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» » » Suprema Corte ordena a la FGR hacer público el expediente del caso Ayotzinapa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) compartir la versión pública del expediente del caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa en 2014, ante la impugnación de las autoridades que buscaba proteger la investigación.

Durante la sesión de este miércoles, el Pleno determinó que la Fiscalía deberá publicar en su micrositio una versión pública sobre la desaparición forzada de estudiantes en Iguala, protegiendo los datos confidenciales de los terceros involucrados, en este caso, de las víctimas.

La decisión fue resultado de dos juicios de amparo promovidos por diversas personas en su calidad de víctimas relacionadas con el caso, quienes se opusieron a la resolución del extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) de entregar una versión pública con sus datos.

En sus demandas, los quejosos reclamaron que no se les llamó como terceros interesados al procedimiento llevado ante el INAI, y que la publicación de la información señalada vulneraría sus derechos humanos, ya que, con la versión pública de la investigación se publicarían datos que permitirían identificarles, y les pondrían en riesgo ante la relevancia de los hechos y el involucramiento de un grupo criminal.

El Juzgado de Distrito que conoció de ambos asuntos negó el amparo, decisión contra la que los solicitantes de la protección constitucional interpusieron recursos de revisión, los cuales fueron atraídos por la Suprema Corte para su resolución, debido al tema de constitucionalidad planteado.

A raíz de ello, el Máximo Tribunal determinó que no existía obligación del INAI para llamar a las víctimas como terceros interesados en relación a la publicación de sus datos personales, debido a que se trata de información pública que está relacionada con violaciones graves a derechos humanos.

Fue así como la Primera Sala determinó que, por medio de la expedición de una versión pública en la que se testen los datos confidenciales, no habría afectación en los derechos de los terceros involucrados, como es el caso de las víctimas.

Ante dicha decisión, la SCJN concluyó que la entrega y divulgación de una versión pública de la carpeta de investigación aludida no transgredirá a las víctimas, por lo que confirmó las sentencias impugnadas y negó el amparo solicitado.

FUENTE: EDUCA OAXACA.
AUTOR: EDUCA OAXACA.

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