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martes, 25 de abril de 2017

Prevén aprobación de reforma que quitará facultades al Ifetel

Ciudad de México. La Cámara de Diputados aprobará una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiocomunicación que borrará las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) en materia de derecho de audiencias, y permitirá a los concesionarios de radio y televisión considerar la información política como simple publicidad.
El dictamen, que modificará 10 artículos de la citada ley, fue aprobado por la comisión de Radio y Televisión por los partidos PRI, PAN, PVEM y Nueva Alianza. Así, la Comisión de Radio y Televisión envió el documento a la mesa directiva en San Lázaro para darle trámite aprobatorio.

lunes, 17 de abril de 2017

Pide Ifetel que indígenas puedan acceder a espectro radioeléctrico

Ciudad de México. El Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) hizo una recomendación al regulador, para que se procuren los mecanismos que faciliten a los pueblos indígenas el acceso al espectro radioeléctrico y sus beneficios.
Entre las recomendaciones figura la traducción a los idiomas de los pueblos originarios, de toda la información relacionada con el uso y disponibilidad del espectro, así como incluirlos a los sistemas de telecomunicaciones y radiodifusión, lo que incluye los medios de comunicación.

miércoles, 1 de febrero de 2017

IFT violó la ley en caso Televisa, determina tribunal

De acuerdo con la sentencia inapelable anunciada este martes , el Instituto deberá volver a revisar el caso de 2015 y emitir una nueva resolución.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) violó la ley cuando resolvió, en septiembre de 2015, que Grupo Televisa no tiene poder sustancial en el mercado de televisión de paga, de acuerdo con una sentencia inapelable del Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones, difundida por Reforma.

El tribunal determinó que el IFT actuó contra el Artículo 39 Transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual contiene los parámetros de investigación para situaciones de poder sustancial, por lo cual ordenó que el Instituto vuelva a revisar el caso.

La resolución de los comisionados se elaboró con información de periodos posteriores a los ordenados por el Congreso, que no fueron parte de la indagación de la autoridad investigadora del propio IFT, cuyo dictamen preliminar señaló que Televisa tiene poder sustancial en 2 mil 124 mercados de todo el país.

La autoridad investigadora evaluó el periodo 2009 a agosto de 2014, pero el pleno usó datos de septiembre de 2014 a marzo de 2015, según los cuales la televisora investigada ya enfrenta más competencia de empresas como Total Play, Dish y Megacable.


En caso de que la nueva indagación del Autoridad también encuentre poder sustancial, el IFT deberá imponer a Televisa medidas “oportunas, razonables, idóneas y pertinentes“, pero el dictamen de la instancia investigadora no es vinculante para el pleno del Instituto, por lo que los comisionados no están obligados a concluir que hay poder sustancial.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/0102/mexico/ift-violo-la-ley-en-caso-televisa-determina-tribunal/

viernes, 25 de noviembre de 2016

Emite IFT convocatoria para la licitación de 148 canales de televisión

CIUDAD DE MÉXICO: El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer la convocatoria para la licitación pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 148 canales de transmisión para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital.


Hasta ahora han manifestado su interés en la licitación alrededor de 25 personas y grupos empresariales, según dio a conocer Carlos Sánchez, director general de economía del espectro de recursos orbitales del IFT.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el organismo explicó que los interesados, participantes y participantes ganadores quedarán sujetos a la Constitución, así como a los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano, a las leyes, reglamentos, normas oficiales mexicanas, acuerdos interinstitucionales, y disposiciones técnicas y administrativas aplicables.

Añadió que evaluará el cumplimiento de las capacidades administrativa, técnica, jurídica y financiera de los interesados, además de otros requisitos establecidos.

Luego de precisar que la banda de frecuencias correspondiente a los lotes ocho y 88 está por definirse, dijo que eso se debe a que son parte del proceso de coordinación entre los gobiernos de México y Estados Unidos con base en el Plan de Adjudicación de canales de Televisión Digital Terrestre en la zona de la frontera común.


Los canales 148 canales de transmisión se ofrecerán a través de una subasta de puntaje en formato de reloj donde el Valor Mínimo de Referencia (VMR) va desde 13 mil pesos en Bahía de Los Ángeles, Baja California, hasta 425 millones 929 mil pesos en la Ciudad de México y Área Metropolitana.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/463942/emite-ift-convocatoria-la-licitacion-148-canales-television

lunes, 17 de octubre de 2016

Ifetel presume disminución de precios en telefonía móvil en 2015

En la modalidad de pospago, 12% de los planes ofrecían una canasta de minutos de voz y SMS ilimitados; 63% ofrecía una canasta de hasta 192 megabytes y otro 47% incluía redes sociales.

