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La SCJN admite nueva impugnación contra elección de magistrados del Poder Judicial

Se trata de la segunda impugnación que admite la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de los resultados de la elección judicial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió ayer una segunda impugnación en contra de la elección de Claudia Valle Aguilasocho y Gilberto de Guzmán Bátiz García como magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La Ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, aceptó a trámite el recurso promovido por la abogada Gabriela Lorena Sterling Ávalo, que pertenece a la organización Poder Ciudadano.

El expediente del caso fue turnado a la ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayán, quien deberá elaborar un proyecto de resolución y presentarlo al pleno antes del primero de septiembre, fecha en la que los nuevos funcionarios judiciales rendirán protesta ante el Senado de la República y tomarán sus cargos.
Se trata de la segunda impugnación que admite la Suprema Corte en contra de los resultados del proceso electoral. La primera fue promovida por Iván Bravo Olivas, exaspirante a magistrado de Circuito. En este caso, el expediente fue asignado al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y todavía no se ha elaborado un proyecto.

La Suprema Corte admitió ambas impugnaciones a pesar de que, según establece la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIE), únicamente los candidatos que participaron en el proceso pueden impugnar los resultados.

Por este motivo, se prevé que los dos recursos sean declarados improcedentes. Sin embargo, la decisión final dependerá del análisis del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en su mayoría se opuso desde el inicio a la Reforma Judicial.

La máxima autoridad

Por mandato constitucional establecido en el Artículo 99 de la Carta Magna, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la máxima autoridad del país en esa materia. Para cumplir con sus responsabilidades y facultades, el Tribunal funciona en forma permanente con una Sala Superior y cinco salas regionales.

Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones en las elecciones Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito. A la SCJN sólo le corresponde resolver las impugnaciones que sean promovidas con repecto a los comicios para los dos Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral federal y de las cinco salas regionales.


Con respecto a las impugnaciones de magistrados electorales el Articulo 96, Fracción IV, advierte: “El Instituto Nacional Electoral efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres. También declarará la validez de la elección y enviará sus resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o al Pleno de la SCJN para el caso de magistraturas electorales, quienes resolverán las impugnaciones antes de que el Senado de la República instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda, fecha en que las personas aspirantes electas tomarán protesta de su encargo ante dicho órgano legislativo”.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

SCJN frena discusión sobre autonomía y presupuesto directo ante presiones de comunidades autónomas de Michoacán

Después de diversas movilizaciones y presiones por parte de varios pueblos y comunidades mazahuas, purépechas, nahuas y otomíes de Michoacán, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retiró de la lista de asuntos a tratar el caso de Crescencio Morales, comunidad mazahua que vio vulnerado su derecho constitucional al autogobierno y al presupuesto directo.

El martes 15 de julio, la SCJN tenía planeada la discusión sobre las Controversias Constitucionales 17/2022, 165/2021 y 83/2022, interpuesta por los ayuntamientos de Zitacuaro y Erongarícuaro, para determinar si son constitucionales diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal y de otras leyes que regulan la administración directa del presupuesto directo y derecho de la consulta. Sin embargo, los asuntos fueron retirados del listado de la siguiente sesión pública ordinaria el 5 de agosto de 2025.

Por medio de una transmisión en vivo, frente a las puertas de la Corte, el presidente del Concejo de Autogobierno de Crescencio Morales, Silvestre Chávez, agradeció el apoyo y acompañamiento de autoridades de diferentes comunidades indígenas de Michoacán, sobre todo las autoridades comunales y habitantes de las comunidades purépechas de Santa Fe de la Laguna, Cherán Atzicurín, San Felipe de los Herreros, Arantepacua, La Cantera, Angahuan, Isla de Janitzio, Carapan, San Mateo Ahuirán, Santa Ana Zirosto, Nuevo Zirosto y San Francisco Peribán; de la comunidad nahua de El Coire; y de la comunidad otomí de Carpinteros.

“La Corte tiene en sus manos gran parte del futuro de nuestras comunidades, donde queremos que la decisión reconozca y valore el gran derecho que tenemos las comunidades de Michoacán al autogobierno…que en los últimos años hemos logrado como parte de la lucha y de las estrategias en la defensa y en la conquista de nuestros derechos. En nombre de la comunidad indígena mazahua de Crescencio Morales, agradezco a todas las comunidades y al Frente… que en este día nos acompañemos y que estemos juntos, que estemos al pendiente de las siguientes sesiones donde se destinará nuestro futuro y de gran parte del derecho de las comunidades de nuestro país”, declaró Silvestre Chávez en una transmisión.


Además, agregó que estarán a la espera de que las y los nuevos integrantes de la SCJN retomen la discusión, con base en lo establecido en la reforma del artículo 2º constitucional, pues los pueblos deben ser reconocidos como sujetos de derecho público, como ocurre en Michoacán.

En abril del año pasado, el máximo tribunal resolvió a favor de la comunidad indígena Crescencio Morales al analizar impugnaciones contra disposiciones de la Ley Orgánica Municipal de Michoacán y el acuerdo IEM-CG-278/21 del Instituto Electoral local, ambos relacionados con el derecho de autogobierno indígena, la administración directa de recursos y consulta. Por mayoría de seis votos, el pleno de la Corte decidió no invalidar dichas normas por falta de consulta previa.

Esta determinación se basó en que el caso presenta diferencias relevantes respecto de los criterios adoptados en las controversias constitucionales 56/2021 y 69/2021, en las que sí se declaró la invalidez de disposiciones similares, aunque con efectos limitados a los municipios promoventes. Además, acordó realizar un análisis de fondo sobre la constitucionalidad de estas disposiciones, y se anticipó la presentación de un nuevo proyecto de resolución, acordando como fecha de discusión el 15 de julio.

“Siendo sinceros, no es sorprendente que la Corte esté buscando mermar la autonomía indígena. No sería la primera vez que los ministros prefieren proteger los derechos de las élites políticas sobre los derechos de los pueblos originarios. Con tristeza vemos cómo la Corte se niega a escucharnos por una simple, pero perversa razón: los ministros quieren proteger los privilegios de los políticos y los municipios, que siempre han sometido y excluido a nuestras comunidades, pero quieren maquillarlo”, se lee en un escrito –publicado por la ministra Lenia Batres– firmado por concejos comunales autónomos de Michoacán, así como por el Frente por la Autonomía de Consejos y Comunidades Indígenas.

FUENTE: DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: REDACCIÓN.

Comunidades de Michoacán exigen a SCJN no invalidar leyes que sustentan sus autogobiernos locales

El Consejo Supremo Indígena de Michoacán (CSIM) exigió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que respete las autonomías de los pueblos de la entidad durante la discusión del pleno de este martes, en la que se debatirá la posibilidad de “invalidar leyes estatales que sustentan el autogobierno local, con el argumento de que ‘invaden’ facultades de gasto en municipios”.

