pueda ir nuestro voto. Todavía no estamos muy claros con respecto a esa determinación”, dijo el Diputado blanquiazul José Antonio Salas Valencia, quien pertenece a la Comisión de Derechos Humanos.


MOMENTO POLÍTICO

El partido Movimiento Ciudadano (MC), que en la primera votación del dictamen se abstuvo alegando que la propuesta les fue enviada durante Semana Santa, sin tiempo de analizarla a cabalidad, reiteró su decisión de rechazarla por las circunstancias que atraviesa el país.

“Esta ley reglamentaria no puede obviar el momento político que atraviesa el país. Ni quien sería el encargado de hacer uso de esta ley, y por lo tanto su interpretación, que es el Gobierno federal”, dijo el coordinador de MC en la Cámara de Diputados, Clemente Castañeda Hoeflich.

De acuerdo al artículo 29 constitucional, no podrá restringirse ni suspenderse el derecho a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección de la familia, al nombre, a la nacionalidad, a los derechos de la niñez, a los derechos políticos, a las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna, ni las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.

Queda prohibida la pena de muerte, la esclavitud, la servidumbre, la desaparición forzada y la tortura.

El dictamen aún conlleva serias dudas, de acuerdo con la coordinadora del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) Rocío Nahle García, quien el martes de la semana pasada dio una conferencia de prensa para rechazar el dictamen.
“No puedes quitar garantías. ¿Por cierto tiempo?, ¿por cuánto?, especifícalo, ponlo en la Ley, pon la reglamentación en la Ley, pon cuándo va a determinar el Presidente que hay condiciones, colócalo. Si hay una guerra, en una pandemia, coloca las situaciones, pon las condiciones, no lo hicieron, lo dejan abierto. Amén de quitarle garantías cuando se les ocurra”, dijo la Diputada.

En este sentido, organizaciones de derechos humanos han dicho que el dictamen podría ser una puerta para aumentar la represión de comunidades en resistencia y movimientos civiles. El Comité Nestora Libre estima que en México hay alrededor de 500 presos políticos.

Castañeda Hoeflich expuso que el Gobierno ha estado lejos de cumplir con los derechos humanos: “Como demuestran los casos de Ayotzinapa y Tlatlaya, no trabajan con los organismos internacionales, sino los persiguen como en el caso de Álvarez Icaza o el relator de la ONU en materia de Tortura”, agregó.


¿PROCESO AMAÑADO?


Según el proceso legislativo, después de pasar por la Comisión de Gobernación este dictamen debía hacer una última escala para ser votado en la Comisión de Derechos Humanos el pasado 31 de marzo. Pero ese día se anunció la cancelación de la reunión.
Esta última Comisión espera reanudar la discusión mañana. Pero, Morena ha señalado una supuesta omisión en el proceso que debía seguir el dictamen, lo que podría anular la primera votación.
“Voy a pedir concretamente que se deje sin efecto la aprobación que se hizo en la comisión de Gobernación porque viola el procedimiento del reglamento interior de la Cámara de diputados. Se supone que cuando un asunto se turna a comisiones conjuntas [en este caso Gobernación y Derechos Humanos] no pueden sesionar por separado”, dijo el Diputado de Morena Alfredo Basurto Román.

Una misiva de Morena a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados califica este asunto como un “grave problema de legalidad”.

Una misiva de Morena a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados califica este asunto como un “grave problema de legalidad”.

Y aunque la Mesa no tome cartas en el asunto, el apoyo podría surgir dentro de las comisiones pertinentes.

“El PRD estará de acuerdo en revisarlo nuevamente de forma conjunta. Hemos visto que en la opinión pública ha tomado mucha fuerza y queremos convocar a los sectores interesados en materia de derechos humanos para que den su opinión”, dijo el Diputado David Gerson García Calderón, integrante de la comisión de Gobernación.

Por su parte, el legislador del PAN, José Salas Valencia, dijo: “Sí creo que tiene razón Morena, es que son comisiones unidas, y deberíamos de haber sesionado en conjunto para tomar una decisión. Cosa que nosotros mismos dijimos. Pero por otro lado creo que buscan justificaciones cuando no tienen argumentos “.

