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lunes, 18 de mayo de 2015

“Olvidos” en la ley de transparencia

MÉXICO, D.F: El 4 de mayo último se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), que sustituye parcialmente a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. El tema no es menor ni accesorio. La ley tiene claroscuros que no se han analizado suficientemente. De ahí la oportunidad y pertinencia de hacerlo. Veamos.

Primero. En la parte de fondo, el articulado de la LGTAIP puede calificarse como lo mejor de lo posible en la circunstancia política concreta. La ampliación de sujetos obligados –entre ellos partidos políticos y sindicatos–, el número de los rubros comunes a todos ellos –es decir, la información que debe ser puesta a disposición del público sin necesidad de solicitarla–, así como la adicional para otros, y un loable punto relativo al sector energético, rubrican mis palabras.

Pero se sacrificaron varios puntos en aras de lo anterior. En efecto, la LGTAIP, y previamente la reforma constitucional en la materia, dejaron fuera algunas importantes conquistas previas, entre ellas el principio de definitividad inapelable que en la ley de 2003 dejaba al IFAI el incremento de causales de clasificación. En la LGTAIP tampoco se pudo avanzar en los tiempos de resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando el consejero jurídico impugne alguna resolución del ahora denominado Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). No hay claridad sobre el tiempo que la SCJN tiene para cumplir su papel. Puede ser breve o puede durar años en perjuicio del derecho a saber.

Segundo. En lo que se refiere a la forma, adjetiva, en la LGTAIP se “olvidó” un asunto que más temprano que tarde tendrá un impacto negativo en el derecho a saber. En efecto, en la parte de transitorios no se incluyeron dos aspectos fundamentales. El primero consiste en que los bienes muebles e inmuebles, junto con el personal del IFAI, pasen a formar parte del INAI. En este tema el único asidero legal es el que reside en el artículo décimo transitorio de la reforma constitucional en materia de transparencia de 2014, que a la letra dice: “Los recursos financieros y materiales, así como los trabajadores adscritos al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, se transferirán al organismo público autónomo creado. Los trabajadores que pasen a formar parte del nuevo organismo se seguirán rigiendo por el apartado B del artículo 123 de esta Constitución y de ninguna forma resultarán afectados en sus derechos laborales y de seguridad social”. No hay, empero, nada que disponga de manera expresa que los recursos del IFAI y sus trabajadores serán parte del INAI. No existe una transición legal entre el IFAI –el órgano garante autónomo previsto en la Constitución– y el INAI.

Tercero. El segundo problema todavía más grave es que al legislador se le “olvidó” también incluir en los artículos transitorios de la LGTAIP que los comisionados nombrados por el Senado para integrar el Órgano Garante lo serán del INAI al que se refiere la mencionada ley. Esto, que pudiera parecer una minucia, en realidad es una omisión grave, a la luz de los siguientes razonamientos: a) La autoridad, en los términos del artículo 16 constitucional, debe fundar y motivar sus resoluciones. Si un particular en posesión de datos personales impugna una resolución porque los comisionados nombrados por el Senado no lo son del INAI –no expresamente ni en la Constitución ni en la ley–, y porque carecen de competencia, lo propio podría invocar el consejero jurídico de la presidencia al ser la ventanilla de los sujetos obligados para impugnar las resoluciones del INAI cuando lo haga en nombre y representación, por ejemplo, de un partido político o de un sindicato; b) En la doctrina hay dos posturas sobre este tema: una, la denominada “incompetencia de origen” (entendida como la falta de atribuciones de los comisionados del IFAI que no lo son del INAI) generará que se invaliden sus resoluciones. Hay, por otra parte, quienes sostienen que los actos de autoridad no pueden quedar sin efectos, pero se deja abierta la puerta para que los comisionados sean objeto de sanción al actuar como autoridad sin tener facultades expresas para ello, hecho derivado de su falta de nombramientos como comisionados del INAI.

En suma, este “olvido” deja en incertidumbre legal a los comisionados y a la sociedad. Estoy convencido de que este “olvido” no fue producto de la impericia de los legisladores y su equipo jurídico. Al contrario, fue debidamente planeado para cuando se necesite. De esta suerte, todo lo que se ha avanzado en la parte del fondo del derecho a saber podría tener escollos –es muy posible que los tendrá– en su ejercicio. Y será seguramente la SCJN la que termine por resolver el “descuido” legislativo, lo que llevará tiempo. Esto último provocará que la transparencia se convierta, por lo menos en el corto y mediano plazos, en una apariencia en los temas y asuntos que rebasen el umbral de apertura de los nuevos sujetos obligados.


Como de manera recurrente pasa, todo lo ganado se irá por la borda hasta que la SCJN o el Congreso decidan aprobar una reforma a la LGTAIP, pues no bastaría un acuerdo presidencial para enmendar este gravísimo “olvido”. En el 2003 pudo salvarse la autonomía legal del IFAI bajo la figura del acuerdo presidencial porque el órgano garante formaba parte de la Administración Pública Federal, pero hoy no es el caso.  

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ERNESTO VILLANUEVA.

martes, 5 de mayo de 2015

Hágase la luz

El presidente Enrique Peña Nieto promulgó ayer la esperada Ley General de Transparencia; aseguró mayor rendición de cuentas.

Con la Ley General de Transparencia, México amplia y fortalece los mecanismos de acceso a la información que serán de carácter nacional y permitirá que el Estado mexicano adopte el nuevo paradigma de un gobierno abierto, afirmó el presidente Enrique Peña Nieto.

En el acto de promulgación de esta nueva ley, realizado ayer en Palacio Nacional, Peña Nieto dijo que esta legislación cerrará espacios a la opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y la hará más clara, además de que generará más confianza en la sociedad pues amplía la participación ciudadana en favor de la transparencia.

El mandatario destacó el compromiso de los representantes del Estado mexicano a favor de la transparencia y afirmó que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece un nuevo paradigma para que los servidores públicos trabajen en conjunto con la sociedad para hacer de su gestión una más abierta y cercana.

En su mensaje, Peña Nieto recordó que la Constitución reconoce en el artículo 6 el derecho de acceso a la información pública como un derecho humano y que para hacerlo efectivo en todo el país se promulga su ley reglamentaria.

Características de la ley

El presidente enlistó algunas característica de esta ley, entre ellas que amplía en número de sujetos obligados, incluyendo a particulares que ejerzan recursos públicos; homologa las facultades de los órganos garantes de la transparencia en todo el país con una misma norma regulatoria y amplía la garantía de la información. 

También implica un principio de máxima transparencia al disminuir las causas de reserva de la información y fortalece la defensa de los ciudadanos, porque aumenta en 15 causas las posibilidades de que la población se queje de que los funcionarios le nieguen información.