“Hoy los derechos colectivos se encuentran en debate, conflicto y pugna”, señalaron las 70 comunidades p’urhépecha, otomí o hñahñú, matlazinca o pirinda, nahuatl y afromexicanas que integran el Consejo, frente a la intención de las autoridades de alegar “elementos de inconstitucionalidad” en las leyes que protegen los autogobiernos locales de las comunidades autónomas.

La discusión principal que inicia este 15 de julio, explicaron, será sobre invalidar la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán y la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán en los municipios de Erongarícuaro y Zitácuaro, “debate que ya lleva más de dos años y medio en la SCJN, para lo cual en un primer momento se argumentó que las comunidades no fueron debidamente consultadas, lo que exhibió el mal trabajo legislativo del Congreso del Estado”.

El dictamen se revirtió luego de que los pueblos y comunidades se movilizaron y cientos de comuneros organizaron Jornadas Nacionales en Defensa de la Autonomía, pero ahora el debate se centra en el análisis de la existencia de elementos de inconstitucionalidad “por una supuesta intromisión en las facultades presupuestales de los municipios”.

“Exigimos a la SCJN que respete los derechos adquiridos y ejecutados de los autogobiernos en la entidad, que no ignoren lo establecido en el artículo 2 constitucional que instituye el derecho de los pueblos indígenas a recibir y administrar su presupuesto directamente, y que resuelvan según los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos”, demandaron las comunidades del CSIM.

Como parte de sus acciones en defensa de su autonomía, el CSIM organizó una jornada de protesta frente a la SCJN, así como una ceremonia p’urhépecha en la explanada del Zócalo de la Ciudad de México.

COMUNICADO:

🐚 Derechos colectivos en debate, conflicto y pugna. Comunidades Indígenas exigen que la #SCJN respete las autonomías de Michoacán #CSIM🟪🟦🟨🟩

DERECHOS COLECTIVOS EN DEBATE, CONFLICTO Y PUGNA

EXIGIMOS QUE LA SCJN RESPETE LAS AUTONOMÍAS INDÍGENAS DE MICHOACÁN

A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

AL PUEBLO DE MÉXICO Y DE MICHOACÁN

A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

Comunidades indígenas y afromexicanas de #Michoacán a 14 de julio de 2025.

El martes 15 de julio, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación #SCJN debatirá un tema trascendental para los pueblos y comunidades indígenas de Michoacán, se discutirá invalidar leyes estatales que sustentan el autogobierno local, con el argumento de que “invaden” facultades de gasto en municipios.

La discusión principal versa en invalidar la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán y la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán en los Municipios de Erongarícuaro y Zitácuaro, debate que ya lleva más de 2 años y medio en la SCJN, para lo cual en un primer momento se argumentó que las comunidades no fueron debidamente consultadas, lo que exhibió el mal trabajo legislativo del Congreso del Estado.

Este dictamen se revirtió gracias a la movilización de pueblos y comunidades, cientos de comuneras y comuneros se manifestaron en Jornadas Nacionales en Defensa de la Autonomía. Ahora el debate se centra en el análisis de la existencia de elementos de inconstitucionalidad por una supuesta intromisión en las facultades presupuestales de los municipios. Hoy los derechos colectivos se encuentran en debate, conflicto y pugna.

En Michoacán, durante los últimos 20 años han florecido procesos de autodeterminación, autogobierno, y autonomía, con base en el derecho histórico, internacional y constitucional, los pueblos originarios han creado Consejos de Gobierno Comunal, Rondas Comunales (sistemas propios de seguridad) y Planes de Desarrollo Comunitario, todo ello, como una expresión de democracia directa y el poder de las asambleas generales. Fundadas en la memoria histórica, se han establecido más de 45 comunidades autónomas.

En este contexto, las 70 comunidades p’urhépecha, otomí o hñahñú, matlazinca o pirinda, nahuatl y afromexicanas que conformamos el Consejo Supremo Indígena de Michoacán, exigimos a la #SCJN, que respete los derechos adquiridos y ejecutados de los autogobiernos en la entidad, que no ignoren lo establecido en el artículo 2 constitucional que instituye el derecho de los pueblos indígenas a recibir y administrar su presupuesto directamente, y que resuelvan según los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos.

Finalmente, convocamos atenta y respetuosamente a los pueblos y comunidades indígenas, a redoblar esfuerzos y continuar organizándonos, resistiendo y luchando por la defensa de la autonomía, la vida, el territorio y la madre tierra.

CONSEJO SUPREMO INDÍGENA DE MICHOACÁN #CSIM

TERUNHASKUA K’ OIA, ECHERI KA JURAMUKUKUA IAMENTU IRETECHANI

JUSTICIA, TERRITORIO Y AUTONOMÍA PARA LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

FUENTE. DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: REDACCIÓN.

El INPI pide a SCJN garantizar derecho de indígenas de Michoacán a ejercer recursos

El INPI consideró de suma importancia que el caso sea analizado a la luz el nuevo marco constitucional en materia de derechos colectivos de los pueblos y comunidades indígenas.

El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) pidió este lunes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantizar el derecho de las comunidades indígenas del estado de Michoacán a ejercer de manera directa los recursos provenientes de la hacienda pública municipal.

El exhorto se relaciona con las controversias constitucionales 17/2022, 165/2021 y 83/2022, enlistadas para ser analizadas el martes 15 de julio por las y los ministros que próximamente concluirán su encargo en el máximo tribunal del país.

De acuerdo con un comunicado del INPI, las demandas fueron presentadas por la comunidad mazahua de Crescencio Morales, en el municipio de Zitácuaro, y la comunidad P'urhépecha de Jarácuaro, ubicada en Erongarícuaro, luego de que las autoridades locales interpusieran recursos legales para impedir que ejerzan de manera directa los recursos presupuestales provenientes del ámbito municipal.
El INPI recordó que el 30 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que reformó el Artículo 2 de la Constitución, reconociendo a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Además, el segundo párrafo del citado apartado B obliga al Congreso de la Unión, a las legislaturas de las entidades federativas y a los ayuntamientos a “establecer las partidas específicas en los presupuestos de egresos que aprueben, así como las formas y procedimientos, para que los pueblos y comunidades indígenas las administren y ejerzan conforme a las leyes de la materia”.

"Esta base constitucional está estrechamente relacionada con el derecho que tienen los pueblos indígenas, en ejercicio de su libre determinación, a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas, como lo dispone el Artículo 4 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas", se lee en el boletín.


Con estos argumentos, el INPI llamó a la SCJN a establecer un precedente que reconozca plenamente a las comunidades como sujetos de derecho público, permitiéndoles ejercer sus derechos conforme al nuevo paradigma constitucional.

El Instituto consideró que sólo una interpretación centrada en los derechos colectivos permitirá superar un modelo estatal paternalista, y avanzar hacia una relación equitativa entre los pueblos indígenas y el Estado mexicano.

En este contexto, destacó que el fallo que emita la Corte debe hacer efectivo el Artículo 2 constitucional y exigir a los municipios de Michoacán cumplir con su Ley Orgánica, pionera en regular el autogobierno indígena y el manejo directo del presupuesto local.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

La nueva Corte resolverá litigio por adeudo de Movistar; hay 4 mil 442 mdp en juego

El juicio fiscal que enfrenta Movistar será resuelto por las y los nuevos ministros que integrarán la SCJN a partir del 1 de septiembre, luego de que la actual Corte no alcanzara el quorum necesario.