Sobre el aparente cambio de postura del PAN y PRD, Rocío Nahle aseguró que es lo mínimo que se espera de ellos. “Es lo menos que deben de hacer, responder por las garantías de los ciudadanos, precisamente para velar por el Estado de derecho y sus garantías”.


Los legisladores coincidieron en que mañana será un día decisivo para medir si el dictamen de la Ley Reglamentaria del Artículo 29 constitucional será aprobado en este periodo de sesiones que termina este mes.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: JUAN LUIS GARCÍA HERNÁNDEZ.
LINK: http://www.sinembargo.mx/05-04-2016/1644150

Artículo 29 o el fascismo a la mexicana

México ha entrado a una nueva fase gubernamental: el Estado de excepción o lo que es lo mismo, el uso de mecanismos utilizados por regímenes totalitarios para el control de la población.

Enrique Peña Nieto se acaba de iniciar su etapa de fascismo al más puro estilo mexicano reglamentando el artículo 29 de la Constitución para la suspensión de garantías o el establecimiento de un estado de excepción por orden de él mismo.

Como cualquier dictatorzuelo, Peña Nieto quiere pasar a la historia manipulando la Constitución a su antojo bajo el pretexto de que su nueva medida autoritaria, es por si México sufre una “invasión, perturbación grave de la paz pública o bien un grave peligro o conflicto’’.

Analicemos las posibles “invasiones” que México pueda sufrir. Empecemos por Estados Unidos. ¿Le interesaría invadir nuestro país? Tal vez, le interese nuestro petróleo, pero no creo que le interesen los ciudadanos mexicanos, por lo tanto queda descartado.

El delirio suele confundir a los hombres enfermos de poder. La pregunta es pertinente: ¿Ha entrado Peña Nieto en un estado de delirio? Todo parece indicar que el señor inquilino de Los Pinos, siente pasos en la azotea y cree que una potencia extranjera invadirá México.

Tal vez, el verdadero argumento no está dicho en esa solicitud de Peña Nieto enviada al Congreso de la Unión para que sea aprobada ipso facto la suspensión de garantías. Tal vez, lo que realmente quiere el inquilino de Los Pinos es controlar la protesta social, apaciguar el enojo de los mexicanos que ya en una ocasión quemaron la puerta de Palacio Nacional por el caso de la desaparición forzada de los 43 normalista de Ayotzinapa.

Peña Nieto está asustado. Y cree que es mejor legislar el estado de excepción, la suspensión de garantías individuales y la posterior instauración de un régimen dictatorial. ¿Será capaz de dar ese paso tan decisivo en su carrera política a punto de extinguirse luego que deje Los Pinos?

Por si acaso, la reforma al artículo 29 determinará que en caso de que exista una “perturbación grave de la paz pública u otros actos que pongan a la sociedad ‘‘en grave peligro o conflicto’’, el tendrá la facultad de dar un golpe de estado para controlar a la chusma, a la prole, pues.

Los niveles de popularidad de Peña Nieto son tan bajos que ya nadie en Presidencia de la República se atreven a medirlos. Anda por los suelos. Le llueven las críticas. Los mexicanos están hartos de tanto aumento y de sobrevivir con los minisalarios; están hartos de la violación constante a los derechos humanos, del desempleo, la pobreza, el hambre, la corrupción de sus funcionarios, del saqueo de los políticos, de los gobernadores rateros, de la podredumbre del sistema.

Tal vez por eso, Peña Nieto convenció a todas las fuerzas política a aprobar semejante atentado a la libertad de los mexicanos. Y así la comisión avaló sin cambios y con los votos de PRI, PAN, PRD, PVEM, PES y Panal la legislación que apenas en diciembre envió el Ejecutivo para obtener los votos del Senado.

A los que si no pudo convencer fue a las diputadas de Morena Rocío Nahle García y Sandra Luz Falcón, quienes valientemente hablaron en contra de la iniciativa presidencial y votaron en contra.