En el último año, la oferta de los operadores de telefonía móvil registró una disminución en sus precios de pospago y prepago, mientras que los beneficios a los consumidores incrementaron, informó un estudio del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).

En el “Reporte de Evolución de Planes y Tarifas de Telefonía Móvil 2015-2016”, el organismo señala que en 2015, en la modalidad de pospago, 12 por ciento de los planes ofrecían una canasta de minutos de voz y SMS ilimitados; 63 por ciento ofrecía una canasta de mil 24 a ocho mil 192 megabytes y otro 47 por ciento incluía acceso a redes sociales.

Abundó que este año 61 por ciento de los planes incluye una canasta de minutos de voz y SMS ilimitados; 73 por ciento incluye una canasta de mil a ocho mil 448 megabytes y 98 por ciento de los planes incluye acceso a redes sociales, cuyas condiciones aplicables varían de acuerdo a cada concesionario.

De acuerdo con el Ifetel, al realizarse un ejercicio de simulación de consumo entre planes similares y sus costos adicionales para cada año, se observó que el gasto que destina el usuario a su consumo final disminuyó en 2016, debido al incremento de la canasta de servicios incluidos.

A su vez, la oferta de los concesionarios en la modalidad de prepago, el costo del minuto de voz para las diferentes recargas por concesionario decreció entre 33 y 100 por ciento; seguido del costo de los SMS, cuya reducción oscila entre cero y 100 por ciento.

El organismo regulador destacó que la baja en el costo del megabyte para diferentes recargas por concesionario oscila entre 43 y 99 por ciento en 2016 en comparación con los observados el año pasado.


En cuanto a los esquemas de prepago que ofrecen los Operadores Móviles Virtuales (OMV), el organismo precisó que se consideraron seis planes en 2015 y 2016, de los cuales dos disminuyeron sus costos de minutos de voz, SMS y megabytes este año respecto a 2015.

Reporte Evolucion Tarifaria Movil-Vf-Acc02 by Aristegui Noticias on Scribd



FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/1710/mexico/ifetel-presume-disminucion-de-precios-en-telefonia-movil-en-2015/

jueves, 22 de septiembre de 2016

Propone Peña a Javier Juárez Mojica como nuevo comisionado del IFT

CIUDAD DE MÉXICO: El presidente Enrique Peña Nieto envió esta mañana al Senado la propuesta de Javier Juárez Mojica, actual titular de la Unidad de Política Regulatoria, como nuevo comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) por un periodo de 9 años, en sustitución de Fernando Borjón, quien concluyó su mandato en marzo de este año.

También envió la propuesta de Brenda Gisela Hernández como aspirante a comisionada en la Comisión Federal de Competencia Económica.

En el oficio firmado por el propio Peña Nieto, se establece que Juárez Mojica “cuenta con una trayectoria profesional y académica en el sector telecomunicaciones y radiodifusión que lo acredita como candidato idóneo”.

Juárez Mojica fue funcionario de la antigua Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) y colaborador cercano del excomisionado José Luis Peralta, con quien trabajó en el proyecto de portabilidad numérica.


Como titular de la Unidad de Política Regulatoria, Juárez Mojica sustituyó a Luis Lucatero. Es una de las áreas más sensibles y estratégicas del IFT por estar involucrada en temas conflictivos. Mojica fue un impulsor clave de los Lineamientos de Colaboración con la Justicia para eliminar los elementos anticonstitucionales que fueron impugnados por organizaciones civiles y activistas digitales.

También ha sido uno de los responsables de sacar adelante el proyecto de Red Compartida, uno de los más ambiciosos del actual gobierno federal, así como el de la línea 911 para denuncias de delitos.

El nombre de Juárez Mojica surgió de la lista elaborada por el Comité de Evaluación del IFT, entre los que se encontraban Ramiro Castillo, Pascual García Alba, José Oropeza García y Francisco Javier Soto Alvarez.