La empresa de telecomunicaciones Movistar pidió que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera con celeridad el caso de su adeudo fiscal por cuatro mil 442 millones de pesos, pero el máximo tribunal lo turnó a la nueva Corte que iniciará funciones el próximo 1 de septiembre.

El Ministro Javier Laynez Potisek propuso que Movistar pueda deducir el monto tras una fusión corporativa en 2014 con la empresa de comunicaciones Pegaso, de acuerdo con la Ministra Lenia Batres Guadarrama.

Pero en la sesión pasada de la Segunda Sala, donde se abordaría el proyecto, la Ministra Batres no acudió, rompió el quorum necesario para votarlo y solicitó que se debatiera en el pleno de manera pública, lo cual no fue aprobado por la mayoría de los ministros actuales.
Finalmente, los nueve ministros electos de la Suprema Corte abordarán el asunto de Movistar en el pleno, dado que la Reforma Judicial también eliminó las salas.

El caso se refiere a la negativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para permitir a Pegaso (Movistar) la deducción de gastos por la fusión realizada en 2014.

El adeudo fiscal fue confirmado en 2022 por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), pero la compañía impugnó esa resolución.

En enero de 2023, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió a favor de la empresa de telecomunicaciones, por lo que el SAT recurrió a la Corte, que admitió el caso como el amparo 1172/2025.


Por su parte, Movistar interpuso el recurso de reclamación 158/2025 para impugnar la admisión del amparo, asunto que llegó a la ponencia del Ministro Laynez Potisek.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: DULCE OLVERA.

SCJN revoca inhabilitación de Xavier Nava y frena extralimitaciones de congresos estatales

El origen del caso se remonta a la oposición de un comisario ejidal a la construcción de un puente vehicular sobre terrenos de un ejido en San Luis Potosí.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el juicio político promovido en 2021 por el Congreso de San Luis Potosí contra Xavier Nava Palacios, entonces presidente municipal de la capital del estado. Además, revocó la inhabilitación por 18 años que le fue impuesta al político. 

La decisión fue tomada por mayoría en la Primera Sala del Alto Tribunal al concluir que el Congreso local se excedió en sus atribuciones al sancionar con base en una supuesta violación a una suspensión de amparo, sin contar con una resolución judicial que acreditara dicho incumplimiento.

La sentencia corresponde al amparo en revisión 91/2024, cuya ponente fue la ministra Loretta Ortiz Ahlf, y fue resuelta el 25 de junio de 2025, aunque notificada apenas el pasado viernes.

El origen del caso se remonta a la oposición de un comisario ejidal a la construcción de un puente vehicular sobre terrenos de un ejido en San Luis Potosí. En el juicio de amparo promovido, se otorgó una suspensión para frenar las obras. Posteriormente, el Congreso estatal inició un procedimiento de juicio político contra Nava, con base en una denuncia del quejoso en el amparo, por el supuesto desacato a la medida judicial. El proceso concluyó con una resolución que inhabilitó al funcionario.

El exalcalde interpuso un juicio de amparo contra esa decisión, argumentando que era inconstitucional y que el Congreso no tenía competencia para valorar el cumplimiento de una suspensión federal. 

El caso fue atraído por la Suprema Corte, que determinó que el Congreso local había invadido facultades exclusivas del Poder Judicial Federal y vulnerando derechos fundamentales del servidor público, al violar los principios de legalidad, competencia y división de poderes.

La SCJN enfatizó que los congresos estatales no pueden asumir funciones jurisdiccionales, como interpretar o aplicar resoluciones judiciales, y recordó que la Ley de Amparo establece mecanismos precisos para atender posibles incumplimientos, como los incidentes de ejecución, medidas de apremio o la intervención del Ministerio Público Federal.

En consecuencia, la Primera Sala modificó la sentencia previa, concedió el amparo a Xavier Nava y ordenó dejar sin efecto la resolución legislativa que lo inhabilitó. Además, instruyó al Congreso local a emitir una nueva resolución en la que se declare la improcedencia del juicio político, por no cumplirse los requisitos constitucionales y legales.

Tras el fallo, Nava —actual presidente del Frente Cívico Nacional en San Luis Potosí— declaró en entrevista con Aristegui en Vivo que fue objeto de una persecución política impulsada por el actual gobernador del estado, Ricardo Gallardo Cardona. Asimismo, expresó que trabajará para desbancar al Partido Verde y a sus aliados de la Cuarta Transformación en la entidad.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ARTURO RODRÍGUEZ GARCÍA.

Sheinbaum pide a SCJN actuar con apego a derecho, sin presión externa y transparencia

La Presidenta aclaró que no se trata de actuar contra ninguna empresa, sino de garantizar justicia para todas las personas sin privilegios.

La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo pidió este martes a las ministras y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) actuar con apego a derecho, sin presiones externas y con total transparencia, especialmente en temas pendientes relacionados con grandes empresas, como el caso de la devolución fiscal solicitada por Movistar por más de cuatro mil 442 millones de pesos (mdp).

Durante la "mañanera del pueblo", Sheinbaum Pardo fue cuestionada sobre presuntas presiones de la empresa Movistar hacia la Corte, con el fin de que se le otorgue un beneficio fiscal. Un periodista también planteó que, según versiones, se estaría presionando para que se sustituya a la Ministra Lenia Batres, quien se ha opuesto públicamente a dicha devolución, justo cuando se aproxima el relevo del máximo tribunal del país el próximo 1 de septiembre.

“Que actúen conforme a derecho. Ellos son los que hablan mucho del Estado de Derecho, pues que actúen como tal y que no sean los vínculos de interés los que estén asociados a una resolución. Y si no hay posibilidad, que se lo dejen a la nueva Corte”, respondió la mandataria mexicana.


Y es que la mandataria también advirtió que a las y los ministros “no les faltan ganas” de concretar acuerdos que – insinuó– pudieron haber sido pactados con anterioridad. No obstante, advirtió que hoy todas sus resoluciones están bajo la mirada del pueblo: “Hoy están más visibles todas las decisiones que toman y el pueblo sabe una u otra decisión”, sentenció.

“Pues ganas no les faltan… de resolver a lo mejor acuerdos que hicieron en algún momento con alguien. Pero hoy están más visibles todas las decisiones que toman y el pueblo sabe una u otra decisión”, contestó al ser cuestionada sobre si existe el riesgo de que la Corte actual aproveche sus últimas semanas para tomar decisiones controvertidas.

Por otra parte, también al ser consultada sobre una intención de exclusión de una Ministra con el fin de modificar una votación, Sheinbaum consideró que justo los Ministros tienen que explicar públicamente este tipo de decisiones:.

