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viernes, junio 20, 2025

Red Puebla de periodistas pide a la CNDH promover inconstitucionalidad de la “Ley Censura”

La organización advierte que las modificaciones pudieran estar duplicando delitos ya existentes simplemente porque son cometidos con herramientas tecnológicas.

La Red Puebla de Periodistas presentó una solicitud formal ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para que promueva un recurso de inconstitucionalidad contra las reformas que aprobó el Congreso local al Código Penal del Estado, mejor conocidas como “Ley Censura”.

En el escrito dirigido a Rosario Piedra Ibarra, la organización advierte que las modificaciones vigentes en Puebla desde hace una semana pudieran estar duplicando delitos ya existentes simplemente porque son cometidos con herramientas tecnológicas y, por otro, podrían prestarse para censurar a periodistas y ciudadanía crítica, lo que contraviene los artículos 6 y 7 constitucionales.

Asimismo, la agrupación de comunicadores exigió en sus redes sociales que el foro que se llevará a cabo este viernes en el Congreso del Estado sobre esa reforma de ciberseguridad, sea transmitido en vivo por los canales oficiales del legislativo, luego que esto no ocurrió con el primero, realizado el jueves.

En el mismo sentido, se pronunció la agrupación Artículo 19 al anunciar su participación en este encuentro.

“Hacemos eco del llamado de @Periodistas_Pue y exigimos al @CongresoPue y @Gob_Puebla a que los diálogos sean abiertos, públicos, con participación diversa y plural, así como atendiendo al principio de máxima publicidad”.
Protesta ciudadana
También, la mañana de este viernes, ciudadanos convocados a través de redes sociales se manifestaron frente a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

En esta protesta estuvo Jesús Encinas, quien fue suplente del gobernador Alejandro Armenta cuando éste fue senador, portando una cartulina que decía: “Libertad de expresión, sin condición”.

Los ciudadanos encabezados por Ricardo Gali expresaron su repudio por esta reforma que abre la posibilidad a que cualquiera pueda ser demandado y encarcelado —hasta por tres años— si alguna persona que se siente ofendido por mensajes que emitió en redes sociales.

“La libertad de expresión consiste en que podamos hablar de lo que se nos dé la gana, y no, de lo que se nos diga desde el poder”, expresó al demandar al Congreso que “corrija” la reforma antes de que acabe el período de sesiones o, de lo contrario, que la CEDH haga uso de sus facultades para interponer un recurso de inconstitucionalidad en defensa de los derechos humanos de la ciudadanía.

También  participó el activista Renato Romero, quien acusó que en los pocos meses que tiene el actual gobierno, Armenta ya dio muestras del “cobre precioso”, de intolerancia a la crítica, autoritarismo y “carácter impulsivo”.  

Primer foro

En el primer foro llamado “Divulgación Ciudadana: Ciberseguridad en Puebla”, que se realizó ayer, la gran mayoría de los exponentes ciudadanos se pronunció en contra de la reforma.

Entre ellos, Gabriela Rosas, en representación de mujeres viviendo violencia vicaria, dijo que la denuncia pública y la exigencia de justicia a través de las redes sociales son de las pocas herramientas que tienen acceso para defender los derechos de niñas y niños y los propios.
“Esta herramienta está actualmente en un alto riesgo ante la reciente aprobación de la legislación que nos ocupa”, expresó al mencionar que integrantes de esa organización y ella misma han sido demandadas de ciberacoso por los deudores y que, aunque logren ganar amparos, eso les implica gastar recursos y tiempo, que son escasos, para defenderse.
Aunque funcionarios de la Fiscalía General del Estado, del poder Judicial y de la Secretaría de Seguridad Pública acudieron a respaldar la reforma, la participación de ciudadanos en contra fue abrumadora pues de 23 ponencias que se presentaron sólo tres respaldaron abiertamente la ley ya aprobada.

Inconstitucionalidad

En la solicitud que presentó la Red Puebla de Periodistas expone fallas que presenta la reforma al Código Penal del Estado que fue aprobada el 12 de junio y promulgada al día siguiente.

En el caso del artículo 480, con el que se tipifica el delito de ciberasedio, la RPP indica que tiene una redacción “problemática” debido a que es un criterio “totalmente subjetivo” lo que se puede considerar un insulto, ofensa o agravio, además reitera que la Comisión Internacional protege tanto la información que resulta favorable, indiferente o inofensiva, como la que es chocante, inquietante u ofensiva.

En tanto que el artículo 258 Ter. sobre usurpación de identidad, que considera delito el obtener, transferir, utilizar o apropiarse de datos personales sin autorización y aprovechando tecnologías de la información y telecomunicaciones, “podría considerarse perjudicial para el ejercicio periodístico debido a que existen investigaciones sobre corrupción donde la filtración develó abusos de autoridad y violaciones a derechos humanos”.

Expone que de acuerdo al análisis jurídico que llevó a cabo Artículo 19, no hay una taxatividad de los delitos, pues no describe en forma clara y precisa las conductas delictivas y las penas correspondientes, lo que puede dar pie a que sea usada de manera arbitraria.

“Ante esta situación y tomando en cuenta el principio de máxima protección, pedimos que se presente el recurso de inconstitucionalidad, esto conforme a las atribuciones que la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene en la fracción II del artículo 105 de la Constitución mexicana”, dice el escrito presentado por la organización.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GABRIELA HERNÁNDEZ.

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