Los expertos en telecomunicaciones consultados consideran a Juárez Mojica como un ingeniero con amplia capacidad técnica, impulsor de “El Que Llama Paga”, y ajeno a las presiones de los grandes consorcios mediáticos y de telefonía que dominan el sector.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/455911/propone-pena-a-javier-juarez-mojica-nuevo-comisionado-del-ift

lunes, 1 de agosto de 2016

Ifetel bloqueará señal en reclusorios

Ciudad de México. El Instituto Federal de Telecomunicaciones publicó la disposición técnica en la que establece las especificaciones y requisitos que deberán cumplir los equipos para bloquear señales de telefonía celular en reclusorios.

Estos equipos sólo podrán usarse en el perímetro de los centros de readaptación, a fin de evitar interferencias con otros servicios de telecomunicaciones.

Estos equipos podrán ser usados a partir de octubre después de haber sido certificados en laboratorios especializados.

Los centros de readaptación social, reclusorios, centros de internamiento para menores o cualquiera que sea la denominación para este tipo de instituciones que ya tengan equipos de bloqueo, tendrán dos años para adaptarlos a la nueva disposición técnica.


La banda de 380 megahertz que se emplea para las aplicaciones de seguridad pública no deberá ser bloqueada.

FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: MIRIAM POSADA.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/08/01/ifetel-implementara-equipos-de-bloqueo-de-senal-en-reclusorios

sábado, 23 de julio de 2016

IFT otorga 4 concesiones para frecuencias de uso social comunitario

El Instituto de Telecomunicaciones resolvió autorizar la transición de 23 permisos de radiodifusión al nuevo régimen de concesiones, según lo dispuesto en la propia Ley.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) otorgó cuatro concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, así como su respectiva concesión única, para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) para uso social comunitario.

Una de ellas se otorgó a De Corazón Purépecha, que prestará el servicio en la localidades de Ario de Rosales, Nuevo Urecho, Huacana y Turicato en el estado de Michoacán; su solicitud fue presentada al amparo del Programa Anual de Bandas de Frecuencias 2015 emitido por el instituto.

De la misma forma, resolvió autorizar la transición de 23 permisos de radiodifusión al nuevo régimen de concesiones, según lo dispuesto en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

Por lo que corresponde al servicio de televisión radiodifundida digital, se autorizó la transición de 12 permisos al régimen de concesión para uso público y dos permisos al régimen de uso social.

Respecto al servicio de radiodifusión sonora se autorizó a tres permisionarios en onda corta transitar al nuevo régimen de concesión de uso público y, de igual forma, se aprobó la transición de seis permisos al régimen de concesión de uso social.

En todos los casos se aprobó, respectivamente, el otorgamiento de igual número de concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de radiodifusión y, en su caso, una concesión única.

Los permisionarios solicitantes son del Estado de México, Aguascalientes, San Luis Potosí, Tlaxcala, Querétaro, Nuevo León y la Universidad Juárez del Estado de Durango, así como la Secretaría de Educación Pública, la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.


“Cabe señalar que queda pendiente la formal notificación a los interesados de las resoluciones aprobadas en los términos de la legislación aplicable”, de acuerdo con un comunicado del organismo regulador en telecomunicaciones.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/2207/mexico/ift-otorga-4-concesiones-para-frecuencias-de-uso-social-comunitario/

miércoles, 4 de mayo de 2016

Piden diputados al IFT explicar por qué negó concesiones de radio a nahuas

PUEBLA, Pue: Las comunidades nahuas de San Bernardino Tlaxcalancingo y Santa María Zacatepec consiguieron que la Cámara de Diputados emitiera un punto de acuerdo para pedir al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que justifique su negativa para otorgarles concesiones de radio de uso social.

En el punto de acuerdo aprobado por las comisiones de Comunicaciones y de Radio y Televisión, los legisladores demandan al IFT que haga públicos los “detalles técnicos” y exponga de manera fundamentada las razones por las cuales no existe disponibilidad espectral en la región del municipio de Cholula, donde se localizan ambas comunidades.

De igual manera, solicitan que las disposiciones que rigen la eficiencia espectral no sean utilizadas “como un medio de restricción y discriminación a los pueblos indígenas para su acceso a los medios de comunicación”, y que haga valer la reserva de 10% del espectro radioeléctrico para estaciones comunitarias e indígenas.

En 2015 el IFT negó a las dos comunidades la solicitud para obtener concesiones radiofónicas, bajo el argumento de que no existía disponibilidad espectral en esa zona de Cholula.