“Esto de excluir a una ministra para poder sacar una votación como que no tiene mucha explicación. Que expliquen públicamente por qué consideran una u otra votación, porque son cuestiones del pueblo, impuestos que se dirigen a beneficios, a programas de bienestar, obras de infraestructura para el pueblo”, señaló.

Agregó que las ministras y ministros deberían ser transparentes y explicar públicamente las razones de su voto: “Y segundo, que actúen conforme a derecho y, si no pueden, que le dejen el paso a la nueva Corte”.

La Presidenta aclaró que no se trata de actuar contra ninguna empresa, sino de garantizar justicia para todas las personas sin privilegios.

“Nadie dice que actúen mal o que actúen contra una empresa. Todos tenemos derecho a la justicia: las empresas, la gente pobre, todos. Nadie por encima de la ley. Pero que expliquen, así como Lenia explicó públicamente —la ministra explicó públicamente— cuáles son las razones que ella plantea para no estar de acuerdo con esta devolución, pues que otros lo planteen también”, concluyó.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: SUGEYRY ROMINA GÁNDARA.

Ministras y ministros electos alistan la transición y el plan de trabajo para la SCJN

En su primera reunión, ministras y ministros electos coincidieron en la necesidad de hacer más eficiente y transparente el sistema judicial.

Las ministras y los ministros electos de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunciaron anoche el inicio de sus actividades tras recibir las constancias de mayoría emitidas por el Instituto Nacional Electoral (INE).

El Ministro Hugo Aguilar Ortiz compartió el comunicado conjunto a través de su cuenta oficial en la red social X, donde también destacó la importancia de este momento para el Poder Judicial del país.

En el mensaje, las y los integrantes de la nueva Corte informaron que el pasado 23 de junio llevaron a cabo su primera reunión de trabajo “en un ambiente de unidad y concordia”.

Durante el encuentro, intercambiaron opiniones, delinearon actividades clave para la etapa de transición y comenzaron a definir el plan de trabajo institucional.
“El espacio fue propicio para conocernos, intercambiar opiniones y planear las actividades que son indispensables atender durante la etapa de transición”, detallaron.
Además, coincidieron en “reconocer la trascendencia de este momento histórico” y la necesidad de construir una Corte “cercana al pueblo a fin de ganar la confianza de la ciudadanía”, así como en que su prioridad será garantizar justicia para todas las personas.
Asimismo, expresaron su disposición a colaborar con la Comisión de Transición, integrada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y la actual SCJN, que tiene el mandato de organizar la transferencia de funciones, recursos y atribuciones hacia esta nueva etapa.

El anuncio de la nueva Suprema Corte cierra con un mensaje directo al pueblo de México: "Refrendamos nuestro compromiso de construir una justicia inclusiva, humana y abierta para todas y todos".

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

CSP deja a Congreso decisión sobre toga en la SCJN; descarta reunión con Hugo Aguilar

La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo reveló que no tiene planeado reunirse con Hugo Aguilar, quien fue electo como próximo Ministro presidente de la Suprema Corte.

Ante la polémica que surgió a raíz de la propuesta para que las y los nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no vistan con toga durante las sesiones, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aclaró que esa decisión no le corresponde al Ejecutivo, sino al Congreso, al tiempo que recalcó que la vestimenta "no define a un buen Juez".

El debate en torno a este tema inició luego de que Hugo Aguilar Ortiz, quien fue electo como el próximo Ministro presidente de la Suprema Corte en la elección judicial del pasado domingo 1 de junio, declarara su interés por dejar de utilizar el tradicional atuendo para vestir con trajes típicos de la región mixteca de Oaxaca, de donde es originario.

Durante la "mañanera del pueblo" de este martes, la Presidenta fue cuestionada sobre si dicha propuesta fue analizada por la Consejería Jurídica, a lo que Sheinbaum Pardo respondió que este tema le corresponde revisarlo al Congreso de la Unión y no al Poder Ejecutivo.


"Vamos a dejárselo al Congreso [...]. No creo que le corresponda al Ejecutivo definirlo. Se lo dejamos ahí al Congreso para que el Congreso lo defina", dijo la mandataria.
La Jefa del Ejecutivo también subrayó que la forma de vestir de las y los juzgadores no define su capacidad para ejercer el cargo, pues esto se determina por los valores que guían su actuar.
"Un buen Juez no se define por una toga y un birrete. Se define por su honestidad, su conocimiento y cómo aplica la justicia. La toga y el birrete es parte de un protocolo que se definió en cierta época, pero eso no define a un buen Juez", expresó.


Sheinbaum descarta encuentro con próximo Ministro presidente de la SCJN

La Presidenta Claudia Sheinbaum reveló que hasta el momento no tiene planeado reunirse con Hugo Aguilar Ortiz, quien asumirá el cargo de Ministro presidente de la Suprema Corte el próximo 1 de septiembre, luego de ser el candidato más votado durante la elección judicial que se celebró el pasado 1 de junio.

Cabe mencionar que durante una entrevista en el programa "Los Periodistas", conducido por Alejandro Páez y Álvaro Delgado en el canal de Sin Embargo Al Aire, el abogado oaxaqueño prometió que en su encargo como Ministro de la SCJN no cederá a presiones provenientes del Poder Ejecutivo o del Legislativo, además de que buscará promover el diálogo interinstitucional.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Eliminar la prisión automática y el arraigo: las últimas batallas de la actual Suprema Corte

Pese a que la Presidencia solicitó a la Corte abstenerse de pronunciarse sobre la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, el pleno del Máximo Tribunal se perfila para discutir dos asuntos que podrían derivar en la eliminación o restricción de dichas figuras, señaladas como contrarias a los derechos humanos.

Antes de que entren en septiembre las y los nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) electos tras las elecciones judiciales, el Máximo Tribunal del país perfila discutir dos asuntos que podrían eliminar o limitar las figuras de prisión preventiva oficiosa y el arraigo, pese a que la Presidencia del país solicitó que se abstuvieran de pronunciarse al respecto.

Se trata de la revisión del cumplimiento de la sentencia del caso García Rodríguez vs México, por el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) condenó al país al considerar que la Constitución viola derechos humanos por el uso de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo; así como una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la prisión automática. Asuntos que están en manos del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, respectivamente. 

La discusión de ambos asuntos llegará en un contexto político muy difícil para la Suprema Corte, no sólo porque la mayoría de sus integrantes serán reemplazados por ministras y ministros nuevos que llegarán después de la elección judicial del pasado 1 de junio, sino porque llega después de la aprobación de otras reformas constitucionales que ampliaron la lista de delitos que ameritan el uso de la llamada prisión automática y la eliminaron la facultad que podía tener la Corte para revisar reformas constitucionales.

En otras palabras, las decisiones que tome la Corte en las próximas semanas podrían colocar a México en riesgo de incurrir en responsabilidad internacional, al incumplir una sentencia de un organismo internacional. Esto podría derivar en consecuencias jurídicas para el Estado mexicano, o bien, en la eliminación de una figura legal que permite a las autoridades mantener en prisión a personas sin necesidad de justificar su encarcelamiento ante un juez.