Los que francamente si fueron exhibidos en su real dimensión fueron los legisladores del Movimiento Ciudadano como el legislador Salomón Tamez, quién al final se abstuvo, mientras que el coordinador de esta bancada, Clemente Castañeda, cobardemente no se presentó a la votación.

Después de esto, los mexicanos debemos saber que la represión gubernamental ya es legal. Ahora si que reprimir las protestas será bajo el imperio de la ley, como en las famosas dictaduras del Cono Sur.

Tal vez por eso, Peña Nieto prefirió no definir lo que se entiende por “perturbación grave de la paz pública”. Tampoco nos explica que significa eso de la existencia de un “conflicto’’, para justificar la represión.

Esta iniciativa de ley, otorga al Ejecutivo un alto margen de maniobra. Finalmente nadie podrá impugnar su autoridad.

Lo más grave, es que parece que todos están de acuerdo. Supuestamente hasta la ONU, porque según la presidenta de la comisión, Mercedes del Carmen Guillén Vicente (PRI), cuentan con “el aval” del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México.

El otro silencio ensordecedor es el de Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que como de costumbre no ha dicho ni pío. El Ombudsman Luis Raúl González Pérez, anda ocupado y no puede contradecir a su patrón, al que le paga el extraordinario sueldo que gana.

Finalmente, Peña Nieto se decidió a legalizar el estado de excepción que vivimos con el ejército y la marina en las calles. Los mexicanos padecemos un estado criminal, cuyas autoridades que se supone deben protegernos, se dedican a torturar, desaparecer y ejecutar ciudadanos. Institucionalizar vía la Constitución, es solo un paso al fascismo.

La ley Reglamentaria del artículo 29 de la Constitución solo viene a consolidar la masiva violación a los derechos humanos que padecemos. El sistema está rebasado, el sistema no funciona, el sistema gubernamental , el sistema político mexicano está podrido.

Con esta ley México deja de ser una democracia. Tal vez, nunca lo fue. Pero está claro que ahora es una partidocracia donde impera la corrupción de los partidos, las instituciones, los funcionarios, los políticos, los gobernadores, los alcaldes, los diputados, los senadores…

Es evidente que el acuerdo unánime se debe a que estos señores pretenden seguir cometiendo todo tipo de fechorías gozando de una patente de corso, ahora bajo el nombre de ley reglamentaria del artículo 29. No por nada, México ocupa el lugar 58 de 59 países con mayor impunidad.

¿Quién se atreverá a interponer un recurso de inconstitucionalidad? Nadie. Los ciudadanos no estamos representados realmente en ninguna de las instituciones que componen el gobierno, ni siquiera en las que supuestamente nos representan en la Cámara de Diputados y la de Senadores, convertidos en simples borregos a las órdenes del Ejecutivo. ¿Dónde quedó la separación de poderes?


En fin, más nos vale irnos preparando. Un país sin derechos humanos, sin libertad, sin estado de derechos, esta encaminado al abismo… ¿Qué sigue?

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: SANJUANA MARTÍNEZ.
LINK: http://www.sinembargo.mx/opinion/04-04-2016/47796

viernes, 1 de abril de 2016

Estado de excepción: derechos en riesgo

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó –con el voto de todos los partidos en ella representados, salvo los de Movimiento Ciudadano, que se abstuvieron, y los de Morena, que votaron en contra– el dictamen de la ley reglamentaria del artículo 29 constitucional, referido a la facultad del Ejecutivo federal para restringir o suspender, con la aprobación del Legislativo, derechos y garantías en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

El texto de la Carta Magna señala que tal suspensión de garantías deberá ser por tiempo limitado y que no podrá afectar el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura, ni las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.

La minuta aprobada ayer, sin embargo, estipula que la suspensión de garantías puede incluir el sacrificio temporal de derechos a la manifestación, asociación, circulación y libertad de expresión, patrimoniales, de crédito y de autor. Es decir, contradice en más de un sentido el texto constitucional que pretende regular.