Del mismo modo el presidente de la República destacó que la nueva ley de transparencia incluye la creación de consejos consultivos en el que participan ciudadanos para garantizar la difusión de la información. 

Aclaró que los mexicanos tienen derecho a conocer cómo y en qué se invierten los recursos públicos, a saber qué hacen sus autoridades y a saber cuáles con sus resultados. 


“En nuestro país, la democracia y el acceso a la información han evolucionado juntos, reforzándose mutuamente”, expresó.

FUENTE: REPROTE INDIGO.
AUTOR: STAFF

viernes, 17 de abril de 2015

Las 5 claves que debes saber sobre la nueva Ley de Transparencia

Entre otras cosas, contempla que no podrá clasificarse como reservada aquella información que este relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.

Cuatro meses después iniciar el proceso legislativo, la Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información con 264 votos a favor, 68 en contra y una abstención y entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El dictamen fue aprobado como lo envió la Cámara de Senadores y sin modificar el artículo 13 transitorio, que da plazo hasta el 30 de agosto para que las Cámaras del Congreso cumplan con las disposiciones de transparencia a través de un programa de reorganización administrativa.

Aunque la ley fue apoyada por la mayoría de diputados, excepto los del Partido del Trabajo y Morena, la discusión se alargó en tribuna durante poco más de cinco horas y rechazaron las reservas presentadas por el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano.

En la construcción de la iniciativa, organizaciones de la sociedad civil participaron en diferentes foros para aportar sus propuestas y el Colectivo por la Transparencia integrada por agrupaciones como la Red por la Rendición de Cuentas y Fundar, defendieron el avance de la legislación.

Aunque en diciembre los senadores habían presentado una iniciativa, en enero, el Colectivo identificó que tanto el PRI, como el representante de la Presidencia de la República incluyeron en el documento “disposiciones regresivas”, que tenían como objeto “debilitar y someter al sistema de transparencia propuesto, minimizar al IFAI y aletargar/entorpecer el derecho a la información de los ciudadanos”.

Finalmente, a través de foros con la sociedad civil y un decálogo enviado por los comisionados del IFAI en el que advertían sus preocupaciones, se inició el debate que derivó en una iniciativa consensuada.

El dictamen aprobado este jueves 16 de abril tiene estos puntos clave: 

  1. Identifica como sujetos obligados de entregar información, a las autoridades, entidades, órganos y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
  2. No podrá clasificarse como reservada aquella información que este relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad. Ni cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción de acuerdo con las leyes aplicables.
  3. En caso de que alguno sujeto obligado busque clasificar información, deberá presentar la prueba de daño, a fin de justificar toda negativa; también incluir la prueba de interés público, con el objeto de evitar la publicación de información confidencial, estableciendo condiciones para desclasificar la información, como la necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
  4. Cuando algún sujeto obligado incumpla con las solicitudes de información, actúe con negligencia, oculte o destruya información, los institutos de transparencia podrán denunciar a los funcionarios, realizar una amonestación pública o imponer una multas de ciento cincuenta hasta mil quinientos días de salario mínimo general y una multa adicional de hasta cincuenta días de salario mínimo a quien persista en las infracciones.
  5. Los Órganos Garantes serán autónomos, especializados, independientes, imparciales y colegiados con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena autonomía técnica y de gestión. El Órgano Garante nacional y federal será el IFAI, quien encabezará y coordinará el Sistema Nacional de Transparencia. Además tendrá facultad de interponer acciones de inconstitucionalidad e imponer medidas de apremio y sanciones.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: NAYELI ROLDÁN.

Transparencia sin privilegios

La nueva ley de acceso a la información pública fue aprobada ayer en la Cámara Baja sin cambios. La medida permitirá que más funcionarios y organismos que manejen dinero público sean sujetos a escrutinio.

En medio de críticas por las deficiencias que contiene de origen, la Cámara de Diputados aprobó ayer en lo general la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En el nuevo esquema, que entrará en vigor una vez que sea promulgado por el Ejecutivo, se aumentó el número de sujetos que deberán abrir su información a petición de los ciudadanos.

“Se termina cualquier privilegio para personas físicas, partidos políticos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos. En atención a la demanda ciudadana, se amplió el catálogo de sujetos obligados, ahora, estarán sujetos a esta ley, a la par de las dependencias y entidades tradicionalmente obligadas”, señaló en tribuna Abel Octavio Salgado, presidente de la Comisión de Gobernación.

Sin embargo, diputados de partidos de izquierda se opusieron al proyecto argumentando deficiencias que permitirán que en algunas áreas de gobierno siga imperando la opacidad.

“En este dictamen se deja a las instancias, como la SEIDO, el Estado Mayor Presidencial, la Sedena, el Cisen, el Centro de Planeación de Análisis e Información para Combatir a la Delincuencia Organizada, que no serán sujetos obligados, por ser quienes toman la decisión en temas de seguridad nacional”, reclamó Zuleyma Huidobro, diputada por Movimiento Ciudadano.

Los diputados de oposición pidieron que se eliminara un artículo transitorio en el que se establece que será hasta el último día de agosto cuando las nuevas disposiciones de transparencia entren en vigor para el Congreso de la Unión.

“Pues las preguntas que van a hacer todos: ¿y qué esconden? ¿Por qué ahorita no pueden ser públicos? ¿Por qué ahorita no pueden ser transparentes? Ese transitorio de la confesión de parte a mí me parece vergonzoso y creo que lo deberíamos quitar”, expuso Fernando Belaunzarán, diputado del PAN.

La nueva Ley de Transparencia fue aprobada sin cambios, tal como fue enviada del Senado. 

Anticorrupción… después

En el Senado, en cambio, la creación del Sistema Nacional Anticorrupción fue pospuesto hasta la próxima semana.

Las comisiones que analizaron el tema expusieron las modificaciones que hubieran querido realizar a la minuta enviada por la Cámara de Diputados; sin embargo, por acuerdo de los coordinadores parlamentarios, el Sistema se aprobará sin modificaciones.

El único cambio que fue aprobado fue una adición a la exposición de motivos donde quedará establecido que se harán cambios legales para la eliminación del fuero de todos los servidores públicos, incluido el Presidente de la República; así como la obligación de hacer públicas las declaraciones de intereses y patrimoniales de los funcionarios.

PUNTOS PRINCIPALES DE LA INICIATIVA:

1 Se creará el Sistema Nacional de Transparencia.

2 Se permitirá la creación de la Plataforma Nacional de Transparencia.

3 Los ciudadanos podrán solicitar información sobre gastos relativos a contratos, concesiones, convocatorias, personas físicas o morales que reciban recursos públicos.

4 Se estableció la prueba de daño y la prueba de interés público en el que una dependencia debe argumentar la negativa a dar una información probando que es dañino para el país darla a conocer.