Corte perfila analizar sentencia de la CoIDH contra México por uso de la prisión automática

En primer lugar, antes de que acabe su periodo, la Suprema Corte perfila abordar el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), que condenó a México al considerar que la Constitución viola derechos humanos por el uso, precisamente, de la prisión preventiva oficiosa.

En su resolución por el caso García Rodríguez vs México, emitida en abril de 2023, la Corte Interamericana ordenó al Estado mexicano reformar la Constitución para que la prisión preventiva sea justificada, con valoración judicial, y no aplicada de forma automática.  

Así como lo señaló Simón Hernández León, defensor de derechos humanos, la Suprema Corte estará en la disyuntiva entre defender los derechos fundamentales y superar su criterio de jerarquía que indica que las restricciones contenidas en la Constitución están sobre las sentencias internacionales o sumarse al desacato de prácticamente la totalidad del Estado mexicano, según un artículo de opinión publicado en el diario El Universal.

Un desacato que se evidenció aún más con la aprobación del llamado “Plan C”, en el que el expresidente Andrés Manuel López Obrador y el Congreso de la Unión ampliaron la lista de delitos que ameritan el uso de la llamada prisión preventiva oficiosa y eliminaron la revisión judicial de reformas constitucionales, generando así una “responsabilidad internacional agravada”.


Luego, la presidencia de México solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación abstenerse de revisar los asuntos relacionados con la prisión preventiva oficiosa, con el argumento de que la decisión debía recaer en las ministras y ministros que fueran electos el 1 de junio.

“Dada la relevancia del criterio que se fijará en dicho expediente y atendiendo a que el 1° de septiembre de 2025 las ministras y ministros electos por voto popular tomarán protesta en el cargo, se solicita respetuosamente al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que retire el proyecto de resolución listado para su estudio, discusión y eventual resolución y que este sea realizado por la integración que derive de las elecciones al Poder Judicial de la Federación”, señala el escrito firmado 26 de mayo de 2025. 

El documento fue enviado luego de que el ministro Jorge Pardo Rebolledo repartió su proyecto de sentencia sobre el expediente 3/2023 -que no es público-, relativo a la recepción de sentencias de tribunales internacionales, en el que propone que se determine la inaplicación del arraigo y de la figura de prisión preventiva oficiosa, atendiendo así la resolución de la CoIDH. 

Por ello, en la presunta responsabilidad internacional agravada estarían implicados tanto gobernadores, la Fiscalía General de la República (FGR) y secretarías de estado como la de Seguridad y Protección Ciudadana, Defensa Nacional y Marina, como la propia Presidencia de la República que envió la carta a la ministra Norma Piña, presidenta de la Suprema Corte. 

Farjat proponen nuevas reglas para aplicar la prisión automática

Como segundo asunto, la Suprema Corte perfila discutir el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 49/2021, en el que la ministra Ríos Farjat propone que lo establecido en el artículo 19 de la Constitución, respecto a que “el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente”, debe interpretarse como una facultad de las personas juzgadoras para ordenar abrir un debate sobre el análisis de la imposición (o no) de esta medida, sin que sea necesario que el Ministerio Público lo solicite. 

En otras palabras, la ministra no propone eliminar la prisión preventiva oficiosa ni la liberación inmediata de personas en prisión, sino que propone un nuevo criterio de interpretación sobre esta figura, en el que que las personas acusadas por uno de los llamados “delitos graves” no sean encarceladas de forma automática, sino que exista una obligación por parte de las autoridades de debatir las razones para dejar a alguien en prisión. 

“Su proyecto de sentencia sobre la prisión preventiva oficiosa no la inaplica, sino que la reinterpreta conforme al marco constitucional y convencional de los derechos humanos […] Quienes sostengan lo contrario, sin más, se colocan del lado del Estado punitivo, no de la justicia ni de la protección de los derechos fundamentales”, señaló el abogado Francisco Burgoa, especialista en derecho constitucional, en publicación en su cuenta de X. 

Originalmente, la CNDH fue la que promovió esta acción de inconstitucionalidad en la que formuló en sus conceptos de invalidez distintos argumentos para evidenciar que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa es inconstitucional e inconvencional, por no tener un carácter de “excepcional” y violentar los derechos humanos a la presunción de inocencia, libertad personal y debido proceso. 

Pero hasta la propia CNDH, que impulsó estas y otras acciones jurídicas a nivel nacional e internacional contra la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, terminó justificando esta medida, alineándose así con el oficialismo.

En su proyecto, la ministra Ríos Farjat establece cuatro lineamientos obligatorios para que al solicitar, analizar y determinar la procedencia de la prisión preventiva oficiosa, las personas juzgadoras, fiscales, defensoras y asesoras jurídicas, tanto del fuero federal como del fuero local, puedan hacerlo de forma clara, respetuosa de derechos humanos y compatible con los estándares internacionales. 

Primero: que la necesidad de aplicar una medida cautelar como la de prisión preventiva oficiosa debe estar respaldada por datos de prueba. 

Segundo: que la gravedad del delito es relevante, aunque por sí mismos no son suficientes para imponer la prisión de forma “automática”. 

Tercero: que el agente del Ministerio Público puede acreditar o justificar la necesidad de imponer esta figura con base en las pruebas que considere pertinentes, incluyendo evaluaciones de riesgo que hagan las autoridades. 

Cuarto: que en los casos en los que exista una víctima u ofendida es “insoslayable” que deba ser notificada en la audiencia para que pueda manifestar el riesgo que pudiera representar que la persona imputada no sea sujeta a la medida de prisión preventiva. 

“Sentado lo anterior, se concluye que la aplicación de la figura de la prisión preventiva oficiosa no encuentra un soporte argumentativo válido en términos de un margen nacional de apreciación que justifique la forma en que sacrifica los derechos humanos a la presunción de inocencia, la libertad personal, la igualdad ante la ley, así como el desarrollo a un proyecto de vida. 

Esto es así, pues aun cuando es cierto que varios indicadores dan cuenta de que México atraviesa por una importante crisis delictiva, ello no constituye una justificación válida en términos históricos, sociales o de idiosincrasia nacional para restringir esos derechos humanos a través de la imposición de esa medida privativa de la libertad, sin distinción, siempre que se procesen cierto tipo de delitos”, señala el proyecto.


Eliminar la prisión automática, la eterna lucha de la Corte contra el gobierno

La propuesta de la ministra Ríos Farjat y el ministro Pardo Rebolledo también llega en medio de un complicado contexto político y jurídico en México resultado de las reformas constitucionales de 2024, que incluyó la reforma judicial por la que se impuso que jueces, magistrados y ministros fueran electos por voto popular y no por preparación jurisdiccional. 

A esto se suma el hecho de que la nueva composición de la Suprema Corte, cuyos perfiles fueron 100 % coincidentes con los acordeones difundidos ampliamente por Morena, tiene fuertes afinidades con el oficialismo, incluso varios son funcionarios o exfuncionarios del gobierno morenista.