Aunque los pobladores recurrieron a un amparo para pedir que se realizara un peritaje que comprobara la justificación del IFT para negarles la concesión, hasta la fecha no se ha presentado un estudio detallado que fundamente su decisión, señala el punto de acuerdo propuesto por los diputados Virgilio Caballero y Ángel Antonio Hernández, ambos de Morena.

Señala, por otra parte, que el IFT tiene la obligación de prestar asistencia técnica para facilitar el cumplimiento de los requisitos a las estaciones que pretendan obtener una concesión de uso social, tal como lo dicta la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

De acuerdo con Radio Cholollan, que actualmente hace transmisiones por internet, de mil 625 concesiones de AM y FM que actualmente operan en México, sólo 16 pertenecen a comunidades.

Y recuerda que a partir de que transmitió una serie de contenidos sociales y de denuncia en contra de acciones del gobierno de Rafael Moreno Valle, elementos de las policías Federal y Estatal arribaron a sus instalaciones en agosto de 2014 para asegurar el equipo con el que hacían sus transmisiones.

En sus espacios noticiosos la radio comunitaria se pronunció por la libertad de los presos políticos y en contra de la expropiación de terrenos para la construcción del Parque de las Siete Culturas en Cholula, y de la centralización de las oficinas del Registro Civil que afectaba a las comunidades indígenas de Puebla.

Con el apoyo de la comunidad, los comunicadores sociales volvieron a adquirir equipo para mantener sus transmisiones vía internet.

Lo mismo ocurrió con Radio Zacatepec, que también difundía información sobre temas controversiales para el gobierno estatal, en especial sobre la construcción del Gasoducto Morelos.

Bajo el argumento de una denuncia anónima por supuesta venta de drogas, elementos de la Policía Estatal intervinieron esa estación para asegurar el equipo y el inmueble desde donde hacían las transmisiones.


De acuerdo con los comunicadores, al hacer la revisión, la policía no localizó ninguna prueba de la supuesta denuncia, pero hasta esta fecha mantiene abierto el expediente y el inmueble asegurado.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GABRIELA HERNÁNDEZ.
LINK: http://www.proceso.com.mx/439424/piden-diputados-al-ift-explicar-nego-concesiones-radio-a-nahuas

viernes, 29 de abril de 2016

IFT investigará posibles prácticas monopólicas en interconexión e internet

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) informó del inició de una investigación por denuncia bajo el número de expediente AI/DE-002-2016, por la probable comisión de conductas contrarias a la legislación aplicable en materia de competencia económica.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) publica el aviso de inicio de investigación, luego de que la autoridad investigadora del instituto consideró necesario el ejercicio de su facultad investigadora por la posible comisión de diversas prácticas relativas.

Las cuales se encuentran establecidas en las fracciones V, XI y XII del artículo 56 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), en los mercados de servicios de interconexión; acceso a Internet de banda ancha; Internet directo empresarial; acceso y uso compartido de infraestructura activa y/o pasiva, y servicio de fibra obscura.

El Ifetel precisa que el objetivo de este procedimiento indagatorio de carácter administrativo es recabar los medios de prueba que permitan determinar si existen o no los actos prohibidos por la Ley Federal de Competencia Económica.

Indica que el presente acuerdo se refiere sólo al inicio de un procedimiento indagatorio de carácter administrativo en el que aún no se han identificado en definitiva los actos que, en su caso, puedan constituir una violación a la normativa en materia de competencia económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

Asimismo, tampoco está determinado en definitiva el o los sujetos a quienes, en su caso, se les deberá oír en defensa como probables responsables de una infracción a la misma.

El instituto destaca que el periodo de investigación no podrá ser inferior a 30 días hábiles ni exceder de 120 días hábiles, contados a partir de la emisión del acuerdo de inicio.

Agrega que el periodo de investigación podrá ser ampliado hasta en cuatro ocasiones, por periodos de 120 días, cuando existan causas debidamente justificadas para ello y a juicio de esta Autoridad Investigadora.

Detalla que con fundamento en el artículo 62, fracciones VIII y X del Estatuto Orgánico se turna el presente asunto a la Dirección General de Prácticas Monopólicas y Concentraciones Ilícitas del Ifetel para el efecto de que tramite y realice la investigación correspondiente.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/2904/mexico/ift-investigara-posibles-practicas-monopolicas-y-de-competencia/

martes, 22 de marzo de 2016

Decisión histórica para la radio

El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tomó una decisión trascendental en materia de radio, que permitirá que se incorporen nuevos operadores en la banda de FM en ciudades como la de México, Monterrey o Guadalajara.