5 Se estableció también la imposibilidad de invocar el carácter de reservado cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos, de delitos de lesa humanidad o, bien, cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción.

LAS CRÍTICAS:

> La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República tendrá la facultad de interponer recursos ante la SCJN cuando se considere que la información solicitada pone en peligro la seguridad nacional.


>  La información sobre la condonación de impuestos será entregada solamente hasta que un juez determine que no pone en peligro la estabilidad económica del país.

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: IMELDA GARCÍA.

jueves, 16 de abril de 2015

Con esta ley aprobada por los diputados, partidos y sindicatos deberán transparentar sus recursos

Con la Ley General de Transparencia, partidos políticos, sindicatos y cualquier organismo que reciba recursos públicos deberá transparentar cómo los utilizan; los legisladores deberán hacer públicos los montos de sus dietas, prestaciones, comisiones, etcétera; no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos; y se creará el Sistema Nacional de Transparencia.

El dictamen de la Ley General de Transparencia fue aprobado en lo general y lo particular por los diputados con 264 votos a favor, 68 en contra y una abstención, por lo que ahora pasa al Ejecutivo para su publicación.

Según los legisladores, quienes aprobaron el dictamen exactamente igual a como lo pasaron los senadores, esta ley “establece los principios y reglas para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad”.

Diputados del PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Morena presentaron 36 reservas a diversos artículos del dictamen, pero ninguna fue aprobada.

Con esta ley, partidos políticos, sindicatos y cualquier organismo que reciba recursos públicos deberá transparentar cómo los utilizan; los legisladores deberán hacer públicos los montos de sus dietas, prestaciones, comisiones, etcétera; no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos; y se creará el Sistema Nacional de Transparencia. 

Lo que contempla la ley:

* Obliga a todos los órganos autónomos, dependencias, sindicatos y partidos políticos a rendir cuentas y transparentar toda la información relativa a los recursos públicos que manejan.

*Los senadores, diputados federales y locales estarán obligados a informar las remuneraciones completas que reciben, sus dietas, bonos, ingresos, compensaciones, prestaciones, gratificaciones, primas y comisiones.

Son sujetos obligados a esta ley cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Asimismo, cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios.

*Será imposible reservar información cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad. 

*Establecimiento de sanciones a servidores públicos cuando declaren “con dolo o negligencia” la inexistencia de la información o cuando la reserven sin prueba de daño. Se establecen multas hasta de mil 500 salarios mínimos vigentes en la zona geográfica de que se trate a quien se niegue a hacer pública la información solicitada.

*Se clasifica como reservada la información cuya divulgación represente un riesgo en materia de seguridad nacional o a las políticas monetarias y financieras del país.

*Transparenta las condonaciones fiscales.

*Mantiene el principio de presunción de existencia de la información.

*Prevé la creación de un Sistema Nacional de Transparencia, que contará con una plataforma en Internet para que los ciudadanos puedan consultar toda la información pública disponible, que deberá ser aportada por organismos públicos, autónomos, sindicatos, partidos y sujetos obligados. En tanto no entren en vigor los lineamientos que obligan a subir la información a dicha plataforma, lo cual no podrá exceder de un año, los sujetos obligados deben publicar toda la información en sus respectivas páginas de Internet.

La Plataforma Nacional de Transparencia deberá contar al menos con cuatro sistemas de solicitudes de acceso a la información, de gestión de medios de impugnación, de portales de obligaciones de transparencia y de comunicación entre organismos garantes y sujetos obligados. Entre los temas que deberán incluir los sujetos obligados en esa plataforma electrónica, figuran directorio de servidores públicos, remuneración bruta y neta de servidores públicos, gastos de representación y viáticos, número total de plazas y del personal de base, confianza y por honorarios.

Las preocupaciones de organizaciones civiles y legisladores

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, dijo que “la ley en materia de transparencia resulta inoperante ya que controla políticamente al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y deja de lado su autonomía“.

Ricardo Luévano, de la organización Artículo 19, escribió que “es absurdo que en casos de violaciones graves a derechos humanos no se haya regulado con especial énfasis la forma en la que el pleno del IFAI debe determinar si se abre o no información ante tan preocupante posibilidad.”

Una de las preocupaciones del Colectivo por la Transparencia va de la mano con lo expresado por Luévano, que no hay claridad sobre lo que el IFAI hará para determinar qué información no se puede reservar. 

Además, dice que, según el dictamen, transparentar las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales realmente no será una obligación para los funcionarios, sino que queda sujeta a su voluntad.


Sobre el lo que es el interés público y la seguridad nacional, esto es lo que el diputado panista Carlos Angulo pidió al PRI:



Dictamen completo.

“El acceso a la información pública es un derecho, no una concesión”

El presidente de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, el priista Abel Octavio Salgado Peña, expuso que la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública abonará en la reivindicación de otros derechos y obligaciones, como la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.

También dijo que la transparencia es un prerrequisito para el debate público informado, al fundamentar el dictamen de la minuta que envió el Senado de la República, al iniciar su discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados.

Con este documento, abundó, “se está materializando el mayor avance con relación al derecho humano, al acceso a la información, desde la reforma constitucional de 1977, sin pasar por alto los importantes cambios de 2007, 2013 y febrero de 2014″.

El representante del PRI, expuso que la elaboración de esta propuesta ha implicado meses de trabajo por parte de legisladores de ambas cámaras, quienes han escuchado a la sociedad civil, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y los órganos garantes de este derecho. Subrayó que ésta es una oportunidad para empoderar a la ciudadanía a través de esta ley.


Precisó que todo acto legislativo es perfectible y que, de ser necesario, en otro momento se podrían realizar las correcciones pertinentes, a efecto de pulir la ley.
Salgado Peña resaltó que se termina con cualquier privilegio de personas físicas, partidos políticos, sindicatos y fideicomisos, al ampliar el catálogo de los sujetos obligados.
“El derecho a la información pública no es ninguna concesión, es una demanda ciudadana por años. Es de ellos, de los ciudadanos, esta propuesta, y por ello nadie tiene el derecho de usar la transparencia como bandera política”, aseveró.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.

miércoles, 25 de marzo de 2015

Dictamen completo de la Ley de Transparencia (documento)

Este es el documento que llegó a la Cámara de Diputados la semana pasada, luego de que el dictamen fuera aprobado por el Senado.

El pleno del Senado aprobó, el pasado miércoles 18 de marzo, la Ley General de Transparencia, la cual obligará a los tres niveles de gobierno, sindicatos, órganos autónomos, fideicomisos, partidos y otros entes a transparentar su información y rendir cuentas sobre los recursos públicos que utilizan.