Por si no bastara con la inconsistencia referida, el proyecto de ley se escuda en el argumento insostenible de que el estado de excepción puede ser una forma de tutela a los derechos humanos, como si éstos pudieran experimentar una amenaza mayor que la de ser suspendidos en su vigencia, así fuera de manera temporal.

Otra objeción importante a dicha propuesta es que no reglamenta lo que el precepto constitucional tiene de impreciso, es decir, los criterios para definir las circunstancias en las cuales resultaría admisible la suspensión de garantías. En otras palabras, cómo ha de entenderse un conflicto grave o un riesgo a la paz pública y en qué ha de consistir su gravedad. Es inquietante, asimismo, que se prevea la suspensión de garantías para casos de crisis económicas que por su gravedad puedan generar alteraciones al orden público; bastaría, según la redacción de la minuta, con que se presentara un quebranto económico significativo para declarar el estado de excepción, incluso sin que tal circunstancia llegara a causar estallidos sociales.

Por otra parte, cabe recordar que en años recientes se han presentado en diversas ocasiones las circunstancias que habrían justificado estados de excepción en varias regiones y entidades; por ejemplo, cuando se ha evidenciado expresiones de control territorial de organizaciones delictivas en Tamaulipas, Coahuila y Nuevo León, así como en puntos de Chihuahua, Baja California, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Michoacán, Guerrero, Morelos, Durango, Veracruz y el estado de México. Sin embargo, por motivos difíciles de entender, las administraciones federales anterior y actual decidieron prescindir de ese recurso constitucional –perfectamente aplicable en sus términos actuales, incluso sin necesidad de una ley secundaria– y optaron, en cambio, por medidas menos acordes con el orden legal, como el empleo de las fuerzas armadas en el combate a la delincuencia.

Con ese antecedente, es pertinente preguntarse para qué quiere el país una ley reglamentaria como la referida, que no contribuye a esclarecer y precisar el precepto constitucional, pero que introduce, en cambio, márgenes para un ejercicio de poder contrario a los derechos humanos y de signo autoritario.



Fuente: El Periódico de México
Autor: Redacción
http://elperiodicodemexico.com/nota.php?sec=Columnas-ContraEspada&id=829332

jueves, 31 de marzo de 2016

La reforma que le da poderes especiales al Presidente pasa encima de la SCJN: abogados

Especialistas en Derecho consideraron que el dictamen para reglamentar el Artículo 29 de la Constitución deja indefensa a la sociedad, sin alternativas legales de impugnación y abre la puerta a la violación de las garantías individuales.

Especialistas en Derecho Constitucional y de derechos humanos sostuvieron que el dictamen aprobado el martes pasado por la Comisión de Gobernación en la Cámara de Diputados sobre la Ley Reglamentaria al Artículo 29 de la Constitución, no sólo pone en riesgo los derechos humanos de los mexicanos en un eventual Estado de excepción decretado por el Presidente de la República, sino que también pone trabas a la facultad de impugnarlo.

“En principio los autos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación [SCJN] no pueden ser impugnados en amparo. Esto no quiere decir que si hay un exceso no puedas ampararte contra eso”, refirió René Sánchez Galindo, abogado experto en temas de derechos humanos.

El dictamen establece que cuando el Presidente considere que se afecta el orden social puede solicitar la suspensión o restricción de garantías en determinado lugar y por un determinado lapso de tiempo. Un proceso que contará con el aval en menos de 24 horas del Congreso, si se encuentra reunido, y de la SCJN para validar su constitucionalidad.

Hasta ahora, el artículo 29 de la Constitución establece que hay derechos humanos que el Estado no puede suprimir, aun cuando se declare la supresión de garantías a raíz de una causa que perturbe el orden social.

Sin embargo, la argumentación citada en el dictamen aprobado, si bien reconoce derechos elementales, también apunta excepciones: “No es descartable que ciertos derechos humanos puedan ser suspendidos o restringidos en su ejercicio, pero en todo caso, deberá existir una razón legítima fundamentada”, describe el documento –al que SinEmbargo tuvo acceso– en la página 8.