Es una resolución histórica, nada fácil para los comisionados, ante la enorme presión que ejerció la industria radiofónica comercial para que no se aprobara, ya que en su opinión esta reforma generaría problemas técnicos (interferencias) y aumentará la cantidad de estaciones en un mercado, dicen, ya saturado.

El cambio a la norma consiste esencialmente en lo siguiente: cuando no exista disponibilidad espectral alguna con separación a 800 KHz, el Instituto podrá establecer una separación entre frecuencias de 400 KHz como mínimo para estaciones de FM que operen en una misma localidad, siempre y cuando se garantice su operación conforme a los parámetros técnicos.

Esto significa que, por ejemplo, en el espacio entre Radio Red FM, que se ubica en los 88.1 MHz, y Siempre, en el 88.9 MHz, existe la posibilidad de que pueda funcionar una nueva estación a la mitad, es decir, en los 88.5 MHz, en la Ciudad de México. Y así en todo el cuadrante de la banda de FM en cada una de las plazas o ciudades del país.

La decisión se tomó luego de que el IFT llevó a cabo una consulta pública del proyecto, del 9 de octubre al 20 de noviembre de 2015, proceso en el que se recibieron, informó el órgano regulador, 21 participaciones, “que fueron valoradas y, en su caso, incluidas en la conformación del proyecto final”.

Antes de la consulta el IFT elaboró un exhaustivo estudio técnico, que incluyó pruebas de campo con la emisora Ibero 90.9, la cual transmite a 400 KHz de separación de Imagen 90.5 y Alfa 91.3. La investigación concluye: “es viable la operación de estaciones de radiodifusión en FM, tanto en modo analógico como en digital, con separación de frecuencia entre portadoras principales menores a 800 KHz, sujeto al análisis técnico previo de caso por caso para confirmar su viabilidad técnica”.

En la capital, además de Ibero Radio, hay tres emisoras que transmiten con separaciones menores a los 800 KHz con respecto de otras estaciones y que reconfirman que la actualización de la normatividad técnica se había detenido artificialmente por varios lustros: UAM Radio 94.1 (entre Joya 93.7 MHz y Opus 94.5 MHz), el Politécnico en Radio 95.7 MHz (entre Amor 95.3 MHz y Radio UNAM 96.1 MHz) y Horizonte 107.9 (a 600 KHz de La Z, que opera en los 107.3 MHz).

De esta manera, se abre la puerta, ya sin obstáculos, para que emisoras históricas como Radio Educación –que transmite en los 1060 KHz en la Ciudad de México- pueda acceder, después de muchos años de gestiones, a un canal en la banda de FM, como ha sucedido con más de 500 concesionarios de frecuencias de AM, que pudieron migrar a la banda de FM con base en el benevolente Acuerdo calderonista del 15 de septiembre de 2008.

En declaraciones a La Crónica, Alejandro Navarrete, director de la Unidad de Espectro Radioeléctrico del IFT, dijo que hasta ahora el órgano regulador “no ha identificado un número definitivo de las nuevas estaciones que podrían aparecer con esta medida, debido a que se están realizando los estudios técnicos necesarios”.

No obstante, agregó, la decisión permitirá abrir espacios para algunas de las 171 estaciones de AM que quedaron pendientes de migrar a la FM por falta de espacio en el cuadrante, al tiempo que podrían agregarse nuevas estaciones comerciales en una licitación.

En el caso de la Ciudad de México, sin duda la plaza más competida en el país, ¿cuántas nuevas estaciones podrían operar con la nueva norma técnica? Independientemente de los estudios técnicos complementarios, desde hace algunos años fueron identificados los siguientes canales: 89.3 MHz, 91.7 MHz, 94.9 MHz, 97.3 MHz y 106.9 MHz. También, aunque con transmisores de menor potencia, los canales 88.5 MHz, 96.5 MHz, 98.1 MHz, 102.9 MHz y 105.3 MHz.

Es decir, con la modificación a la norma, sólo en la Ciudad de México se podría dar cabida a entre 5 y 11 nuevas radiodifusoras. En otras localidades del país, esta cifra podría ser similar o más elevada.