El dictamen aprobado por los senadores llegó a la Cámara de Diputados, y lo compartimos con los usuarios de este sitio de noticias:

20150319-V by Aristegui Noticias:



FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

jueves, 19 de marzo de 2015

Todos a escrutinio

La ley de transparencia aprobada ayer por el Senado obliga no solo a funcionarios a rendir cuentas, sino a todo el que reciba dinero público.

La nueva Ley de Transparencia fue aprobada en lo general por el Senado de la República, con lo que avanza así la obligación de los funcionarios de abrir sus cuentas y procesos al escrutinio público.

Con esta legislación las medidas de transparencia estarán homologadas para los tres niveles de gobierno y para los tres poderes.

Se amplía además el número de sujetos obligados y se establece que sindicatos, partidos políticos, fondos y fideicomisos públicos y todo ente que reciba dinero público deberá abrir su información a los ciudadanos.

En el caso de los sindicatos, se trata de los gremios vinculados a dependencias y empresas públicas del Estado o todos aquellos que reciban dinero público. 

Además, cualquier persona moral o física que reciba y ejerza recursos “o realice actos de autoridad de la Federación” deberá garantizar el derecho a la información de los ciudadanos.

Por otro lado, se dan más capacidades al IFAI y se le ubica como cabeza del sistema de órganos de acceso a la información de todo el país. También podrá interponer acciones de inconstitucionalidad a leyes y obras.

La aprobación de esta nueva Ley llevó varios meses de negociaciones en el Senado.

Uno de los temas controvertidos fue el del acceso a la información cuando se trate de hechos relacionados con violaciones graves de derechos humanos, que el PRI se empeñaba en mantener como reservada.

Sin embargo, los partidos de oposición presionaron para que se estableciera un mecanismo que permitiera el acceso.


Una vez aprobada en el Senado, esta legislación deberá ser estudiada por la Cámara de Diputados, donde se espera sea recibida esta misma semana.

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: IMELDA GARCÍA.

Aprueba Senado Ley de Transparencia; eliminan mayoría de candados

MÉXICO, D.F: Con la eliminación de la mayoría de los 88 “candados” de retroceso que habían propuesto las distintas instancias gubernamentales, el Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que obliga a sindicatos, partidos, los tres niveles de gobierno, fideicomisos, contratos energéticos, entre otros, a hacerse públicos.

Por 110 votos a favor, sólo 1 en contra y 1 abstención los partidos políticos aprobaron en lo general esta ley reglamentaria de la reforma constitucional, al tiempo que desecharon la mayoría de las reservas planteadas y aprobaron en lo particular por 95 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención los nuevos ordenamientos.

Para el senador del PRD, Alejandro Encinas, con esta ley el IFAI tendrá la obligación de hacer valer los derechos de los ciudadanos de acceder a información y sólo se mantienen clasificados aquellos datos con base en una valoración que desclasificará en un tiempo razonable la información reservada.

La senadora del mismo partido, Dolores Padierna, destacó como logro que se impongan a las autoridades del sector energético la “máxima publicidad” de convenios y contrataciones con empresas privadas, en tanto que la Secretaría de Hacienda estará obligada a presentar, sin restricciones, las acciones y medidas de los fideicomisos, el manejo de los créditos fiscales, condonaciones y cancelaciones.

Para la senadora del PRI, María Hilaria Domínguez, este nuevo ordenamiento influiría en el combate a la corrupción y a la impunidad, a partir del fomento de la participación ciudadana.

Del mismo partido, Hilda Esthela Flores Escalera, afirmó que el nuevo ordenamiento garantiza elevar los derechos humanos en igualdad de oportunidades.

Por el PAN, Javier Corral resaltó los avances en el derecho de acceso a la información, pero señaló como “el gran faltante” la ausencia de rigor con el que el Congreso ve a otros poderes, “pero no se ve a sí mismo”. El senador chihuahuense criticó un artículo transitorio, aprobado en comisiones, que diluye el cumplimiento de las obligaciones de transparencia del Congreso de la Unión.

La legisladora Alejandra Barrales, del PRD, destacó que se eliminará toda posibilidad de que los sindicatos continúen en la opacidad, “como ha ocurrido hasta la fecha”, ya que la ley los obliga a dar acceso a sus cuentas, su número de afiliados y las aportaciones de recursos públicos.


La nueva ley obligará a aplicar “la prueba del daño y de interés público” en el momento de la clasificación de la información, destacó la senadora del PAN, Laura Rojas, quien también resaltó que la ley “faculta expresamente al IFAI para ordenar la apertura de información relativa a violaciones graves de derechos humanos”.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JENARO VILLAMIL.

lunes, 2 de marzo de 2015

Las manchas de la transparencia

Después de un año, esta semana finalmente se discutirá en el Congreso la Ley General de Transparencia, sin embargo, no todos ven claro los detalles de esta propuesta. Conoce ocho puntos que, de acuerdo a organizaciones civiles, representan fallas en la legislación.

La reforma constitucional en materia de transparencia aprobada en febrero de 2014 está en peligro. 

Lo ven así, por lo menos, que 303 organizaciones civiles mexicanas y extranjeras.

Esta semana el Senado discutirá un proyecto de ley secundaria que debió estar aprobado desde el 7 de febrero, pero aún no ha pasado siquiera por la cámara de origen.

La iniciativa contraviene, en opinión de estos colectivos integrados por expertos, el espíritu de la reforma constitucional de una máxima publicidad.

El viraje se dio luego de que la consejería jurídica de la Presidencia presentó 81 reservas al proyecto de Ley General de Transparencia.

Se encaminan, principalmente, a incluir más asuntos reservados, eliminar la necesidad de justificación para negar entrega de documentos y datos, además de cerrar, desde la ley, algunos asuntos vitales como las violaciones graves a los derechos humanos o la información sobre la explotación de hidrocarburos. 

La divulgación de un comunicado conjunto, liderado por el Colectivo por la Transparencia y México Infórmate, con el apoyo del propio Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ya tuvo un primer resultado. 

Desde este lunes los funcionarios de presidencia, los legisladores y los ciudadanos debaten en el Senado la inclusión o no de estas reservas en el proyecto final que aprobarán los Senadores y pasará luego a la Cámara baja. 

En entrevistas para Reporte Indigo, algunos de los autores de este pronunciamiento conjunto explican por qué decidieron concentrarse en estos ocho puntos en la batalla por eliminar las reservas y buscar que la “máxima confidencialidad” no se convierta en la regla.

1. Sanciones que limitan el derecho de acceso a la información

Omar Rábago
Director Ejecutivo
Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos)

“El artículo 208 de la iniciativa menciona la posibilidad de sancionar a los funcionarios de los sujetos garantes (como el IFAI) cuando sus decisiones de abrir información generen daños que pudieran afectar a los funcionarios de las dependencias afectadas.