A juicio de abogados consultados, el proceso para la aplicación de las garantías judiciales que hacen valer los derechos no quedaron plasmadas en el documento, como tampoco la celeridad que podría tener una impugnación contra alguna autoridad.

El dictamen descarta la posibilidad de que un ciudadano promueva una suspensión a cualquier decreto de Estado de excepción.
“Los actos del Ejecutivo Federal que se adopten durante la vigencia de los decretos de restricción o suspensión serán impugnables a través del juicio de amparo. En estos casos no será procedente la suspensión, salvo que el acto reclamado corresponda a derechos y garantías que no hayan sido materia del decreto de restricción o suspensión”, apunta el artículo 25 del dictamen.
Hay pocos casos que puedan mostrar alternativas ante un aval de la SCJN, dijo René Sánchez. El especialista citó una en la cual la organización Greenpeace en el cual se logró modificar una decisión de la SCJN, pero no fue mediante un amparo.
“La SCJN emitió un reglamento para la tramitación de acciones colectivas. Pero la organización interpuso un recurso que se llama ‘expediente Varios’ y logró que la SCJN modificará el propio reglamento emitido”, expuso.

Por otra parte, Manuel Barquín Alvarez, constitucionalista de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), criticó la opacidad con la que el dictamen explica los derechos humanos, en los que se refieren dentro de una figura llamada “coto vedado”.

“Es necesario que se detalle, ni modo que la ciudadanía esté consultando por Internet un tratado internacional. Eso resulta hasta ridículo”, afirmó.

“Debemos ser conscientes de la falta de confianza que existe en quienes serían los encargados de ejecutar esta legislación, como son los cuerpos militares y de seguridad. Tenemos un Ejército que ha recibido en los últimos años alrededor de 150 recomendaciones por parte de la CNDH [Comisión Nacional de Derechos Humanos] sin que existan avances en su cumplimiento, que son cuestionadas por organismos internacionales y cuyos niveles de confianza ciudadana han disminuido drásticamente. Tenemos cuerpos de seguridad profundamente cuestionados por su desempeño y en algunos casos por sus nexos con el crimen organizado, en los que no confían los ciudadanos y que han sido señalados por violaciones sistemáticas a los derechos humanos”, manifestó por su parte el coordinador de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC) en la Cámara de Diputados, Clemente Castañeda Hoeflich.

El legislador, luego de abstenerse a votar la reunión de la Comisión de Gobernación, expresó: “Si colocamos a los derechos humanos en el centro de nuestra perspectiva para tomar decisiones, lo decimos con toda claridad, no podemos avalar esta minuta”.


ESTADO DE EXCEPCIÓN PARA TODOS

El General retirado Francisco Gallardo Rodríguez, quien actualmente es asesor legislativo, explicó que el dictamen no cumple con los requisitos de especificar en dónde y en qué plazo detallar una emergencia.

El artículo 10 del documento cita: “Una vez decretada la restricción o suspensión, toda persona que se encuentre en el territorio nacional está obligada a cooperar con las autoridades para la protección de personas, bienes e instalaciones a los que haga referencia el decreto en cuestión”.

Gallardo explicó a este medio que de esta forma el Estado estaría relegando sus responsabilidades a ciudadanos.
“Un Estado de excepción debe tener una jurisdicción. Yo no creo que haya un Estado de excepción a nivel nacional, podría ser en la elección presidencial, pero aquí el asunto es que la autoridad le está pasando la batuta al ciudadano común”, dijo.

El dictamen estaría dejando vacíos legales, explicó el abogado e investigador de la Universidad Iberoamericana Erubiel Tirado Cervantes, ya que no establece los supuestos en los que estaría basada la decisión presidencial.

“Una tipificación clara de los supuestos o situaciones en los que esta medida puede implementarse. Existen los supuestos limitativos, y estos se tendría que enlistar. Te dicen las causas para suspender garantías son tales y cuales. Sino, se deja una ventana abierta para siempre añadir otras causales [de decreto]”, detalló.