En un escenario así, lo justo sería que en la capital migren a esa banda las emisoras de AM que no forman parte de un grupo que ya cuenta con emisoras de FM. Por ejemplo, como ya se dijo, Radio Educación, y comerciales como ABC Radio. También sería una oportunidad para que proyectos radiofónicos como Código, que impulsa el gobierno de la Ciudad de México en internet, puedan transmitir en radio abierta.


Esperamos que pronto el IFT publique la nueva norma en el Diario Oficial de la Federación, que alienta el anhelo de tener una radio con más propuestas de contenidos y más voces. No dejemos que fracase este objetivo.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: GABRIEL SOSA PLATAS.
LINK: http://www.sinembargo.mx/opinion/22-03-2016/47445

martes, 15 de marzo de 2016

Televisa no es agente sustancial en televisión de paga, resuelve el IFT

La resolución alude a la adquisición del 100 por ciento de las acciones de Cablevisión Red (Telecable) por parte de diversas empresas pertenecientes a Grupo Televisa.

No existen elementos suficientes para acreditar la existencia de un agente económico sustancial en televisión de paga, resolvió el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

La resolución -informó el IFT en un comunicado- se refiere a la adquisición del 100 por ciento de las acciones de Cablevisión Red (Telecable) por parte de diversas empresas pertenecientes a Grupo Televisa.

Este procedimiento se derivó de la solicitud de un aviso de concentración hecho llegar al IFT en enero del año pasado, la cual fue turnada a la Autoridad Investigadora del Instituto.

El comunicado completo del IFT:

EL PLENO DEL IFT RESOLVIÓ QUE NO EXISTEN ELEMENTOS SUFICIENTES PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DE UN AGENTE ECONÓMICO CON PODER SUSTANCIAL EN MERCADOS DE TV DE PAGA

La resolución se refiere a la adquisición del 100% de las acciones representativas del capital social de Cablevisión Red, S.A. de C.V. (Telecable), por parte de diversas empresas pertenecientes al Grupo de Interés Económico encabezado por Grupo Televisa, S.A.B. (GTV)
En su VI sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero pasado, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el procedimiento seguido para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado de servicios de televisión y audio restringidos con número de expediente AI/DC-002-2015.

Este procedimiento se derivó de la solicitud de un aviso de concentración hecho llegar al IFT el ocho de enero de 2015, relacionado con la adquisición del 100 por ciento de las acciones representativas del capital social de Cablevisión Red, S.A. de C.V. (Telecable), por parte de diversas empresas pertenecientes al Grupo de Interés Económico encabezado por Grupo Televisa, S.A.B. (GTV). El 20 de abril de 2015, el Pleno del IFT resolvió sobre el aviso de concentración y ordenó dar vista a la Autoridad Investigadora (AI), unidad dotada de autonomía técnica y de gestión.

Así, en términos del quinto párrafo del Artículo Noveno Transitorio del Decreto que expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), la AI inició el veintinueve de abril de 2015, una investigación para determinar la probable existencia de agentes económicos con poder sustancial en el o los mercados de redes de telecomunicaciones que presten servicios de voz, datos o video, a nivel nacional, estatal, regional y/o local. La investigación finalizó en julio del mismo año, por lo que se emitió el Dictamen Preliminar correspondiente en septiembre del dos mil quince, en el cual se concluyó que GTV, tras la concentración referida, adquirió o incrementó su Poder Sustancial en 63 mercados relevantes en la provisión de servicios de televisión y audios restringidos (STAR).

Después de la publicación del Dictamen Preliminar en el Diario Oficial de la Federación, los interesados en el procedimiento pueden presentar manifestaciones y ofrecer pruebas a consideración del Instituto. En este procedimiento se recibieron manifestaciones y pruebas por parte de GTV y diversos agentes económicos competidores y usuarios de los mercados analizados.

Una vez considerado lo anterior, el Pleno determinó el 29 de febrero de 2016 que no existen elementos suficientes para determinar la existencia de un agente económico con poder sustancial con base en la información del Expediente. En concreto, determinó que no existen elementos suficientes en éste que permitan concluir que GTV puede fijar precios de manera unilateral o restringir el abasto en los mercados analizados sin que sus competidores puedan contrarrestar dicho poder.

En su análisis, el Pleno determinó lo siguiente:

· Los servicios de provisión de audio y video a través de televisión radiodifundida, los OTT (Over The Top) y la exhibición de películas grabadas en sala, así como en diversos formatos (Blu-Ray, DVD, entre otros) no son sustitutos del STAR.