Al ser tan ambiguo el término de generar daño, no explica en qué consiste ni sus alcances, puede hacer que los órganos garantes tengan miedo a dar acceso a la información. 

No queda claro qué proceso se va a seguir, pero estamos temiendo que cualquier funcionario afectado acuda al poder judicial a pedir un amparo contra el IFAI diciendo que le fue generado un daño.

Aquí va a primar el miedo de los funcionarios públicos de ser sancionados, van a darle la vuelta al tema para que no se difunda y no puedan resultar afectados.

Estas sanciones no estaban previstas en la iniciativa pero fueron incluidas en las reservas que presentó la consejería jurídica (de la Presidencia), pero no se especifican los montos”.

2. La desaparición de la obligación de generar la información

Renata Terrazas
Investigadora de Transparencia y Rendición de Cuentas Fundar

“Los argumentos de consejería jurídica y el Partido Revolucionario Institucional son que al mantener la redacción como está, la propuesta terminaría obligando a que las autoridades ejercieran facultades que no ejercieron. 

Quieren eliminar que el Órgano Interno de Control obligue a generar información, con el pretexto de que estarían teniendo más trabajo.

No es un doble trabajo, es algo que en principio debieron haber hecho. La autoridad debe decir: no se llama así el documento que tiene la información que estás pidiendo pero te damos una opción. 

No podemos tener el discurso de que no se hizo, queremos que por lo menos se generen documentos importantes.

Esta garantía es una de las pocas cosas que viene tal cual en el texto constitucional, que se debe documentar todo acto de la autoridad. 

Entre 2010 y 2014 las dependencias federales negaron más de 30 mil solicitudes de información declarando inexistencia. Las más frecuentes fueron el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Secretaría de la Función Pública.

Lo que hacía el órgano garante (IFAI) era resolver que hicieras una búsqueda exhaustiva.

Buscamos que exista la obligación de generar la información. La importancia de esto es muy básico: ¿Cómo garantizar el acceso a la información si no hay información; cómo un acto de autoridad puede ser legal y legítimo si no existe un documento que lo avale?”

3 Se limita el acceso a la información sobre violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad

Ana Lorena Delgadillo
Directora
Fundación por la Justicia y el Estado Democrático de Derecho

“Como está establecido actualmente en la ley, permite que el IFAI se pronuncie en un caso a priori sobre si hay violaciones graves a derechos humanos o crímenes de lesa humanidad. Esta determinación no tiene ninguna consecuencia jurídica más que preservar un derecho más inmediato de dar el acceso a la información. 

En la propuesta de la nueva ley, se le quita al IFAI esta facultad. Será obligatorio que lo determinen la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Con la CIDH el problema es el tiempo que toma para dar una determinación de tal magnitud. Simplemente para ser admitido un caso puede tomar hasta cuatro años.

Esto quitaría el efecto de que en graves violaciones a derechos humanos pueda haber una vigilancia o control ciudadano de lo que se está haciendo en la investigación, un escrutinio público.

Si te van a dar acceso cuando ya haya una determinación de un juez, pierdes un espacio de oportunidad para incidir.


La intención es que hay una afectación general, un control de cómo se está abordando la investigación.

Con la CNDH también toma años. Por ejemplo, en la recomendación sobre el caso de la matanza de migrantes en San Fernando, la CNDH no calificó el caso como violaciones graves, no se pronunció sobre dos derechos fundamentales, que son a la integridad y a la vida. 

Esto te limita ya de fondo porque no hay como accionar el derecho de acceso a la información

¿Qué va a pasar cuando le pida a la CNDH información de investigación en curso que ellos están haciendo? Serían juez y parte”. 

4. Reserva de información por causal de estabilidad económica, seguridad nacional e integración de nuevas reservas

Edna Jaime
Directora México Evalúa

“Incluir la causal de estabilidad económica para negar información es abrir mucho la puerta a la reserva. Debe quedar establecido con mucha precisión cual es la información que se va a limitar, que sea excepcional.

Es legítimo y válido que se solicite una prueba de daño. ¿Cuántas cosas no influyen en la estabilidad económica bajo control y no del Estado mexicano? 

Estas reservas buscan diluir la fuerza de la reforma constitucional. Deben quedar claras cuáles serían las razones para reservar información.

La propuesta de la consejería jurídica es que se haga una prueba de daño en la segunda instancia, es decir, cuando el ciudadano pida un recurso de revisión. 

Muchos solicitantes no van a una segunda instancia y es importante una argumentación sustantiva, una explicación de por qué generar información sobre un asunto puede causar un daño. 

Para esto es importante una Ley de Archivos, para que todo acto de autoridad quede bien documentado, que no quede a discreción del funcionario público. Siendo así el caso es muy difícil justificar la no existencia de la información. 

Es muy frecuente que aleguen seguridad nacional sin argumentos. En los casos de reserva necesita una prueba, las reservas son excepcionales y debe estar sustentada, aunque en la práctica no son excepcionales”. 

5. Eliminación de la prueba de daño

Omar Rábago
Director ejecutivo
Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos)

“Cuando se habla de la prueba de daño, los sujetos obligados no tendrán que valorarlo. Esto evita justificar la decisión a los que se les niega la información.

Estamos hablando de la valoración también, tiene que haber una reflexión, un análisis de la información, que no es propiedad de los funcionarios.

Tendría que darse la máxima publicidad o justificar por qué. Con las reservas se elimina por completo la prueba de daño. Las últimas modificaciones son regresivas. Tuvimos una muy buena reforma constitucional, seguida de una mala reglamentación secundaria.

En términos de derechos humanos la progresividad es importante.

Se puede negar la información sin que haya un proceso de reflexión y análisis antes, sin que haya una justificación.

Lo ganado en la prueba de daño se eliminaría por completo y podría dar pie y la información n se niegue como regla no como excepción”. 

6. Intervención ampliada del Consejero Jurídico

Alejandro González Arreola Presidente
Gestión Social y Corporativa

“La reforma constitucional planteaba solamente algunos puntos de excepción para reservar información, que tenían que ver con seguridad nacional, estabilidad económica y financiera.

Sólo facultaba a la consejería jurídica para sustentar,  presentar la causal de reserva e impugnar ante el IFAI alguna disposición.

Ahora se está planteando que la consejería jurídica pueda dar cauce a peticiones de inconstitucionalidad de gobiernos estatales, municipales y congresos de los estados.

El análisis de las organizaciones es que ninguno de éstos tiene ninguna acción o tema referido a estabilidad económica ni seguridad nacional.

La consejería estaría funcionando como una especie de gestor. Esto va más allá de sus atribuciones y abre la posibilidad a tener una interpretación laxa del término seguridad nacional a otros como la seguridad pública. 