DETRÁS DEL DICTAMEN

El Presidente Enrique Peña Nieto envió al Congreso el 22 de octubre de 2013 esta iniciativa de reglamentación que le da al Ejecutivo facultades que no debería de tener, apuntó Gallardo.

El artículo 18 plantea: “Si durante la vigencia del decreto, el Titular del Ejecutivo Federal considera que éste debe ser modificado, propondrá la iniciativa de reforma al Congreso de la Unión o la Comisión Permanente”.

Esto, a su juicio, contradice algunos principios que utiliza el propio Estado. “Tenemos que recordar que un auto de autoridad no puede modificarse si no que se tiene que hacer otro. Un auto de suspensión de derechos debe ser por un tiempo limitado, y en una jurisdicción. Sin embargo, ya sabemos como se las gastan en el Gobierno”, dijo el General retirado.

Gallardo fue más lejos aún al decir que este dictamen está alineado con las reformas estructurales. Ya que numerosos proyectos internacionales vendrán al país a invertir, y desde ahora, hay conflictos sociales.


“En las reformas estructurales está precisamente la extracción de los recursos naturales que mucha gente no lo va a permitir. El Gobierno pretende someter a los movimientos sociales y dar permanencia al poder público”, sentenció.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: JUAN LUIS GARCÍA HERNÁNDEZ.
LINK: http://www.sinembargo.mx/31-03-2016/1642265

martes, 29 de marzo de 2016

Avanza reforma que permite estado de excepción

Ciudad de México. Con el voto de todas las bancadas, a excepción de Morena mientras que Movimiento Ciudadano se abstuvo, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, aprobó esta mañana el dictamen para reglamentar el artículo 29 de la Constitución y permitir que, a solicitud del Presidente, el Congreso de la Unión apruebe la suspensión de garantías o un estado de excepción en el país.

En su reunión de esta mañana, con el respaldo de PRI, PAN, PRD, PVEM, PES y Panal, la comisión avaló sin cambios la minuta que el Senado aprobó el 9 de diciembre pasado, con el argumento de que es preferible contar con un mecanismo que regule la atribución presidencial de suspender garantías en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

Sólo las diputadas de Morena hablaron en contra del dictamen. Presente en la reunión, Salomón Tamez (MC) guardó silencio y en la votación se abstuvo. El coordinador de esa bancada, Clemente Castañeda, que forma parte de la comisión, no se presentó.

Priístas, panistas y perredistas argumentaron que la ley, que pretenden aprobar esta misma semana en el pleno de la Cámara, no tiene como objeto la represión social, pero la coordinadora de Morena, Rocío Nahle García, resaltó que en el dictamen y en el contenido de la ley no se define “qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión”.

Anunció que presentó un voto particular y dijo que si bien la ley define que la solicitud presidencial debe pasar por la revisión del Congreso y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “el decreto de suspensión caminará hacia donde diga el Presidente. Les pregunto, como está planteada la ley, ¿hay la seguridad, está garantizado el respeto al ciudadano a decirle que se le considera una amenaza pública? No”.

Para justificar el voto de Acción Nacional, Ulises Ramírez Núñez, puso como ejemplos actos de terrorismo que han ocurrido en otros países.

Se refirió al ataque a las Torres Gemelas, a las explosiones en París y Boston, los atentados en Pakistán que “han trastocado cómo debemos regular nuestras convivencias”.

“En el caso de París se decretó un estado de excepción. Y esto causa un contra sentido a los que luchamos de hace muchos años por la defensa de las garantías y que un país democrático se sustenta en dos pilares, la seguridad y la libertad. Y es ahí donde ponemos en la balanza qué hacer”, dijo.

Sostuvo que no se trata de buscar restringir derechos políticos como el de manifestación o asociación, aunque ello no está definido en las consideraciones de la comisión.