Esta mañana la presidenta Claudia Sheinbaum respaldó la figura de la prisión preventiva oficiosa frente a la situación de inseguridad que vive el país, con la presencia de grupos de la delincuencia organizada, tal y como lo hizo en su momento el expresidente Andrés Manuel López Obrador. 

“Frente a la situación actual pienso que es correcto que se quede la prisión preventiva oficiosa para ciertos delitos, eso tiene que ver incluso con que el juez no ponga en riesgo su vida frente a un delincuente peligroso, entonces esa es la discusión que se presenta ahora y hay quien de la oposición está en contra de ello, pero tampoco plantean otras opciones, entonces es una medida que se toma frente a la situación actual y las condiciones en las que viven nuestro país frente a una situación de grupos de delincuencia organizada”, dijo. 

Animal Político, en alianza con la organización Intersecta, publicó en octubre de 2021 la investigación Prisión preventiva: el arma que encarcela pobres e inocentes donde se dio cuenta de que el 70 % de las personas a las que se les aplica la medida de prisión preventiva oficiosa son personas de escasos recursos.  

Artesanos, choferes, campesinos, pescadores, vendedores y comerciantes, quienes apenas cuentan con primaria o secundaria y que son acusadas de delitos menores como pequeños robos o narcomenudeo, son las principales víctimas de esta medida, situación que incluso evidencia el por qué no han bajado los niveles de violencia en el país pese a que hay más detenidos. 

Más aún, la investigación reveló que las mujeres son las personas que han sido más perjudicadas por esta medida. Tan solo de 2019 a agosto de 2021 la tasa de mujeres en prisión preventiva sin sentencia, es decir que son inocentes, pasó de ser de 10.2 a 14.2 por cada 100 mil mujeres.

Para aprobar el asunto del ministro Pardo Rebolledo, la Corte necesita apenas 6 votos para reconocer que México desacató la sentencia de la CoIDH, mientras que la acción de inconstitucionalidad de la ministra Farjat necesita de 8 votos a favor. 

El 24 de noviembre de 2022, la Suprema Corte resolvió el último asunto importante sobre la prisión preventiva oficiosa: la acción de inconstitucionalidad 130/2019 bajo la ponencia del ahora ministro en retiro Luis María Aguilar Morales. 

En ella se determinó como inconstitucional la ampliación del catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa. Sin embargo, el asunto no cuenta con sentencia al día de hoy, mientras que esta lista fue ampliada una vez más por los Poderes Ejecutivo y Legislativo que ahora pretenden esperar a las y los nuevos ministros para resolver estos asuntos.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ALFREDO MAZA.

Corte declara inconstitucional el cobro de 2% de impuesto a apps de reparto de alimentos

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte los ministros rechazaron con tres votos contra uno, el proyecto de Yasmín Esquivel Mossa, que proponía negar el amparo a la empresa Cargamos Mobility en contra del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que el cobro del 2% a plataformas de servicio de repartidores por el uso de vialidades públicas de la Ciudad de México es inconstitucional.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte los ministros rechazaron con tres votos contra uno, el proyecto de Yasmín Esquivel Mossa, que proponía negar el amparo a la empresa Cargamos Mobility en contra del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México, impulsado por la exjefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo.

Sin embargo, en esta ocasión la Sala no returnó el asunto a otro ministro para que presente un nuevo proyecto, sino que el presidente de la Segunda Sala, Javier Laynez asumió directamente la redacción de la sentencia final en el sentido de amparar a la empresa contra la aplicación del artículo.

Los ministros que votaron en mayoría, Laynez, Alberto Pérez Dayán y Margarita Ríos, que acudió a la Segunda Sala para desempatar el asunto, indicaron que el cobro del 2% por el uso de infraestructura pública no constituye un aprovechamiento sino un impuesto y que el Congreso capitalino no puede legislar en materia de comercio electrónico ni establecer contribuciones sobre ingresos derivados de un modelo de negocios como las aplicaciones de servicio de repartidores, pues esta facultad la tiene exclusivamente al Congreso de la Unión.

El precedente de la Corte no es de aplicación obligatoria pero puede ser considerado para otros casos similares como el amparo de Uber contra el mismo cobro cuya resolución está pendiente en la Primera Sala.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Lenia Batres impide a la Corte aprobar deducción de 4,442 mdp en impuestos a Movistar

La Ministra Lenia Batres rompió el quorum de la sesión de trabajo de la Segunda Sala de la SCJN para evitar una deducción de impuestos millonaria a Movistar.

La Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, dio a conocer este miércoles que mediante su ausencia en la Segunda sala del máximo Tribunal impidió que se resolviera un amparo a favor de Movistar para una deducción de impuestos equivalente a cuatro mil 442 millones de pesos.
"Tomé la decisión de no acudir ante la insistencia de votar asuntos fiscales de altísimo costo para la hacienda pública. Y, el próximo martes, en la sesión del pleno de la Corte, estaré proponiendo que todos los asuntos fiscales se voten en el Pleno mismo, de manera transparente ante la inminencia de la conclusión del cargo de los actuales ministros", explicó Batres Guadarrama en X.
Con dicha inasistencia, la Ministra rompió el quorum de la sesión de trabajo de la Segunda Sala, pues juzgadora explicó que se había listado para este miércoles 18 de junio la resolución de un asunto que, de aprobarse, significaría una pérdida de cuatro mil 442 millones 423 mil 090 pesos para el erario Federal.

Se trata del recurso de reclamación 158/2025 que el Ministro ponente, Javier Laynez Potisek, propuso para que se aprobara como fundado. Una decisión que llevaría a desechar el amparo en revisión 1172/2025 y permitir esta cuantiosa deducción a favor de la empresa Pegaso, PCS, S.A. de C.V., razón social de la marca Movistar, por concepto de amortización fiscal de gastos diferidos del ejercicio de 2014.
La Ministra expresó que las sesiones privadas de las salas de la Corte, las cuales desaparecen con la Reforma al Poder Judicial, son "obscuras e injustificadas" y advirtió que las causas que sostienen deducción, exención o devolución de impuestos han aumentado en las últimas sesiones.

Por dicho motivo, Guadarrama explicó que solicitó que todos los asuntos fiscales que aún quedan pendientes de resolver en salas de la SCJN se aborden en sesiones públicas del Pleno en vez de sesiones privadas, esto ante la inminente renovación de ministras y ministros producto de la elección judicial.

Respecto al asunto de Movistar, subrayó que la empresa argumenta que el pago de la multimillonaria cantidad se le debe deducir debido a que el impuesto sobre la renta que se le cobró fue generado por otra firma del mismo grupo, con la que se fusionó en ese ejercicio fiscal.