En la ley debe quedar establecido a que se refieren con seguridad nacional y estabilidad económica.

Como copresidentes de la Alianza para el Gobierno Abierto junto al gobierno federal durante este año, desde Gesoc expresamos la preocupación de organizaciones de la sociedad civil y el IFAI. 

A pesar de que en la elaboración de la iniciativa hubo un consenso, lo que ha hecho la consejería jurídica representa un retroceso”.

7. Desaparecen las obligaciones de transparencia relacionadas con la gestión pública de las actividades de explotación de hidrocarburos

María Colín
Asesora jurídica Greenpeace México

“Si se revisa la Ley de Hidrocarburos, el tercer capítulo es de la información obtenida de las actividades de reconocimiento y exploración. 

Este capítulo pareciera que está generando un régimen de transparencia aparte de lo que es la Ley de Transparencia. 

Se dice que la Comisión Nacional de Hidrocarburos garantizará la confidencial de la información. 

En el artículo 88 de la Ley de Hidrocarburos, faculta en materia de transparencia a la Secretaría de Energía, pero no menciona gran cosa, esencialmente son números muy básicos.

No vas a obtener una concesión completa, sólo estadísticas del proceso de licitación, bases, reglas, números de contratos. Son cifras rudas, muy generales.

Veo muy difícil que te den interpretación de datos sísmicos o algo más profundo, diferente a los puros listados. La información del contratista no va a ser accesible al público.


El criterio que permea en materia de hidrocarburos es confidencialidad ante todo y luego ya vemos.

Se está violando el principio de la máxima publicidad, porque todo el matiz de esa ley va reiteradamente a la confidencialidad. 

La Ley marco es la de transparencia, no se debe garantizar la máxima confidencialidad sino la máxima publicidad. Eso en la práctica no está sucediendo”. 

8. Se elimina la obligación de transparentar listado cancelaciones tributarias

Juan Pardinas
Director general Instituto Mexicano para la Competitividad

“Ha habido una serie de malentendidos. En apariencia las condonaciones, esto es, los privilegios fiscales a contribuyentes al Impuesto Sobre la Renta -que son motivo de irritación de los contribuyentes en el país- van a ser públicas. 

No se van a hacer pública las exenciones, como el Impuesto al Valor Agregado en la compra de libros y revistas. 

No parece un tema grave que no se hagan públicos porque no privilegia un sector o una empresa. 

La discusión de los últimos días con el poder ejecutivo da la apariencia de que no hay ninguna objeción en hacer públicas la condonaciones fiscales.

Con la nueva legislación los gobiernos estatales no nos podrían echar para atrás el requerimiento de conocer lo que se les ha condonado. 

Cuando se litigó el caso Yo Contribuyente (para conocer el listado de condonaciones de congresos estatales) el argumento, bastante pedestre, fue que la ley no diferenciaba entre personas morales empresas y públicas, por lo cual los obligaba a guardar la información.

Tendrá que quedar muy claro en la leu que las condonaciones van a ser transparentes.

El principio de justicia de un sistema fiscal es que todos pagamos en forma equivalente a nuestro ingreso, justamente con estas condonaciones era legalizar la evasión y protegerlos con el velo de la opacidad.

Por lo menos ante la luz pública va a haber información, hay que ver cómo se va a publicar, si por solicitud de información.


Si el Servicio de Administración Tributaria ha hecho tanto énfasis en difundir nombres que no han estado al día con sus obligaciones fiscales, también tendrían que publicar la lista de los que perdonaron. Lo deseable sería que no tuviera que mediar una solicitud de información”.

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: PENILEY RAMÍREZ.

jueves, 19 de febrero de 2015

Denuncia PAN “intromisión presidencial indebida” en Ley de Transparencia

Senadores del PAN denunciaron una “intromisión indebida” del consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, en el proceso de dictaminación de la Ley General de Transparencia.

Además, anunciaron que la bancada panista dará a conocer todos los documentos, incluidos los de Castillejos, para que la sociedad mexicana “conozca qué está pensando el gobierno de Peña Nieto en materia de transparencia”.

En rueda de prensa, los senadores Marcela Torres Peimbert, Javier Corral, Ernesto Ruffo y Víctor Hermosillo Celada advirtieron que el PAN no aceptará que se discuta en comisiones alguna propuesta de modificación que no se presente formalmente ante los legisladores que integraron el grupo plural que elaboró el borrador que ha sido “encorchetado” por el gobierno federal.

“El PAN invita a la Consejería Jurídica y al gobierno federal a que haga una postura oficial, signada, en donde defiendan sus puntos de vista con argumentos y será un insumo más que públicamente y de cara a la sociedad debe ser tomado en cuenta en la construcción de la ley”, afirmó Torres Peimbert.

A su vez, Corral cuestionó que la Comisión de Anticorrupción se ha centrado en discutir sólo el memorándum de observaciones del consejero jurídico de Peña Nieto.

“Es un documento sumamente preocupante, porque además de constituir una cabal radiografía del actual gobierno federal, muestra realmente las intenciones del presidente de la República de retroceder en un derecho conquistado por la sociedad mexicana”, abundó Javier Corral.

El senador chihuahuense advirtió que se plantean “auténticas regresiones” en materia de prueba del daño, de fideicomisos, de declaraciones públicas, declaraciones patrimoniales e, incluso, sobre transparencia en el Poder Legislativo.

Corral Jurado afirmó que entre las regresiones está sólo transparentar 34% de los ingresos que maneja el Senado, los cuales ascienden a 3 mil 400 millones de pesos, y los de la Cámara de Diputados, que son de 13 mil millones.


“Todo lo demás está en la absoluta opacidad, secretismo de los coordinadores parlamentarios, de los jefes directivos del Congreso, de la Junta de Coordinación Política y de la Mesa Directiva. Ese es uno de los grandes asuntos pendientes”, argumentó Corral.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JENARO VILLAMIL.

Ley de transparencia debe tener altos estándares: Guerra Ford

"Queremos que haya una definición precisa de lo que es seguridad nacional, esto va ayudar a todos", sostuvo el comisionado del Ifai.

La ley general de transparencia debe aprobarse con altos estándares; el tema de transparencia a nivel nacional es lo que se discute, es un asunto fundamental para transitar a una democracia electoral y de contenidos, señaló el comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (Ifai), Óscar Guerra Ford.

En entrevista para Aristegui CNN, dijo que los comisionados del Ifai “han asumido una postura conjunta, entregando un decálogo a senadores que deberían ser considerados”.

Recordó que “hicimos llegar al Senado, diez puntos relevantes en la definición de lo que será la ley en materia de transparencia”.

