Expertos señalaron que la imprecisión en los términos así como dejar en manos de la Agencia de Transformación Digital los lineamientos para el bloqueo de las plataformas digitales representan un riesgo para la libertad de expresión.
La iniciativa de la Ley de Telecomunicaciones aprobada en comisiones del Senado plantea que el gobierno federal pueda bloquear el uso de plataformas digitales y que una agencia del propio gobierno establecerá los lineamientos para este proceso, lo que pone en peligro la libertad de expresión y representa un riesgo de censura, advierten especialistas.
La iniciativa de ley, que se discutirá el próximo lunes en el pleno del Senado, establece en el artículo 109 que las autoridades competentes –sin precisar cuáles– podrán solicitar la colaboración de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (dependiente de la Presidencia y a cargo de José Merino) para el bloqueo temporal a una Plataforma Digital.
Ello en casos de incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables, las cuales tampoco detalla. Además, se contempla que sea la misma Agencia la que emita los lineamientos para regular el procedimiento de bloqueo de las plataformas.
Para ello, se entiende como plataforma digital cualquier servicio digital que permita ofrecer, proveer, comercializar o intermediar bienes o servicios, aplicaciones, productos o contenidos. Es decir, prácticamente cualquier sitio de internet, según explicó Luis Fernando García, director de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D).
Esta redacción se aprobó en las comisiones del Senado esta tarde, a pesar del llamado que hizo la propia presidenta para afinar la forma en que se presenta este apartado.
“Y en ningún momento estamos planteando la censura, pues si estamos en contra de la censura. Entonces, hay una redacción ahí que tiene que ver con plataformas digitales. En todo caso, hay que corregir la propia redacción”, dijo en su conferencia del jueves 24 de abril.
La tarde del 24 de abril, la Agencia de Transformación Digital publicó en X un mensaje en que insistió en que la medida se enfocaría en sancionar a las plataformas en caso de incumplimiento de leyes fiscales. “No tiene relación alguna con contenido y expresión en redes sociales”, agregó.
En la conferencia matutina del 25 de abril, la presidenta Sheinbaum afirmó que si la redacción del artículo causa confusión, puede modificarse o eliminarse. Y enfatizó que el objetivo es facultar a la Agencia para bloquear plataformas en caso de incumplir alguna medida relacionada con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). “Ese artículo tiene que aclararse para que no demos ningún argumento a la oposición y a nadie de que lo que queremos es censurar a una plataforma digital como Facebook, YouTube, etcétera”, mencionó.
Iniciativa de ley de telecomunicaciones es imprecisa, advierten
Pero este planteamiento pone a discreción del gobierno la decisión de suspender el servicio de cualquier plataforma digital, sean redes sociales, servicios digitales como bancos, sitios de comercio electrónico y hasta sitios informativos o de consulta como portales de noticias o enciclopedias, alertó García.
“Nomás señala una facultad genérica de la Agencia de establecer lineamientos para definir cuándo se puede bloquear una plataforma entera, cuándo de repente no vas a poder entrar a Facebook, a Instagram, a TikTok o YouTube o la que sea. Y eso es sumamente violatorio de los derechos humanos y de la libertad de expresión. Pero nuestra Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos no permiten una medida de ese carácter”, cuestionó García.
Además, comparó esta medida con el cierre de una cadena de televisión o de radio, o la suspensión de distribución de un periódico por el incumplimiento de alguna norma, aunque haya sido sólo una nota o contenido y no el contenido completo de la cadena.
En tanto que Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), advirtió que este bloqueo podría afectar otros derechos más allá de la libertad de expresión, como la comunicación, los derechos de reunión o incluso derechos a la salud.
“Al bloquear una plataforma de internet, como es una de movilidad, afecta el derecho a la movilidad, afecta el derecho a la a la salud, porque si quieres ir a un hospital no puedes; afecta el derecho a la educación, si tienes que ir a la escuela; afecta su derecho a la convivencia, la reunión. Por eso es exagerado el bloqueo, porque tú no sabes qué derecho estás afectando de nosotros los usuarios”, explicó.
Ambos expertos coincidieron además en que en caso de aprobarse la medida, los lineamientos para su aplicación no deberían quedar a decisión de la Agencia, sino que conviene que sea en una ley discutida democráticamente donde se establezcan las condiciones con claridad de cuándo ocurriría esto, que preferiblemente debería ser una excepción y aplicables sólo en casos donde la sanción sea proporcional.
Esta no es la primera vez que el gobierno de Claudia Sheinbaum toma acciones contra el contenido difundido en redes sociales. Anteriormente se ha pronunciado en contra de la difusión en plataformas digitales como X de contenido que no favorece a su gobierno.
El 18 de marzo, el coordinador de Infodemia, Miguel Ángel Elorza, presentó en la conferencia mañanera un informe del supuesto uso de bots relacionados con la oposición para crear una narrativa que ataca el gobierno de Sheinbaum así como de su antecesor, Andrés Manuel López Obrador.
Sin embargo, como te contamos en esta nota, dicho informe no tuvo metodología ni datos verificables que sustentaran lo afirmado por el gobierno.
Otros aspectos riesgosos: registro de usuarios y regulación a extranjeros
La iniciativa avalada en comisiones también contempla en el artículo 8 que la Agencia establezca las condiciones para que las autoridades tengan acceso a un registro de usuarios de servicios móviles, una medida que anteriormente impulsó el gobierno morenista de López Obrador y que la propia Suprema Corte echó abajo por inconstitucional.
Al respecto, García mencionó que Morena ha insistido en esta medida desde otras iniciativas como la Ley General del Sistema de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, pendientes de discusión en la Cámara de Diputados.
“Se intenta delegar a un reglamento emitido por la agencia un registro de esta naturaleza que como se ha justificado, evidenciado en múltiples ocasiones, conlleva una serie de riesgos para la privacidad de las personas, pone obstáculos al acceso a las telecomunicaciones de manera indebida, no es útil para el combate de la delincuencia eh y no está justificado de ninguna manera”, advirtió.
Del mismo modo, el artículo 161 plantea el uso de inhibidores de señales de telefonía o radiocomunicación por parte de autoridades de seguridad pública federal y nacional “en cumplimiento de sus atribuciones”, sin precisar a qué se refiere con ello.
Además, la iniciativa plantea en el artículo 201 que los contenidos promovidos por gobiernos, organismos, personas o empresas extranjeras deberán contar con autorización de la Secretaría de Gobernación.
Pero aunque el móvil de la iniciativa fueron los spots antiinmigrantes del gobierno de Estados Unidos que se difundieron en televisión abierta, la redacción de esta norma representa una forma de censura previa para cualquier contenido contratado por una persona extranjera, señaló García.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: LUIS FERNANDO LOZANO.
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