Además, los OTT no son sustitutos de los servicios de televisión de paga, pues no cubren todas las categorías de contenido que ofrecen los proveedores de STAR, ni incluyen canales de mayor audiencia. Además, para tener acceso a ellos es necesario contar con un dispositivo de acceso a Internet, y quienes proveen el servicio de OTT no necesitan una concesión para ello como sí lo requieren los proveedores de STAR.

· En relación al análisis de mercado relevante, es necesario conocer la dinámica competitiva existente entre plataformas multiservicio y aquellas que ofrecen únicamente STAR. También habría sido necesario contar con un análisis que considerara la sustitución entre paquetes de gama alta del STAR contra los más bajos. Finalmente, no se encontró certidumbre sobre la dimensión geográfica del mercado analizado.

· No se tienen elementos suficientes para determinar que GTV tiene la capacidad de limitar el acceso de otros proveedores del STAR a canales de televisión y otros contenidos relevantes. Además, GTV tiene la obligación regulatoria de dar acceso a sus competidores a los canales de TV Radiodifundida de mayor valor para las audiencias (i.e. must offer), situación que le impide usar estos insumos para limitar la capacidad de competir a otros proveedores del STAR.

· En el sentido de poder sustancial, si bien las empresas que actualmente forman parte de GTV cuentan con la mayor participación en términos de suscriptores, este elemento no basta para declararlo con poder sustancial. Es decir, una alta participación de mercado no se traduce en la capacidad unilateral de fijar precios o restringir el abasto dentro de un mercado. Asimismo, sus competidores han crecido e incrementado su participación en el periodo analizado en la Resolución.

· El crecimiento del mercado de televisión de paga se refleja en un aumento de 21.7 por ciento de usuarios entre septiembre de 2013 y septiembre de 2015, y no existen dentro del Expediente elementos para acreditar que los competidores de GTV no puedan expandir sus operaciones. Lo anterior, toda vez que en el mismo periodo Dish aumentó su participación de 14.3 por ciento a 16.8 por ciento y Megacable pasó de una participación de 14.9 por ciento a 15.2 por ciento. Por su parte, la participación de todas las empresas que actualmente conforman GTV pasó de 64.2 por ciento a 61.1 por ciento. De los 3.1 millones de usuarios nuevos que se registraron en el STAR, 28.4 por ciento fueron para Dish y 16.6 por ciento para Megacable.

De forma desagregada, durante ese periodo en la plataforma de cable, GTV pasó de tener 54.3 por ciento a 50.5 por ciento de participación de mercado; y en la satelital de 73 por ciento a 69.7 por ciento.

Por lo anterior, el Pleno resolvió que no se acreditaron los elementos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para determinar la existencia de un Agente Económico con poder sustancial en el STAR toda vez que la información del Expediente y Dictamen Preliminar no tienen los elementos suficientes que permitan a esta autoridad resolver que se actualiza la fracción I del artículo 59 de la LFCE.

En términos de lo dispuesto por el artículo 96 de la LFCE, la resolución será publicada en los próximos días en el portal de Internet del Instituto y los datos relevantes en el Diario Oficial de la Federación.

Asimismo, el Pleno ha emitido resoluciones relevantes sobre el STAR en los siguientes expedientes:

DC-001-2014 se emitió resolución el 30 de septiembre de 2015. La investigación inició derivado del artículo Trigésimo Noveno Transitorio del Decreto que expide la LFTR.
DC-002-2014 en el cual se emitió resolución el 2 de noviembre de 2015. La investigación versó sobre los efectos de una concentración previa entre GTV y Grupo Cable TV, S.A. de C.V.


Para resolver sobre condiciones de competencia en los mercados, se emplea un procedimiento especial previsto en el artículo 96 de la LFCE. Estos procedimientos tienen el objeto de dictaminar y no de sancionar, y no impiden analizar con posterioridad las condiciones de competencia que prevalecen, razón por la cual el IFT continuará con la labor de estudiar las condiciones que prevalecen en éste y otros servicios de telecomunicaciones y radiodifusión con el objeto de tener, en el ámbito de sus atribuciones, una intervención efectiva y oportuna para proteger y promover la competencia efectiva.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/1503/lomasdestacado/televisa-no-es-agente-sustancial-en-television-de-paga-resuelve-el-ift/