Y explicó que “lo que hay ahorita en las comisiones del Senado es una iniciativa, a partir de ahí hay documentos de trabajo que han surgido de escuchar a diferentes sectores de la sociedad”.

“Todavía no hay ningún predictamen, harán audiencias públicas para escuchar otra vez a los sujetos obligados, a la sociedad civil”, agregó.

Guerra Ford dijo que el primer punto de los diez consiste en “que el Ifai pueda, como lo hace ahora, tener una excepción a la causal de reserva de averiguaciones previas y de documentación relacionada con violaciones graves a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. Es decir que cuando una información sea solicitada por cualquier persona de una averiguación previa o documentación o determinado acontecimiento y esta sea reservada porque es una causal de reserva, el Ifai pueda analizar si este acontecimiento se convierte o puede ser calificado como una violación grave de derechos humanos o crimen de lesa humanidad para hacer la excepción y ordenar la entrega de esta información en versiones públicas”.

“Así lo hemos hecho, hemos resuelto en casos como el de San Fernando, el de Tlatlaya y hay un proyecto para el caso Iguala, creemos que es fundamental que la gente pueda acceder a información que impacta a la sociedad”, añadió.

Sostuvo que “no queremos invadir ninguna función, pero queremos que se pueda acceder a la información en un tiempo razonable”.

“El Senado considera que puede haber una intromisión en las funciones y competencias en derechos humanos. No lo creemos así… nosotros lo calificamos para dar acceso a la información, esto no nos va impedir que en algún momento podamos coincidir, porque hay parámetros, no es discrecionalmente”, aseveró.

Guerra Ford afirmó que el Ifai “tomará una decisión muy responsable y apegada siempre a derecho para estos casos, creemos que debe de continuar así y se debe de pronunciar el Ifai para poder abrir la información de que sean los hechos menores, nadie los quiere, pero que sí llegan a acontecer, lo mínimo que tenga la población es información de lo que sucedió”.

El comisionado apuntó que “en la reforma constitucional quedó una excepción para los recursos que resuelva el Ifai, y quedó la excepción de seguridad nacional y con una sola instancia que sería la Consejería Jurídica, eso ya está en la Constitución y no nos estamos oponiendo, pero lo que sí queremos es que haya una definición precisa de lo que es seguridad nacional, esto va ayudar a todos, a los ciudadanos que soliciten información, a las autoridades y obviamente a la Consejería Jurídica y en su momento hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

“Estamos pidiendo que haya posibilidad de que el tercer interesado, en este caso el solicitante o recurrente en su momento, pueda participar en ese sentido dado que será afectado, está bien que la Suprema Corte resuelva, pero sí queremos que se acote porque si no va a estar recurriendo la Consejería Jurídica cuestiones al no estar definidas a la interpretación”.


“Si queremos todos ganar confianza, la transparencia es la suma de confianzas, ahora que se hicieron las reformas estructurales, la de telecomunicaciones, energética, obviamente se habló de que todos los procesos de licitación hay entrada de inversión extranjera y nacional, para aumentar la competitividad tendría que ser transparentes. Hay un principio económico que dice que la competencia perfecta se puede dar cuando hay información perfecta”, abundó.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

miércoles, 18 de febrero de 2015

La de Transparencia, una ley regresiva

Si el PRI y el Partido Verde insisten en aprobar en el Senado la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ésta carecerá de legitimidad, sostienen las fracciones del PRD y del PAN, algunos de cuyos legisladores se quejan por los candados que se le introdujeron, entre ellos el de los fideicomisos que administran Hacienda y el Banco de México. Eso hará más opaco el manejo del Fondo Mexicano del Petróleo, por lo que, dicen, podrían plantear su inconformidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

MÉXICO, D.F: Más de 250 horas de discusión y trabajo del grupo plural de senadores y expertos para elaborar la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública terminaron por descarrilarse.

Las causas fueron múltiples: los escándalos de las casas del presidente Enrique Peña Nieto, la de su esposa y la de su secretario de Hacienda, Luis Videgaray; la crisis de los normalistas de Ayotzinapa ­desaparecidos; la posibilidad de que se abran los expedientes por las violaciones graves a derechos humanos y el temor creciente de que se hagan públicas las cuentas de los fideicomisos que manejan Hacienda y el Banco de México, en especial el del Fondo Mexicano del Petróleo.

Desde antes de que terminara el periodo ordinario en diciembre último, arreciaron las presiones gubernamentales en relación con el trabajo que involucró a los senadores, a los comisionados del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), a tres colectivos de organizaciones, periodistas y expertos en la materia –Red por la Rendición de Cuentas, Colectivo por la Transparencia y México Infórmate–, y se plantearon a través de las bancadas del PRI y Partido Verde más de 80 modificaciones al borrador que fueron consideradas como “regresivas” por la oposición y los expertos.

La dictaminación se entrampó y se frenó la aprobación de esta ley reglamentaria, para la cual se había fijado el sábado 7 como plazo máximo, según la reforma constitucional de 2014. Algunas diferencias se han ido negociando, pero quedan como “irreductibles” cerca de 20 temas muy delicados para el gobierno federal.

Los senadores Arely Gómez González, del PRI, y Pablo Escudero, del Partido Verde, admitieron en rueda de prensa el martes 10 que Agustín Carstens, gobernador del Banco de México, y el consejero jurídico Humberto Castillejos frenaron con sus observaciones puntos importantes, como la apertura y rendición de cuentas en los fideicomisos y los relativos a inteligencia y contrainteligencia, entre otros.

“Por supuesto que el doctor Carstens ha hecho opiniones. Por supuesto que vamos a ir a hablar con el doctor Carstens para que nos diga qué es lo que opina y hablamos con otros de los sujetos obligados para ver qué es lo que opinan. La seguridad nacional, la seguridad pública, la inteligencia, la contrainteligencia, son temas muy sensibles, no se puede ir a la ligera”, refirió Escudero Morales, presidente de la comisión anticorrupción que deberá elaborar el dictamen.

La senadora priista Arely Gómez, quien facilitó durante las negociaciones los avances con las organizaciones no gubernamentales y los expertos, admitió en rueda de prensa que se presentaron 88 observaciones de “sujetos obligados” y del consejero jurídico, Humberto Castillejos. “El consejero jurídico en todas las iniciativas tiene una participación en el proceso legislativo”, afirmó.

De esas observaciones, según Gómez, uno de los temas más difíciles es el de los fideicomisos. “Se está tratando de ver quién va a ser el responsable de la información”; también están los relacionados con inteligencia, contrainteligencia y derechos humanos.