Pero, insistió, “para el PAN es mejor tenerlo regulado que tenerlo suelto y discrecional a un solo poder. El fin último de este mecanismo es el restablecimiento y la lucha permanente por los derechos humanos y las garantías es que vemos, desde una perspectiva positiva este dictamen. Es un avance importante en la regulación de este mecanismo de restricción de garantías que deberá siempre en todo momento temporal”.

El perredista Rafael Hernández Soriano también defendió el dictamen.

Dijo que su contenido respeta los estándares internacionales en materia de protección de derechos humanos, pero cantinfleó: “Vivimos paradigmas de interpretación del derecho, en el país el derecho codificado se ha llevado al extremo de que la Constitución, dentro de las tres constituciones en el mundo, que tiene mayor número de redacción y palabras porque se ha cometido un exceso, pero con la tendencia internacional y cuando hablamos de derechos humanos, es atender el modelo que nace en Europa y que se ha extendido en todo el mundo, del derecho dúctil, de atender la situación en el momento y no atender lo que establece la ley”.

El dictamen establece que ante un riesgo a la paz pública o una invasión, se suspenderán o restringirán el ejercicio de derechos humanos y el "sacrificio temporal de derechos", entre éstos, los derechos a la manifestación, asociación, circulación y libertad de expresión, patrimoniales, crédito o de derecho de autor.

La comisión avaló incluir una lista de los peligros que justificarían una petición presidencial para suspender garantías en un estado, región o todo el territorio, bajo el argumento de que la suspensión de garantías "puede ser una forma de tutela a los derechos humanos".


El dictamen aprobado hoy establece: "Pueden mencionarse ejemplificativamente las perturbaciones de factores naturales como sismos, tormentas, huracanes, explosiones volcánicas, epidemias... Así como también revueltas internas de gran calado; incursiones de grupos armados internos; graves afectaciones a la paz o la estabilidad interna del propio Estado; crisis económicas que por su gravedad puedan generar alteraciones al orden público; eventos derribados de la intervención humana (casos fortuitos) como incendios, accidentes nucleares o liberación de plagas/epidemias; entre muchas otras".

FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: ROBERTO GARDUÑO, ENRIQUE MÉNDEZ.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/03/29/avalan-diputados-reforma-que-permite-estado-de-excepcion-851.html

jueves, 10 de diciembre de 2015

Aprueba el Senado ley reglamentaria para decretar la suspensión de garantías

MÉXICO, DF: El Senado aprobó con 88 votos a favor y 7 en contra la Ley Reglamentaria del Artículo 29 de la Constitución que establece las condiciones en las que el Estado puede decretar la suspensión o restricción de garantías.

La reforma fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis.

De acuerdo con el dictamen, para suspender o restringir garantías, en todo el país o en una región determinada, se debe justificar la existencia de una “amenaza excepcional a la paz pública”.

De ser el caso, el presidente realizará la petición al Congreso y, de ser aprobada, procederá a declarar la suspensión o restricción del ejercicio de derechos y garantías.

El dictamen deberá fundamentarse, establecer la delimitación geográfica del territorio, los derechos y garantías que serán restringidos y los que quedarán suspendidos, así como la proporcionalidad entre las medidas y la gravedad de los hechos.

En todos los casos, la solicitud de desaparición de garantías se calificará como asunto de “urgente y obvia resolución” y el Congreso deberá resolver en un plazo máximo de 48 horas.

Después, deberá remitirse al Ejecutivo para que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, además de medios impresos y electrónicos.

A través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se notificará a la Organización de Estados Americanos (OEA) y a la Organización de Naciones Unidas (ONU).

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) será la responsable de analizar la constitucionalidad y validez de los decretos que emita el Ejecutivo.

En caso de que resulte inconstitucional, la Corte ordenará el restablecimiento inmediato de las garantías e informará al Congreso y al presidente.

La Ley prevé que las acciones del Ejecutivo, durante la suspensión, podrán impugnarse a través del juicio de
amparo.


La nueva legislación faculta al Congreso a dar por terminada la situación de excepción y el Ejecutivo no podrá observar la decisión.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
FECHA: 9 REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/?p=423129