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» » » Sanciona Tribunal Electoral a ciudadana de Hermosillo por cuestionar en redes sociales a diputada del PT

Karla María Estrella, ciudadana originaria de Hermosillo, Sonora, fue sancionada por cuestionar en redes sociales a Diana Karina Barreras, del PT, esposa del morenista Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados.

Una ciudadana de Hermosillo, ama de casa y usuaria de redes sociales, fue sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tras haber cuestionado a la diputada del Partido del Trabajo (PT), Diana Karina Barreras Samaniego, esposa del morenista Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados.

Todo inició en 2024 cuando la hermosillense Karla María Estrella, quien usualmente dedica publicaciones en redes sociales para señalar las deficiencias de autoridades y figuras políticas, recibió una notificación de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

Fue el 24 de febrero cuando Karla dio a conocer en su cuenta de X (antes Twitter) que Barreras Samaniego había solicitado medidas cautelares en su contra “por la presunta comisión de hechos que podrían constituir violencia política en razón de género”.

Lo anterior, después de que Karla realizara la siguiente publicación el 14 de febrero de 2024:

“Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”.


En esa publicación, Karla se refería a la postulación de Barreras Samaniego como candidata a diputada federal por el distrito 3 de Hermosillo, impulsada por la coalición de la 4T.

Días después, el 27 de febrero, la Unidad Técnica Ejecutiva del INE notificó a Karla de la queja de la diputada Barreras Samaniego por su publicación. La institución le refirió que debía contestar “cuál era el objetivo” de su tuit y presentar “documentación que justifique” las afirmaciones.

“¿No les parece un uso faccioso de la Violencia Política Contra Las Mujeres en Razón de Género? Pero además, el INE incluyó mi dirección y mi nombre completo en los acuerdos, a pesar de que yo no los publico ni utilizo públicamente, ¿le entrega copia a la denunciante de esa información?”, cuestionó.
Ahora, más de un año después, Karla dio a conocer que, pese a haber impugnado la resolución del INE en su contra ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), éste determinó que sí existió violencia política de género por parte de su parte contra la diputada sonorense.

“El día de hoy se votó la propuesta de resolución del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón donde decía que no había violencia de género, sino una crítica ciudadana a un posible caso de nepotismo”.

“Pero la votación estuvo dividida y el voto de calidad lo tuvo la magistrada presidenta donde dice ‘que el contenido implícito de mi tuit sugiere que’. O sea, se pusieron a analizar qué es lo que creen que quise decir y no lo que realmente dije”, apuntó.

De acuerdo con Proceso, el 11 de abril la Sala Regional Especializada del TEPJF resolvió que si bien el mensaje no constituía calumnia, sí configuraba violencia política de género, ya que sugería que la candidatura de Barreras Samaniego obedecía únicamente a su relación con un hombre, en menoscabo de sus capacidades.

“La expresión realizada por la recurrente se limitó a hacer una crítica a un servidor público que presuntamente ejerció nepotismo o influyentismo, con el propósito de favorecer a su cónyuge”, sostuvo el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.

Sin embargo, fue la magistrada presidenta Mónica Soto quien rechazó esta visión y defendió la sanción contra Karla.

“Uno de los argumentos que se utilizan de manera muy recurrente para invisibilizar o menoscabar las capacidades de las mujeres es llevarlas siempre a la esquina de la pertenencia o la dependencia de algún hombre”, dijo durante la sesión.


Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes coincidió en que el comentario de Murrieta no cuestionaba la postulación desde un análisis político, sino que desestimaba los méritos de la diputada al reducir su candidatura a una supuesta influencia de su esposo.

Ahora, tras la resolución del TEPJF, la ciudadana Karla María Estrella deberá pagar una multa, ofrecer disculpas públicas por 30 días, tomar un curso de género, realizar lecturas obligatorias de bibliografía especializada y publicar la sentencia en sus redes sociales, además de que será inscrita en el Registro de Personas Sancionadas del INE por 18 meses.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO/PROYECTO PUENTE.
AUTOR:                           /JOSÉ MANUEL ÁVALOS.

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