"Al realizar esa fusión, dejó de obtener ingresos provenientes del Contrato de Operación Delegada de Servicios de Telecomunicaciones de la empresa fusionada, por lo que —afirma Pegaso— se le debió deducir de la base gravable el monto señalado en el proyecto. Sin embargo, el grupo empresarial mantuvo la concesión de la que derivaba ese contrato, que le siguió generando ingresos", añadió.
Batres aclaró que el proyecto del Ministro Laynez propone no entrar al fondo del asunto, pues afirma que el caso no contiene ningún tema de constitucionalidad, por lo cual la SCJN debería desecharlo, ignorando que el Artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expresa claramente que es una obligación contribuir a la hacienda pública.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Aguilar llama a nuevo PJ a etapa sin corrupción, nepotismo, discriminación y clasismo

Tras recibir su constancia de mayoría como próximo Ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz envió un mensaje en el que llamó a que el nuevo Poder Judicial de México se conduzca con honestidad y se eliminen prácticas como la corrupción y la desigualdad.

Hugo Aguilar Ortiz, elegido como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), llamó a las ministras, ministros, jueces, juezas, magistrados y magistradas que conformarán el Poder Judicial a que esta nueva etapa sea una guiada por la honestidad y donde la corrupción y otros males que han aquejado a la justicia mexicana no tengan lugar.

Durante la recepción de su constancia de mayoría otorgada por el Instituto Nacional Electoral (INE), que le acredita como próximo Ministro presidente de la SCJN, Aguilar Ortiz dirigió un mensaje a las personas juzgadoras que le acompañarán en el que será un nuevo Poder Judicial de la Federación (PJF), elegido por primera vez en la historia de México mediante un ejercicio democrático.
En su mensaje, el Ministro electo invitó a las y los juzgadores a forjar una etapa en la que "la honestidad, la transparencia, la pluriculturalidad, la diversidad y la igualdad sustantiva" sean los objetivos centrales. "Una etapa donde la corrupción, el nepotismo, la discriminación, el clasismo no tendrán lugar", añadió.


En su participación Hugo Aguilar también mencionó que “México está cambiando. La reforma judicial se inscribe en este contexto de cambios profundos, sustentada en un diagnóstico compartido por todos y que la justicia no debe ser un privilegio sino un derecho. Por ello, reitero mi petición de un voto de confianza para la nueva SCJN y el nuevo Poder Judicial. Vamos a construir una justicia para todas y para todos”.

Añadió: “A nombre de los pueblos indígenas y afromexicanos de nuestro país, permítanme expresar mi agradecimiento a este INE por el trato digno que hoy estamos recibiendo. A quedado atrás la etapa en la que nuestra palabra, nuestras peticiones, e incluso, nuestra sola presencia era motivo de escarnio y discriminación en estas mismas instituciones. Gracias por todo ello.

Su mensaje se dio durante la sesión que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) realizó este 15 de junio, donde declaró oficialmente la validez de la elección de las nueve magistraturas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de Diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF 2024-2025).

La decisión, tomada durante una sesión extraordinaria que llevó a cabo el Consejo General del INE este domingo 15 de junio, marca un hito en la historia democrática de México, al ser la primera vez que la ciudadanía elige directamente a las y los ministros de la Corte mediante voto popular, tras la reforma judicial de septiembre de 2024.

Durante la sesión, se hizo entrega de sus constancias a las nueve personas que fueron elegidas en la elección: Sara Irene Herrerías Guerra, Arístides Rodrigo Guerrero García, Irving Espinosa Betanzos, Giovani Figueroa Mejía, María Estela Ríos González, Loretta Ortiz Alf, Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Hugo Aguilar Ortiz, quien presidirá la SCJN.

Fue alrededor de las 19:00 horas cuando el Consejo General del INE reanudó la sesión extraordinaria que comenzó desde las 10:00 horas del domingo, para la entrega de constancias de mayoría a los ganadores de la elección a ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Previo a la entrega de constancias, Guadalupe Taddei destacó que hoy culmina un proceso electoral sin precedentes en el país, y dijo: “se trata de un hecho inédito que el INE ha organizado con plena observancia de la Constitución y de los principios que rigen nuestra función: la legalidad, la imparcialidad, la objetividad, certeza, independencia y máxima transparencia”.

Taddei destacó: “El INE no emite juicios sobre los cambios institucionales que dan origen a nuevos mecanismos de elección, nuestra tarea, como organismo constitucional autónomo, es clara y está definida por la Ley: garantizar que cualquier proceso electoral, sin importar su naturaleza, o su novedad, se lleve a cabo con profesionalismo, integridad y respeto absoluto de los derechos políticos de todas las personas”.

Y añadió: “La legalidad del proceso ha sido garantizada por múltiples mecanismos, desde la fiscalización de los recursos utilizados por las candidaturas hasta la implementación de medidas de accesibilidad, paridad, seguridad en el traslado de materiales y capacitación ciudadana y vigilancia del voto a través de observadores electorales nacionales y visitantes extranjeros”.
La Consejera presidenta del INE citó las palabras de Fray Servando Teresa de Mier, quien en 1820 advirtió: “México no será libre sino cuando sus leyes sean hijas de su realidad y no imposiciones de sus gobernantes”.

Por su parte, la Secretaria General del INE, Claudia Arlett Espino, fue la encargada de nombrar a cada una de los nuevos ministros y ministras, y Taddei entregó las constancias, excepto la de Hugo Aguilar, quien fue entregada por la misma Claudia Arlett, quien es de origen indígena (rarámuri). La secretaria ejecutiva del INE entregó una primera constancia en su lengua materna y luego un intérprete tradujo al mixteco —la lengua del nuevo presidente de la Corte— el mismo mensaje.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.

Hugo Ortiz, presidente electo de la SCJN, asegura que trabajará para garantizar la seguridad jurídica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) trabajará para que el nuevo Poder Judicial garantice seguridad jurídica a todos; que actúe con pleno respeto a sus derechos, al medio ambiente, a la perspectiva de género y a la pluriculturalidad de la nación, aseveró Hugo Aguilar Ortiz, presidente electo de la SCJN.

En representación del resto de los 8 candidatos a ministros que resultaron electos el 1 de junio pasado y que este domingo, 15 de junio de 2025, recibieron sus constancias de mayoría, Aguilar Ortiz prometió que la nueva SCJN será “guardián” de la Constitución Mexicana. “De su texto, de su espíritu fortalecido en los últimos años con un enfoque social y pluricultural”.

Pese a las irregularidades cometidas en el proceso electoral del Poder Judicial y la poca participación ciudadana, Aguilar Ortiz aseguró que con la elección judicial “gana la democracia”, se reivindica la división de Poderes y se fortalece la independencia judicial. “Independencia que debe ser la base de un diálogo respetuoso y constructivo con los otros Poderes de la Unión, a fin de lograr una justicia, paz y bienestar para todos”, manifestó.

Asimismo, Aguilar Ortiz resaltó las “historias de lucha”, el ejercicio profesional y el compromiso con el país y “en particular con las causas sociales” del resto de quienes integrarán el máximo tribunal del país a partir del 1 de septiembre próximo. Lo cual dijo será la base del “nuevo rostro” de la justicia en México.

“Una etapa donde la honestidad, la transparencia, la pluriculturalidad, la diversidad y la igualdad sustantiva serán nuestros objetivos centrales. Una etapa donde la corrupción, el nepotismo, la discriminación, el clasismo no tendrán lugar”, según dijo.