Para el perredista Alejandro Encinas, los “corchetes” son el resultado del tropezón de la Casa Blanca que impidió avanzar en diciembre y atascó la negociación, mientras que su correligionaria Dolores Padierna Luna advirtió que los candados de acceso a la información en lo referente a fideicomisos hará más opaco el Fondo Mexicano del Petróleo, “sin duda el más importante, tanto en cuantía de recursos como en funciones, porque manejará la renta petrolera”.

La legisladora del PAN Laura Rojas advirtió que su partido se opone a eliminar la obligación de que se transparente la lista de cancelaciones y condonaciones en materia tributaria, así como las atribuciones del IFAI para imponer medidas de apremio a fondos y fideicomisos que maneja la Secretaría de Hacienda.

Padierna informó que, tan sólo para tener una idea de las dimensiones del tema de fideicomisos, hasta el último cuatrimestre de 2014 Hacienda admitió que existen 352 de ellos que manejan 452 mil 454 millones de pesos y cuyo acceso no es público, salvo para los usuarios autorizados por la dependencia, y no se detallan las aportaciones correspondientes.

De esos 452 mil 454 millones, 21.7% corresponden a 46 fideicomisos de infraestructura pública (98 mil 365 millones); 21.2% a 120 fideicomisos de “apoyos financieros” (96 mil 89 millones); 20.7% a seis fideicomisos para “estabilización financiera” (93 mil 573 millones), y 17.2% a 24 fideicomisos de pensiones (77 mil 681 millones).

Estos fideicomisos no incluyen el que manejará el Banco de México –el futuro Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo–, que “sin duda será el más importante y deberá operar con máxima transparencia y rendición de cuentas”, puntualizó la senadora Padierna.

Los grandes corchetes

En específico, el documento preliminar sobre propuestas de modificaciones, cuya copia tiene Proceso, identifica como los corchetes más importantes los siguientes artículos y asuntos:

–Artículo 23 (fideicomisos): Se propone modificar la redacción consensuada para exentar de responsabilidades como sujetos obligados a “los fideicomisos y fondos públicos que no cuenten con estructura orgánica y, por lo tanto, no sean considerados una entidad paraestatal”.

El PRD propone una redacción alterna para aclarar que “la institución fiduciaria o el mandatario cumplirán con sus obligaciones” a través de sus propias áreas, unidades y comités de transparencia.

–Artículo 42: Establece excepciones para formar comités de transparencia en el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia; el Centro Federal de Protección a Personas; la Dirección de Coordinación de Inteligencia de la Comisión Nacional de Seguridad Nacional; la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada; el Estado Mayor Presidencial; el Estado Mayor de la Defensa Nacional y el Estado Mayor de la Armada.

El gobierno federal propone una redacción para que sus unidades administrativas no estén sujetas a la autoridad de los Comités de Transparencia, “siendo sus funciones responsabilidad exclusiva del titular de la propia unidad administrativa”.

–Artículo 43: Sobre las funciones de cada Comité de Transparencia, se le agrega en el numeral III que éstos deberán ordenar a las áreas que “expliquen, de forma fundada y motivada, las razones por las cuales en el caso particular no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones”.

El PAN y el PRD consideran regresivo este agregado.

–Artículo 70: En cuanto a declaraciones patrimoniales, el PAN y PRD defienden la redacción original que propone tener acceso a la versión pública. El gobierno plantea agregar una frase: “… de los servidores públicos que así lo determinen”, abriendo un candado discrecional.

–Artículo 70: En materia de intervención en las telecomunicaciones, el gobierno propone eliminar el numeral XLIX que obliga a hacer públicos los listados de “solicitudes de las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicadores y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, una vez concluida la intervención”.

–Artículo 83: En lo que atañe a obligaciones de transparencia sobre las actividades de exploración, extracción y refinación de petróleo e hidrocarburos, el gobierno propone sujetarlas a los mecanismos de las leyes secundarias en materia energética.

–Artículo 101: El gobierno propone mantener reservas sobre información “que pueda dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria” hasta que “se extingan las causas que dieron origen a su clasificación”.

El PRD considera que tal redacción “abre la posibilidad de permanecer reservados de manera atemporal o permanente”.

–Artículo 113: Es considerada por el PAN y el PRD una de las grandes diferencias porque PRI y Partido Verde plantean mantener reservada la información que “comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional”, así como aquella que “pueda menoscabar la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales”.

El gobierno busca eliminar en estos casos la llamada “prueba del daño” para mantener la reserva.

–Artículo 115: El borrador originalmente consensuado con organizaciones ciudadanas y expertos prohíbe invocar reservas “cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, calificadas así por la autoridad competente” o “se trate de información relacionada con actos de corrupción, de acuerdo con las leyes aplicables”.

La propuesta gubernamental busca que los organismos garantes no sean los que determinen la existencia de violaciones graves a derechos humanos. Esta es una de las grandes diferencias con la Procuraduría General de la República y el gobierno federal.

–Artículo 149: El gobierno propone acotar la “prueba de interés público” en información cuando exista una colisión de derechos.

–Artículos 207 y 210 en materia de sanciones: El gobierno se opone a la imposición de sanciones cuando se declare inexistencia de la información, cuando el sujeto obligado deba generarla o cuando se clasifique información como reservada “sin que se cumplan con las características señaladas por la ley”.

PAN-PRD irían a la Corte

En su documento Posicionamiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los senadores del PRD que participaron en la negociación –Dolores Padierna, Angélica de la Peña, Alejandro Encinas, Zoé Robledo, Isidro Pedraza y Armando Ríos Piter– admiten que hubo grandes avances que hoy están en riesgo.

Uno de esos avances es que “se precisó que por violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad y actos de corrupción no podrá reservarse información por ningún sujeto obligado”.

Otro es que se crea un Sistema Nacional de Transparencia y se incorpora como sujetos obligados a los partidos y agrupaciones políticas, sindicatos y autoridades del ámbito laboral.

Para el PRD, la modificación de más de 80 artículos y la eliminación del capítulo “Denuncia por incumplimiento de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados” son “ampliamente regresivas y rompen el consenso con las organizaciones sociales especialistas en el tema, académicos, órganos garantes, así como senadores y senadoras”.

En lo concerniente a transparencia en el sector de hidrocarburos, el pleno de los consejeros del IFAI advirtió el miércoles 11 que debe estar incluido porque uno de los compromisos asumidos fue “publicar como mínimo contratos con las empresas extractivas”.

Legisladores del PAN, como Roberto Gil Zuarth, y del PRD que participaron en la negociación plantearon desde el martes 10 que podrían acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en caso de que el PRI y el Partido Verde insistan en aprobar “una ley regresiva que nacerá con un problema de legitimidad”.


Gil Zuarth acusó al PRI y al PVEM de pretender “crear opacidades por mayoría” que obligarán a la oposición a plantear el recurso de anticonstitucionalidad ante la SCJN.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JENARO VILLAMIL.