La sesión en la que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) entregó la constancia de candidaturas electas a los ministros de la SCJN en los que además de Aguilar Ortiz las recibieron Lenia Batres, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz, María Estela Ríos González, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Irving Espinosa Betanzo, Arístides García y Sara Herrerías tuvo un receso de varias horas, debido a la discrepancia entre las consejerías del INE por la declaratoria de validez de la elección judicial.

El consejero electoral Arturo Castillo propuso declarar inválida la elección judicial ante las irregularidades detectadas, aunque sí entregar las constancias de mayoría. Al final, la declaratoria de validez tuvo 6 votos a favor de los consejeros Guadalupe Taddei, Uuc-kib Espadas, Jorge Montaño, Norma Cruz, Rita López y Carla Humphrey) y 5 en contra.

Por unanimidad se excluyeron los casos observados (818 casillas) en 25 entidades federativas, que sumaron 3 millones 779 mil 662 votos, los cuales fueron anulados. La mayor parte de las casillas con anomalías fueron instaladas en Chiapas.

Las irregularidades constituyeron una participación igual o superior al 100% de la lista nominal, boletas sin dobleces que presuntamente no estuvieron en las urnas, y casillas que en su totalidad tuvieron sufragios para una misma candidatura.

Además, se anularon casillas donde la participación fue mayor al 50%, lo que resultó imposible por el tiempo que llevaba sufragar. Todas las irregularidades denotaron prácticas “antidemocráticas” que desafían a las autoridades electorales y a la Constitución, señalaron consejeros del INE.

Además, se analizaron 20 dictámenes correspondientes a igual número de casos para constatar que las personas candidatas a los diferentes cargos cumplían con la elegibilidad del cargo señalado y no tenían sentencias firmes por delitos relacionados con violencia de género contra las mujeres y no eran deudoras alimentarias morosas o prófugas de la justicia ni tenían suspendido sus derechos político-electorales, sin que se detectaran “hallazgos concluyentes que actualicen alguno de los supuestos”.

FUENTE: SEMANARIO ZETA.
AUTOR: JULIETA ARAGÓN.

Elección judicial: el nuevo presidente de la Corte tendrá menos atribuciones y facultades

La presidencia de la Corte tendrá menos funciones que antes con la eliminación del Consejo de la Judicatura Federal y la creación del Órgano de Administración Judicial.

Representar al Poder Judicial de la Federación, tramitar los asuntos que le competen al Pleno y turnarlos a las demás ministras y ministros para su resolución son algunas de las atribuciones de quien preside la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Aunque a partir de septiembre, Hugo Aguilar Ortiz, quien se perfila para ocupar este cargo según los cómputos distritales, contará con menos facultades que Norma Piña, actual presidenta del máximo tribunal.

El artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece las atribuciones del presidente de la SCJN.  Sin embargo, tras la reforma judicial, sus funciones administrativas fueron reducidas por la creación de un Órgano de Administración Judicial. 

Tras la reforma judicial, la presidencia de la Suprema Corte también redujo sus atribuciones ante la desaparición del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), encargado de ​​ la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de juzgados y tribunales, que será reemplazado por el Tribunal de Disciplina Judicial. 

“¿Qué es lo que se pretende? Quitar ese poder omnímodo que tenía el presidente de la Suprema Corte, que era el que decidía todo lo que pasaba en el Poder Judicial de la Federación a través del Consejo de la Judicatura. Ahora su sustituto (el Tribunal de Disciplina) y el órgano de administración quedan fuera de sus manos”, explica el abogado penalista Jorge Reyes Peralta.

¿Qué funciones tendrá la presidencia de la Corte?

Las atribuciones del la nueva presidencia de la SCJN, establecidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, incluyen tramitar los asuntos competencia del Pleno y turnar los expedientes entre sus integrantes para que formulen los proyectos de resolución, designar a ministras o ministros ponentes de distintos asuntos para que determinen el trámite que les corresponde, así como dirigir los debates y conservar el orden de las sesiones, así como autorizar la lista de asuntos que se revisen en las sesiones del Pleno. 

Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre actualmente, la nueva Corte no contará con salas especializadas y sólo sesionará en pleno, lo que complicará la resolución de los asuntos y podrá generar un mayor rezago en su atención.

“Las salas estaban especializadas por materia. Ahora los ministros serán todólogos, ya no existirán las dos salas y dejan la operación fundamentalmente en el Pleno, lo cual es un tanto más complicado y, desde luego, aumentará el rezago que es brutal en la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, sostiene Reyes Peralta.

Como te contamos en esta publicación, la reforma judicial implicará retrasos en 1.5 millones de litigios, según advirtió la Suprema Corte de Justicia de la Nación en un informe.

La presidencia de la Corte también se encargará de designar a los ministros para formular nuevos proyectos de resolución en caso de no obtenerse una votación mayoritaria en el pleno y para los casos en que haya impedimentos legales para que un ministro o ministra conozca de un asunto. 

Además, se encargará de presentar un informe de labores de la SCJN al término del segundo periodo de sesiones de cada año. Y establecerá las disposiciones para el ingreso, estímulos, capacitación, ascensos y promociones por escalafón y remoción del personal administrativo de la Corte.

Las funciones administrativas que ya no le corresponden a la presidencia de la Corte

Antes, a quien presidiera la SCJN le correspondía llevar la administración del Poder Judicial de la Federación y formular anualmente el anteproyecto del presupuesto de egresos, someterlo a la aprobación del Pleno para enviarlo al Poder Ejecutivo. 

Ahora esto le corresponde al Órgano de Administración Judicial, que se integrará por cinco personas mexicanas por nacimiento, con experiencia profesional mínima de cinco años; con título de licenciatura en Derecho, Economía, Actuaría, Administración, Contabilidad que no estén inhabilitadas para desempeñar un cargo en el servicio público.

“Someter a la consideración del Pleno el anteproyecto de presupuesto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a efecto de que, una vez aprobado, lo proponga al Presidente o Presidenta del Órgano de Administración Judicial para su inclusión en el proyecto de presupuesto del Poder Judicial de la Federación”, establece como atribución de quien presida la Corte la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

¿Cómo se definirá la presidencia de la Corte?

La forma de elegir a la presidencia de la Suprema Corte también cambió con la reforma judicial. Ahora, el artículo 94 constitucional establece que esta “se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación”.

Así, de acuerdo con los cómputos distritales de la pasada elección judicial, Hugo Aguilar será presidente de 2025 a 2027 luego de obtener la mayor votación, 6 millones 195 mil 612 sufragios, equivalente a 5.3%.

Las ministras en funciones que contendieron en la elección también presidirán la SCJN. Lenia Batres, quien obtuvo el segundo lugar en votos, lo hará de 2027 a 2029. Luego, Yasmín Esquivel, quien quedó en tercer lugar en la votación, presidirá la Corte de 2029 a 2031. Tras ella, será presidenta de 2031 a 2033 Loretta Ortiz, quien se ubicó en cuarto lugar, según los cómputos.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: LUZ RANGEL.